En Colombia la tarifa general del IVA es del 19% y es aplicable tanto a bienes como servicios, que pueden ser gravados, excluidos, exentos o no sometidos.
¿Qué es impuesto a las ventas en Colombia?
El Impuesto sobre las ventas es un impuesto del orden nacional, indirecto, de naturaleza real, de causación instantánea, y de régimen general: Es impuesto, por consistir en una obligación pecuniaria que debe sufragar el sujeto pasivo sin ninguna contraprestación.
¿Quién debe pagar el impuesto sobre la venta?
A)En las ventas, las personas naturales o jurídicas que las efectúen; b)En los servicios, las personas naturales o jurídicas que los presten; c)En las importaciones, los importadores o su agente aduanero. El impuesto se cobrará independientemente del destino que se pretenda dar a las mercancías.
¿Cuál es la finalidad del IVA en Colombia?
En Colombia la tarifa general del IVA es del 19% y es aplicable tanto a bienes como servicios, que pueden ser gravados, excluidos, exentos o no sometidos.
¿Qué productos tienen IVA en Colombia 2022?
IVA Canasta Familiar 2022: 0% – Por último, estos son los artículos exentos de IVA de la canasta familiar:
CÓDIGO | DESCRIPCIÓN |
Alimentos | |
1110100 | Arroz |
1120100 | Pan |
1120200 | Otros productos de panadería |
1210100 | Papa |
1210200 | Yuca |
1210300 | Otros tubérculos |
1220100 | Plátano |
1310100 | Cebolla |
1310200 | Tomate |
1310300 | Zanahoria |
1310400 | Revuelto verde |
1310500 | Otras hortalizas y legumbres frescas |
1320100 | Fríjol |
1320200 | Arveja |
1320300 | Otras hortalizas y legumbres secas |
1410100 | Naranjas |
1410200 | Bananos |
1410300 | Tomate de árbol |
1410400 | Moras |
1410500 | Otras frutas frescas |
1510100 | Res |
1510200 | Cerdo |
1510300 | Pollo |
1610100 | Pescado de mar, río y enlatado |
1710100 | Huevos |
1720100 | Leche |
1720200 | Queso |
1810100 | Panela |
1830100 | Sal |
1850300 | Otras bebidas no alcohólicas (agua) |
1910100 | Almuerzo |
1920100 | Hamburguesa |
1920200 | Comidas rápidas calientes |
1930100 | Gastos de cafetería |
1930200 | Comidas rápidas frías |
Vivienda | |
2110100 | Arrendamiento efectivo |
2120100 | Arrendamiento imputado |
2130100 | Otros gastos de ocupación |
2210100 | Gas |
2220100 | Energía eléctrica |
2220200 | Acueducto, alcantarillado y aseo |
2720200 | Insecticidas |
Salud | |
4110100 | Consulta médica general |
4110200 | Medicina especializada |
4120100 | Exámenes de laboratorio |
4120200 | Imágenes diagnósticas |
4130100 | Servicios de hospitalización y ambulancias |
4210100 | Medicinas |
4210200 | Otras medicinas y anticonceptivos |
4220100 | Aparatos ortopédicos y otros |
Educación | |
5110100 | Matrículas |
5110200 | Pensiones |
5120100 | Matrículas |
5130100 | Otros costos educativos |
5210100 | Textos |
5210200 | Cuadernos |
Diversión | |
6110100 | Libros |
6110200 | Revistas |
6110300 | Periódicos |
6310300 | Servicios relacionados con diversión |
6310400 | Servicios culturales |
Transporte | |
7210100 | Bus |
7210200 | Buseta |
7210300 | Taxi |
7210400 | Otros medios para transporte urbano |
7220100 | Bus intermunicipal |
7220200 | Otros transporte intermunicipal |
Comunicaciones | |
8110100 | Porte de cartas y otros servicios |
Otros gastos | |
9110200 | Aguardiente |
9110300 | Otras bebidas alcohólicas |
9210100 | Higiene oral |
9410100 | Servicios bancarios |
9420100 | Seguros de vehículo |
¿Cuándo se debe de pagar el IVA?
Impuesto Sobre las Ventas – IVA – Los responsables de este impuesto, Grandes Contribuyentes y aquellas personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2020 sean iguales o superiores a 92.000 UVT, es decir $ 3.275.844.000 así como los responsables de que tratan los artículos 477 y 481 del Estatuto Tributario, presentarán y pagarán de manera bimestral el Impuesto sobre las Ventas – IVA.
Grandes Contribuyentes: De acuerdo con el último dígito del NIT, entre el 12 y el 23 de abril. Personas jurídicas: De acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT, entre el 12 de abril y el 7 de mayo. Personas naturales: De acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT, entre el 10 de agosto y el 20 de octubre.
En lo que tiene que ver con los prestadores de servicios desde el exterior, independientemente del último dígito del NIT, los periodos y vencimientos para la presentación y pago de la declaración bimestral del Impuesto sobre las Ventas – IVA, son los siguientes:
Enero – Febrero: Entre el 9 y el 23 de marzo Marzo – Abril: Entre el 10 y el 24 de mayo Mayo – Junio: Entre el 8 y el 22 de julio Julio – Agosto: Entre el 8 y el 21 de septiembre Septiembre – Octubre: Entre el 9 y el 23 de noviembre Noviembre – Diciembre: Entre el 12 y el 25 de enero de 2022 Enero – febrero: 16 de marzo Marzo – abril: 19 de mayo Mayo – junio: 13 de julio Julio – agosto: 14 de septiembre Septiembre – octubre: 17 de noviembre Noviembre – diciembre: 18 de enero de 2022
Por último, con respecto a este tributo, las personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2020 sean inferiores a 92.000 UVT, es decir, $ 3.275.844.000, deberán presentar la declaración del Impuesto sobre las Ventas -IVA y pagar de manera cuatrimestral. Los periodos y plazos establecidos en el Decreto 1680 son:
¿Cuánto es el IVA en Colombia 2022?
CUÁNDO ES EL SEGUNDO DÍA SIN IVA – El segundo día sin IVA se realizará este viernes 17 de junio del 2022, Son 3 días en este año en la cual se llevará acabo este evento comercial extraordinario. Recordemos que la primera fecha del día sin IVA en Colombia se realizó el pasado viernes 11 de marzo. La última jornada se realizará el viernes 2 de diciembre.