Como Calcular La Pensión Del Imss?

Como Calcular La Pensión Del Imss
3. Promedio de tu salario en los últimos 5 años cotizados – Entre mayor sea tu promedio salarial en los últimos 5 años, mayor será tu pensión. Para conocer este promedio debes tomar en cuenta tu salario base de cotización con el cual tu patrón te registró ante el Seguro Social, este en muchas ocasiones resulta ser diferente al salario real que percibiste mes con mes.

  1. Puedes obtener este promedio al multiplicar tu salario diario base de cotización del año que deseas calcular, multiplicarlo por 365 días y dividido entre 12 meses.
  2. El IMSS tomará en cuenta, para calcular tu pensión, las últimas 250 semanas que cotizaste.
  3. Al darte de alta en la Modalidad 40 puedes realizar aportaciones voluntarias al máximo.

El tope máximo con el que te puedes registrar, es de 25 UMA (Unidad de Medida y Actualización), el cual puede cambiar de valor cada cierto tiempo, pero el UMA vigente diario para este 2022 es de $96.22 MXN. UMA diario 2022 = $96.22 MXN, multiplicado por 30 = $2,886.60 MXN mensual.

¿Cómo puedo saber cuánto me toca de pensión del IMSS?

Para realizar un cálculo de pensión conforme a los supuestos de la Ley del Seguro Social vigente, podrás utilizar la herramienta de la CONSAR: http://www.consar.gob.mx/gobmx/Aplicativo/calculadora/ imss /CalculadoraIMSS.aspx.

¿Cuál es el tope de pensión Ley 73?

Fundamentos Legales Pensión Máxima del IMSS ley 73 – La pensión máxima del IMSS acorde al artículo 33, párrafo dos de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, establece que son 10 salarios mínimos el monto máximo para pensión por Invalidez, Cesantía en edad avanzada y Vejez, sin embargo, en el mes de junio de 2010 se otorgó la jurisprudencia 85/2010 (descargar) aprobada con cinco votos a favor, en la que se establecía una incongruencia debido a que el salario máximo para un trabajador era de 25 veces salario mínimos y solo podría recibir 10 VSM al momento de pensionarse, por lo tanto, a partir de esta fecha se establecieron 25 salarios mínimos como pensión máxima en el IMSS.

Cabe destacar que a partir del 30 de diciembre de 2016 se realizó una nueva modificación sustituyendo el salario mínimo por UMAs (Unidades de Medición y Actualización) dando un menor monto en importe final máximo de la pensión. Así mismo el artículo décimo cuarto transitorio, fracción b de la LSS 97 establece que: Para los pensionados de 60 años o más, con pensión igual o mayor a un salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, el monto de su pensión será el resultado de multiplicar la pensión que reciban al 31 de diciembre de 2003, o la pensión que se determine si se pensionan después de esa fecha, por el factor de 1.11; Teniendo estos fundamentos claros, la pensión máxima del IMSS se compondría de la siguiente forma: 25 UMAs x 365 días x 1.11 /12 = $2,405.50 x 365 x 1.11 /12 = $974,588.325/12 = $81,215.69 Si bien, la pensión máxima del IMSS es de $81.215.69 pesos mexicanos en el 2022, no todos los trabajadores pueden acceder a ese monto mensualmente ya que la media del salario promedio nacional asociado a trabajadores del IMSS de acuerdo a la Comisión Nacional de Salarios Mínimos fue de $348.11 pesos mexicanos diarios en el año 2018 (ver estudio) es decir; $10,582.56 en promedio.

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¿Cuánto es la pensión minima del IMSS 2022?

Como Calcular La Pensión Del Imss La Ley 73 del Seguro Social establece que los pensionados deben recibir al menos el equivalente a un salario mínimo mensual vigente al momento de realizar el trámite de pensión, el cual a partir de febrero de 2022 equivale a $5,836.52 MXN mensuales. Los futuros pensionados que comenzaron a cotizar ante el IMSS antes del 1 de julio de 1997, se encuentran bajo la Ley 73 del Seguro Social la cual establece, en su artículo 168, los parámetros que determinan el monto de la pensión mínima garantizada que recibirán: Ley del Seguro Social de 1973, Artículo 168: » La pensión de invalidez, de vejez o cesantía en edad avanzada, incluyendo las asignaciones familiares y ayudas asistenciales que en su caso correspondan, no podrá ser inferior al cien por ciento del salario mínimo general que rija para el Distrito Federal (Ahora Ciudad de México).»

¿Cuánto recibire de pensión en la modalidad 40?

Todos los trabajadores que cotizan en el Instituto Mexicano del Seguro Social tienen derecho a una pensión. El IMSS tiene alternativas para quienes han terminado su relación laboral con algún patrón con el objetivo de mantener la vigencia de sus derechos.

  1. Esta institución ofrece la Modalidad 40 que es conocida en términos legales como la Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio.
  2. ¿Qué permite esta formato? Continuar con las cotizaciones en los seguros de retiro por edad avanzada, vejez e invalidez en el cual se siguen acumulando semanas de cotización y recursos en las cuestas individuales de los derechohabientes.

