Cómo Se Calcula El Impuesto De Sucesiones En Cataluña?

Cómo Se Calcula El Impuesto De Sucesiones En Cataluña
-Determinar la cuota tributable – La cuota tributaria se determina aplicando a la base liquidable el tipo aplicable que irá desde el 7,00% hasta el 32% en función de la cantidad heredada y un coeficiente multiplicador en función del grado de parentesco, entre el 1,00% hasta el 2,00%.

¿Cuánto se paga por el impuesto de sucesion en Cataluña?

¿Qué es el Impuesto sobre sucesiones y donaciones? – El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un tributo regulado por el Estado Español y que se exige en todo el territorio del país. Es un impuesto progresivo que grava la transmisión de bienes y derechos entre personas físicas.

  1. Es un impuesto en el que no hay un porcentaje fijo de gravamen, sino que cuanto más se hereda, más se paga.
  2. En este sentido, se puede llegar a pagar desde el 7,65% hasta el 34% de lo que se recibe.
  3. Pero sigue leyendo que te explicaremos los pasos para poder calcularlo.
  4. ¿Qué es lo que se grava? Es decir, ¿por qué debo pagar un impuesto al recibir una herencia o una donación? El principio general es que el Estado grava los aumentos patrimoniales de las personas.

Con el impuesto sobre las sucesiones, busca gravar los beneficios obtenidos por ti (persona física) a título gratuito y como consecuencia de un fallecimiento. En cambio, en las donaciones, el objeto del gravamen o impuesto es el aumento de patrimonio entre vivos, obtenido por personas físicas a título gratuito.

¿Cómo se calcula lo que hay que pagar en el Impuesto de Sucesiones?

Cálculo del Impuesto de Sucesiones – En primer lugar, hay que conocer el valor bruto de la sucesión, el cual se obtiene aplicando el siguiente cálculo:

Valor Hereditario Bruto = Valor real de los bienes y derechos + ajuar inmobiliario

El paso siguiente es conseguir el Valor Hereditario Neto, es decir, aquel que se obtiene de restarle cargas y deudas al Valor Hereditario Bruto:

Valor Hereditario Neto = Valor Hereditario Bruto – cargas, deudas y gastos deducibles

Posteriormente, se divide el valor neto entre el número de herederos, para así conseguir la porción neta que debe recibir cada uno de ellos:

Porción Hereditaria Individual Neta = Valor Hereditario Neto ÷ número de herederos

Luego, hay que calcular la Base Imponible del Impuesto de Sucesiones, aplicando la siguiente fórmula:

Base Imponible del Impuesto de Sucesiones = Porción Hereditaria Individual Neta + seguros de vida (En caso de que no existan seguros de vida, la base imponible será igual a la Porción Hereditaria Individual Neta)

El siguiente paso es calcular la Base Liquidable, la cual se obtiene al aplicarle a la Base Imponible las reducciones (parentesco, naturaleza de bienes, minusvalía) que, de acuerdo a cada Comunidad Autónoma, son variables.

Base liquidable = Base Imponible del Impuesto de Sucesiones + reducciones que apliquen según la Comunidad Autónoma

Luego, para conseguir la Cuota Íntegra, al valor de la Base Liquidable se le aplica el porcentaje de impuesto establecido por la Comunidad Autónoma correspondiente. Como dato importante, el reglamento estatal establece que este porcentaje puede variar del 7.65% al 34% en función del monto de la Base Liquidable.

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Cuota íntegra = Base Liquidable * Porcentaje del impuesto en función de la Base Liquidable

Antes de conocer el valor total de Impuesto de Sucesión, es necesario conocer el valor de la Cuota Tributaria. Esta se obtiene aplicándole a la Cuota Íntegra el coeficiente multiplicador:

Cuota Tributaria = cuota íntegra * coeficiente multiplicador

Los coeficientes multiplicadores varían de acuerdo al patrimonio preexistente del heredero y a su grado de parentesco con el causante.

