Como Se Paga El Impuesto Sobre Nomina En Zacatecas?

Como Se Paga El Impuesto Sobre Nomina En Zacatecas
El pago de este impuesto deberá efectuarse mediante declaración mensual, dentro de los primeros 17 días naturales del mes siguiente al que corresponda dicha declaración, en cualquier oficina recaudadora de rentas de la Secretaría o en la forma y términos que se establezcan en el Código, utilizando las formas aprobadas

¿Cómo se debe pagar el impuesto sobre nómina?

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Descubre todo lo que tienes que saber sobre el Impuesto sobre Nómina. Contratar a un nuevo empleado implica, para muchas empresas, hacer un análisis profundo del costo beneficio que puede traerles pues, además del sueldo que percibirá el empleado, las compañías deben contemplar el pago de algunos impuestos locales.

  1. Es el caso del Impuesto sobre Nómina (ISN).
  2. ¿Qué es el Impuesto sobre Nómina? Se trata de una tarifa que el Estado pide a los empleadores por las transacciones correspondientes a las relaciones laborales que tengan.
  3. Dentro de los conceptos gravados de manera local para el pago de Impuesto Sobre Nómina se contemplan el sueldo y las prestaciones laborales.

Pese a que hablamos de una contribución de carácter local (es decir, que cada oficina estatal de tesorería se encarga del cobro), la falta de pago puede acarrear sanciones o multas. ¿Cómo se calcula el Impuesto sobre Nómina? El ISN es un impuesto estatal sobre nómina, es decir, que la tasa de la contribución variará de acuerdo con la demarcación estatal en la que esté constituida la empresa.

  1. De entre las 32 entidades federativas, la tasa del Impuesto sobre Nómina oscila entre el 0.5% hasta el 3.0 por ciento,
  2. Todos los patrones están obligados al pago de este impuesto, no importa si están dados de alta como personas físicas o morales.
  3. Para cumplir con el pago de Impuesto Sobre Nómina, debes declararlo cada mes en la Secretaría de Finanzas del estado en el que esté constituida tu empresa.

Para que no tengas problemas con el tiempo, haz el cálculo de Impuesto Sobre Nómina a principios de mes. Para hacer el cálculo de Impuesto Sobre Nómina Conceptos de forma correcta revisa las primas que contempla y los conceptos que no abarca. Primas consideradas:

  • Sueldos.
  • Horas extra.
  • Bonos.
  • Primas de antigüedad.
  • Comisiones.
  • Compensaciones.
  • Aguinaldo.
  • Primas vacacionales.
  • Los pagos a los administradores, directivos, vigilancia.

Lo que no abarca:

  • Gastos funerarios del personal.
  • Aportaciones para el SAR.
  • Gastos por instalación de equipos.
  • Infraestructura o materiales necesarios para el trabajo.
  • Jubilaciones o pensiones.
  • Primas correspondientes al IMSS o ISSSTE.
  • Viáticos.
  • Cuotas de seguros.
  • Prestaciones de previsión social.
  • Utilidades.

En ciertos casos y en algunos estados de la república existen subsidios al ISN y la exoneración puede ser completa. Esto depende de la Secretaría de Finanzas de cada entidad y usarán sus propios métodos para hacer la selección de las empresas que son candidatas.

¿Cuándo se presenta el dictamen de impuesto sobre nómina?

Ciudad de México, a 9 de febrero de 2021 A LAS INSTITUCIONES DE ASISTENCIA PRIVADA: Atención Patronato, Representantes, Directores, Administradores y Contadores. Las Instituciones de Asistencia Privada de la Ciudad de México que se encuentran obligadas a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales del año 2020, relativas a los Impuestos Predial y sobre Nóminas, así como a los Derechos por el Suministro de Agua y de Descarga a la Red de Drenaje, entre otros, y las que opten por dictaminarse, deberán hacerlo dentro del plazo y en los términos que para tal efecto se prevén en las » Reglas de Carácter General para el Dictamen de cumplimiento de las obligaciones fiscales establecidas en el Código Fiscal de la Ciudad de México vigente en el año 2020 «, publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 15 de enero de 2021.