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¿Cómo se calcula la jubilación de un trabajador?

La jubilación ordinaria estará compuesta por 3 prestaciones: Prestación Básica Universal, Prestación Compensatoria (aportes anteriores al 30/06/94) y Prestación Adicional por Permanencia (aportes posteriores al 30/06/1994). Para calcular el haber jubilatorio, ANSES determina primero el promedio del sueldo actualizado de los últimos 120 sueldos, para ello se debe: Actualizar cada sueldo por el coeficiente de movilidad, el cual es dado por ANSES para cada mes y año (el último fue de 12,11%). A. Prestación Básica Universal. Se trata de una suma fija que actualmente es de $13.294. Encaso de que el afiliado/a acredite más de 30 y hasta 45 años de servicios con aportes, se incrementará un 1% por año adicional. Ejemplo: B. Prestación compensatoria Se calcula multiplicando 1,5% por la cantidad de años de aportes anteriores a junio de 1994. El porcentaje resultante es el que se aplicará al promedio del sueldo para obtener el valor de la prestación compensatoria.C. Prestación por permanencia: Se calcula igual que la prestación compensatoria pero con los años de aportes posteriores al 01/07/1994. Se aclara conforme origen de los aportes: • Aportes en relación de dependencia: será del 1,5% por cada año de aportes o fracción mayor a 6 meses, con un máximo de 35 años, calculado sobre el promedio de las últimas 120 remuneraciones (10 años) percibidas y actualizadas anteriores al cese.

  1. Aportes autónomos: 1,5% por cada año de aportes o fracción mayor a seis meses, con un máximo de 35 años, calculado sobre el promedio mensual de los montos actualizados de las categorías que revistió el afiliado.
  2. Se computará todo el tiempo con aportes efectuados en cada una de las categorías).
  3. Aportes mixtos: En caso de aportes en relación de dependencia y autónomos de forma sucesiva o simultánea, el haber se establecerá sumando el que resulte para los servicios en relación de dependencia, y el correspondiente a los servicios autónomos, en forma proporcional al tiempo computado para cada clase de servicios.

La ley 24.241, creadora del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, prevé para sus beneficiarios la llamada «jubilación ordinaria», destinada a cubrir la contingencia de la vejez. A nivel nacional existen otros regímenes previsionales diferenciales o de excepción los cuales poseen un sistema propio y particular para cada uno.

¿Qué beneficios tengo si soy Ley 73?

¿Qué beneficios tiene la ley del IMSS de 1973? – Además de recibir una pensión vitalicia, los trabajadores bajo esta ley tienen derecho a los siguientes beneficios:

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Pago adicional de aguinaldo equivalente a un mes de pensión Transmisión de pensión de viudez Actualización de la pensión de manera anual de acuerdo a la inflación

¿Cuál es la pension más baja que da el IMSS?

¿Qué documentos necesito para realizar el trámite de pensión mínima garantizada? – Una vez tengas los requisitos que necesitas para acceder a los beneficios de la pensión mínima garantizada del IMSS que mencionamos en el párrafo anterior, debes acudir a la ventanilla de prestaciones económicas de tu clínica medicina familiar y presentar los siguientes documentos en original y copia

Identificación oficial Acta de Nacimiento Estado de cuenta de la Afore o algún comprobante que acredite tu registro en la Administradores Documento que contenga tu número de seguridad social Estado de Cuenta bancario con número de CLABE CURP Resolución o Negativa de pensión emitida por el IMSS Comprobante de Domicilio no mayor a tres meses (Luz, agua, predial, teléfono)

Para poder saber si eres apto a utilizar este servicio te invitamos a visitar la página de contacto del IMSS para que puedes acercarte a ellos y despejar cualquier duda que tengas

¿Cuando no conviene pagar modalidad 40?

¿En qué casos no conviene tramitar mi retiro por la Modalidad 40? – Debido a que en la Modalidad 40 se deben realizar aportaciones voluntarias, no conviene tramitar el retiro bajo este esquema cuando se tienen muy pocas semanas cotizadas en el IMSS, ya que durante un largo tiempo el beneficiario tendrá que estar aportando dinero de su bolsillo.

Tampoco conviene dejar un trabajo para darse de alta a la Modalidad 40 para cotizar con cuotas más altas en este esquema con el objetivo de recibir una mayor cantidad de dinero al momento de pensionarse, ya que si el monto de aportación voluntaria es muy alta, es posible que después de algún tiempo, el derechohabiente ya no pueda seguir realizando dichos pagos.

Finalmente, la otra razón por la que no es conveniente tramitar el retiro mediante la Modalidad 40 es que al integrarse a este esquema se pierden los servicios de salud, pues este sistema solo se enfoca en el aspecto económico del pensionado, así que lo más recomendable es mantenerse en un trabajo estable y recibir las demás prestaciones, pues dicho programa va dirigido para personas que han perdido su empleo y necesitan seguir acumulando semanas en el IMSS para su retiro que esté próximo.

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