Grupo Grado de parentesco
Grupo I · Descendientes y adoptados menores de 21 años
Grupo II · Descendientes y adoptados de 21 años o más · Conyugues, ascendientes y adoptantes
Grupo III · Colaterales de segundo y tercer grado (hermanos, tíos, sobrinos) · Ascendientes y descendientes por afinidad
Grupo IV · Colaterales de cuarto grado, grados más distantes y extraños

Al cotejar el patrimonio preexisten del heredero con el grupo al que pertenezca, según su grado de parentesco con el fallecido, se obtiene el coeficiente multiplicador correspondiente:

Patrimonio Preexistente (Euros) % por grupos
I y II III IV
De 0 a 402.678,11 1 1,5882 2
> 402.678.11 a 2.007.380,43 1,05 1,6676 2,1
> 2.007.380,43 a 4.020.770,98 1,1 1,7471 2,2
> 4.020.770,98 1,2 1,9059 2,4

Finalmente, para conseguir el total del Impuesto de Sucesión a pagar se deben aplicar deducciones y bonificaciones, las cuales son establecidas por cada Comunidad Autónoma.

¿Cuánto cobra un abogado por hacer el impuesto de sucesiones?

¿Cuánto cuesta un abogado para tramitar una herencia? – La tramitación de una herencia consta de distintos pasos y trámites (pago de impuestos, realizar un inventario de bienes, etc.). Por eso es conveniente contar con el asesoramiento de abogados especializados en herencias que puedan guiarte en todo el proceso.

  • Aunque los honorarios de los abogados de herencias suelen moverse en franjas entre 3.000 € y 5.000 €, algunos servicios pueden costar menos de 1.000 € mientras que en otros casos el precio total puede superar los 10.000 €.
  • Como ocurre con prácticamente todos los aspectos relacionados con la tramitación de una herencia, el precio de los servicios del abogado dependerá de las circunstancias,

¿Existe testamento? ¿Hay que llevar a cabo la partición o división de la herencia? ¿Los herederos están de acuerdo o se trata de una herencia conflictiva? ¿Quieres impugnar el testamento? Estas son solo algunas de las preguntas cuyas respuestas pueden influir en las tarifas de los abogados de herencias,

Normalmente cuanto más complicado sea el caso, más elevado será el precio, ya que los profesionales tendrán que dedicarle una mayor cantidad de tiempo. En ocasiones, en lugar de establecer tarifas a precio fijo, los abogados pueden trabajar con tarifas a porcentaje, En estos casos se suele solicitar entre un 10 % y un 20 % de la cantidad que finalmente se obtenga, y los profesionales no suelen cobrar hasta que el asunto no se haya resuelto de forma favorable.

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Por supuesto, también existe la posibilidad de que los abogados decidan combinar ambas modalidades de pago. Al final lo más recomendable es consultar directamente con los profesionales, y comparar distintas ofertas, para obtener precios concretos.

¿Cuando no hay que pagar el Impuesto de Sucesiones?

¿Quién debe pagar el Impuesto de Sociedades? – El Impuesto de Sociedades debe ser abonado por los herederos legítimos, Si el heredero renunciara a la herencia en documento público, no deberá liquidar este impuesto, dado que no recibe los bienes.

¿Cuánto hay que pagar por la herencia de una casa?

Pago del Impuesto de Sucesiones – Si heredas una vivienda tendrás que hacer frente a una serie de obligaciones fiscales, ya que, como heredero, deberás pagar el Impuesto de Sucesiones y el Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, más conocido como plusvalía municipal.

Cuando se trata de dejar la vivienda como herencia, la ley incluye una reducción para cónyuges y descendientes del 95% de la base imponible hasta un máximo de 122.606 euros. Sin embargo, al ser un impuesto que está transferido a las comunidades autónomas, puedes encontrarte con regiones en las que esa reducción puede llegar hasta el 99%, con lo que solo pagarás el 1%.