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TIPO DE CONTRIBUCIÓN SUPUESTO
Impuesto sobre Nóminas Que durante el ejercicio 2019 hayan contado con un promedio mensual de ciento cincuenta o más trabajadores.
Impuesto Predial Que durante el ejercicio 2019 hayan contado, con inmuebles de uso diferente al habitacional, cuyo valor catastral por cada uno o en su conjunto, en cualquiera de los bimestres de dicho año, sea superior a $29,510,963.50, El dictamen deberá referirse únicamente a las obligaciones fiscales relacionadas con el inmueble o inmuebles que rebasen este valor.
Impuesto Predial Que durante el ejercicio 2019 hayan contado con inmuebles de uso mixto, cuyo valor catastral por cada uno o en su conjunto rebasen el valor de $29,510,963.50,
Derechos por el Suministro de Agua Que durante el ejercicio 2019 hayan consumido, por una o más tomas, más de 1,000 m 3 de agua bimestral promedio, de uso no doméstico, de uso doméstico, o ambos usos; cuando el uso sea sólo doméstico siempre que el inmueble donde se encuentre instalada dicha toma o tomas de agua, se haya otorgado en uso o goce temporal total o parcialmente.
Derechos de Descarga a la Red de Drenaje Que durante el ejercicio 2019 hayan utilizado agua de fuentes diversas a la red de suministro de la Ciudad de México y hayan efectuado las descargas de este líquido en la red de drenaje.

Las Reglas que nos ocupan, no limitan a las Instituciones de Asistencia Privada para que dictaminen otras contribuciones a su cargo y/o como retenedores, tales como Impuesto sobre Espectáculos Públicos, Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos, entre otras.

¿Cómo se paga el impuesto sobre nómina en Sinaloa?

El portal de Internet de Gobierno del Estado de Sinaloa es exclusivamente para realizar pagos sobre los impuestos estatales, si usted desea realizar una alta debe acudir a la Recaudación Regional de Rentas que le corresponda.

¿Cómo se calcula el ISN 2022?

¿Cómo calcular el Impuesto sobre la nómina? – Para poder calcular el Impuesto sobre la nómina necesitas conocer el monto de todos los conceptos que incluye. Ahora que ya los vimos en detalle es más fácil detectar cuáles de ellos aplican a tu empresa. En función de esto podrás hacer el cálculo.

Base imponible $15.750 x tasa del 3% = $472,5 en concepto de ISN,

Ten en cuenta que debes comenzar a pagar este impuesto una vez que realizas el primer pago a tus trabajadores, La declaración de esta carga se realiza todos los meses ante la Secretaría de Finanzas de tu Estado de forma online. La fecha de cobro del impuesto depende de cada entidad federativa.

¿Cuáles son las empresas obligadas a dictaminarse?

Las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales, que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $122,814,830.00, que el valor de su activo determinado en los términos de las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria, sea superior a $97,023,720.00 o que por lo menos trescientos de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior, podrán optar por dictaminar, en los términos del artículo 52 del Código Fiscal de la Federación, sus estados financieros por contador público autorizado.

  1. No podrán ejercer la opción a que se refiere este artículo las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal.
  2. Están obligadas a dictaminar, en los términos del artículo 52 del Código Fiscal de la Federación, sus estados financieros por contador público inscrito, las personas morales que tributen en términos del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que en el último ejercicio fiscal inmediato anterior declarado hayan consignado en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta iguales o superiores a un monto equivalente a $1,650,490,600.00, así como aquéllas que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores.

El monto de la cantidad establecida en el párrafo anterior se actualizará en el mes de enero de cada año, con el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre del penúltimo año al mes de diciembre del último año inmediato anterior a aquél por el cual se efectúe el cálculo, de conformidad con el procedimiento a que se refiere el artículo 17-A de este Código.

Los contribuyentes que opten por hacer dictaminar sus estados financieros a que se refiere el primer párrafo de este artículo, lo manifestarán al presentar la declaración del ejercicio del impuesto sobre la renta que corresponda al ejercicio por el que se ejerza la opción. Esta opción deberá ejercerse dentro del plazo que las disposiciones legales establezcan para la presentación de la declaración del ejercicio del impuesto sobre la renta.

No se dará efecto legal alguno al ejercicio de la opción fuera del plazo mencionado. Los contribuyentes que estén obligados, así como los que hayan optado por presentar el dictamen de los estados financieros formulado por contador público inscrito deberán presentarlo dentro de los plazos autorizados, incluyendo la información y documentación, de acuerdo con lo dispuesto por el Reglamento de este Código y las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria, a más tardar el 15 de mayo del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate.

¿Cuándo se presenta el Dictamex 2022?

Estimados colegas, clientes y amigos: Considerando las reformas al Código Financiero del Estado de México y sus municipios, a partir del año 2008, los contribuyentes obligados al pago del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal (ISERTP) comenzaron a dictaminarse, la Secretaria de Finanzas del Estado, desde entonces puso a disposición la plataforma DICTAMEX, la cual ha sido la herramienta principal como medio electrónico para facilitar la regulación de quienes se dictaminan, siendo una plataforma ágil y de uso sencillo.

Prórroga para presentar el aviso de dictamen a más tardar el 30 de septiembre de 2022Presentación del dictamen a más tardar el 31 de octubre de 2022

Además de hacer extensivo los canales de comunicación de caso de alguna consulta o duda: Nuestros especialistas del área de Seguridad Social, INFONAVIT y Contribuciones Locales se encuentran a sus órdenes, para realizar un análisis personalizado de los cálculos y elaborar el dictamen correspondiente En caso de requerir información adicional, con gusto podemos apoyarle.L.C.

¿Quién está obligado a presentar el dictamen fiscal?

Dictamen de estados financieros – A partir del 2022, volverá a ser obligatorio el Dictamen fiscal, por contador público para aquellos contribuyentes que en el ejercicio anterior hubieran declarado ingresos superiores a 1,650,490,600 pesos, así como las empresas que tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista y en bolsa de valores.

¿Qué estados pagan el impuesto sobre nómina?

¿Qué ISN se aplica en 2020? –

Entidad Federativa Porcentaje del Impuesto Pagina de Internet
Aguascalientes 2.50% http://www.aguascalientes.gob.mx
Baja California 1.80% http://www.bajacalifornia.gob.mx
Baja California Sur 2.50% http://www.bcs.gob.mx/
Campeche de 2.00% a 3.00% http://www.finanzas.campeche.gob.mx
Chiapas 2.00% http://www.haciendachiapas.gob.mx
Chihuahua 3.00% http://www.chihuahua.gob.mx
Coahuila 2.00% http://www.sfcoahuila.gob.mx
Colima 2.00% http://www.finanzas.col.gob.mx
Ciudad de México 3.00% http://www.finanzas.df.gob.mx
Durango 2.00% http://www.sfa-durango.gob.mx
Estado de México 3.00% http://www.edomexico.gob.mx
Guanajuato 2.30% http://www.guanajuato.gob.mx
Guerrero 2.00% http://www.egbs1.com.mx
Hidalgo de 0.5% a 2% http://www.hidalgo.gob.mx
Jalisco 2.00% http://sefin.jalisco.gob.mx/
Michoacán 3.00% http://tesoreria.michoacan.gob.mx
Morelos 2.00% https://www.ingresos.morelos.gob.mx/
Nayarit 2.00% http://www.hacienda-nayarit.gob.mx
Nuevo León 3.00% http://www.nl.gob.mx
Oaxaca 3.00% http://www.finanzasoaxaca.gob.mx
Puebla 6.00% http://www.puebla.gob.mx
Querétaro 2.00% http://www.recaudanet.gob.mx
Quintana Roo 3.00% http://www.quintanaroo.gob.mx
San Luis Potosí 2.50% http://www.slpfinanzas.gob.mx
Sinaloa 2.40% a 3.00% http://laip.sinaloa.gob.mx/Portal
Sonora 2.00% http://www.siiafhacienda.gob.mx
Tabasco 2.50% http://saf.tabasco.gob.mx
Tamaulipas 3.00% http://finanzas.tamaulipas.gob.mx
Tlaxcala 3.00% http://www.finanzastlax.gob.mx
Veracruz 3.00% http://portal.veracruz.gob.mx
Yucatán 3.00% http://www.yucatan.gob.mx
Zacatecas 2.50% http://transparencia.zacatecas.gob.mx
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