Es decir, que depende de dónde heredes, pagarás una cantidad u otra, El problema es que no puedes elegir donde heredar y ahí la normativa es clara: el Impuesto de Sucesiones se paga en la comunidad de la persona fallecida y dispones de seis meses, ampliables a un año, para liquidarlo.

  • Valor de la herencia : cuanto mayor sea el valor de lo heredado, más tendrás que pagar.
  • Grado de parentesco : cuanto más lejano sea tu parentesco con el fallecido, mayor será el impuesto que tendrás que abonar.
  • Edad de los herederos : hay supuestos en los que los jóvenes pagan menos.
  • Situación patrimonial de quien hereda : cuanto más patrimonio tengas, más te tocará pagar.
  • Lugar de residencia del fallecido : el pago del impuesto variará notablemente dependiendo de la comunidad donde viviera el fallecido.

Y es que, según los datos del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), heredar en determinadas regiones puede suponerte no pagar nada, mientras que en otras te puede costar miles de euros. La tarifa general del Impuesto de Sucesiones oscila entre el 7,65% y el 34%,

Pero, a estas diferencias, hay que sumar que, después, cada comunidad aplica una serie de bonificaciones que harán que pagues menos en función de cuestiones como parentesco o edad. Y es en estas bonificaciones y reducciones donde radica otra de las claves de las diferencias de lo que te cuesta heredar en un sitio u otro.

De hecho, de acuerdo con un ejemplo del REAF, un hijo de 30 años que hereda bienes de su padre por valor de 800.000 euros, de los que 200.000 corresponden a la vivienda del progenitor, en el caso de que fuera en Asturias debería abonar 103.135,38 euros de Impuesto de Sucesiones, mientras que si lo hiciera en Andalucía, Cantabria y Galicia, gracias a esas bonificaciones y reducciones, no pagaría nada.

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¿Qué pasa si no declaras el impuesto de sucesiones?

A) Pago de los intereses de demora – El heredero tendrá que hacer frente al pago de los intereses de demora. Estos corresponden al tiempo transcurrido desde la finalización del plazo para la presentación e ingreso de la autoliquidación hasta la regularización de la situación tributaria por parte de la Administración. Se tendrá que hacer frente al pago de una sanción o multa pecuniaria. Pues el sujeto pasivo habrá incurrido en una infracción tributaria. Y puede ser castigada con la imposición de una sanción que puede ir desde el 50% hasta el 150% de la cuota defraudada o dejada de ingresar.

La conformidad del sujeto pasivo con la regularización practicada por la Administración, El no recurrir contra dicha regularización o contra la sanción, El pago de la sanción en el plazo de ingreso voluntario de la misma.

Sin embargo, el sujeto pasivo puede evitar el pago de las sanciones administrativas anteriormente aludidas. E incluso, en algún caso, el pago de los intereses de demora. ¿Cómo? Mediante la regularización voluntaria de su situación tributaria. Para ello deberá presentar la autoliquidación del impuesto antes de que se le notifique el comienzo de cualquier procedimiento administrativo dirigido a la comprobación y regularización de su situación tributaria.

    El sujeto habrá de pagar un recargo del 5%, del 10% o del 15% de la cuota a ingresar, sin sanción ni intereses de demora. Siempre y cuando el retraso en la presentación de la autoliquidación no exceda de 3, 6 o 12 meses, respectivamente, del plazo legal. O un r ecargo del 20%, sin sanción, si el retraso en la presentación de la autoliquidación del impuesto excede de 12 meses. En este último caso se exigen los intereses de demora por el período transcurrido desde el día siguiente al término de los 12 meses posteriores a la finalización del plazo establecido para la presentación hasta el momento en que la autoliquidación se haya presentado.

    ¿Cuánto hay que pagar por la herencia de una casa?

    Impuesto de Sucesiones – Es un tributo que grava los bienes y derechos que constituyen la herencia de una persona fallecida y al que deben hacer frente sus herederos. Es un impuesto de porcentaje progresivo, cuanto más se hereda, más se paga. En general, el gravamen se encuentra entre el 7,65% y el 34%.

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