Que Significado Tiene La Frase Ningun Impuesto Sin La Aprobacion Del Parlamento?

Que Significado Tiene La Frase Ningun Impuesto Sin La Aprobacion Del Parlamento
‘Ningún impuesto sin representación’, es decir, que no hubiese sido aprobado por quienes tenían que pagarlo. Recuperaban, los colonos, las proposiciones ideológicas defendidas en Inglaterra en la Edad Media: ‘Ningún impuesto sin representación’. Estamos hablando del valor y significado de las leyes.

¿Qué significa la frase no hay impuestos sin representación?

‘No a la tributación sin representación ‘: esta consigna hoy en día se traduce en decirle ‘no’ al voto desinformado.

¿Qué impuestos impuso la corona británica a sus colonias para recuperar su economía tras la guerra de los siete años?

La Ley del Sello, Ley del Timbre o Stamp Act, en inglés, de 1765 (Duties in American Colonies Act 1765; 5 George III, c 12) fue una ley del Parlamento Británico que supuso un impuesto directo y específico para las trece colonias de la América británica que requería que la mayoría de los materiales impresos en las

¿Qué significa sin en impuestos?

Capítulo I Marco Institucional y atribuciones – Artículo 1°.- (Objeto) La Presente Ley tiene por objeto transformar el Servicio Nacional de Impuestos Internos (S.N.I.I.), en Servicio de Impuestos Nacionales (S.I.N.), asumiendo su personería jurídica, atribuciones, funciones, derechos, obligaciones y patrimonio, de acuerdo a la naturaleza institucional y régimen administrativo determinado por la presente Ley.

  1. Artículo 2°.- (Naturaleza Jurídica) El Servicio de Impuestos Nacionales es una entidad de derecho público, autárquica con independencia administrativa, funcional, técnica y financiera, con jurisdicción y competencia en todo el territorio nacional, personería jurídica y patrimonio propio.
  2. Su domicilio principal está fijado en la ciudad de La Paz.

El Servicio de Impuestos Nacionales se encuentra bajo la tuición del Ministerio de Hacienda. Se sujeta a la política económica, fiscal y tributaria definida por el Poder Ejecutivo, debiendo cumplir las metas, objetivos y resultados institucionales que le fije el Ministerio de Hacienda.

Artículo 3°.- (Función) La función del Servicio de Impuestos Nacionales es administrar el sistema de impuestos y tiene como misión optimizar las recaudaciones, mediante: la administración, aplicación, recaudación y fiscalización eficiente y eficaz de los impuestos internos, la orientación y facilitación del cumplimiento voluntario, veraz y oportuno de las obligaciones tributarias y la cobranza y sanción de los que incumplen de acuerdo a lo que establece el Código Tributario, con excepción de los tributos que por Ley administran, recaudan y fiscalizan las municipalidades.

Artículo 4°.- (Atribuciones) Son atribuciones del Servicio de Impuestos Nacionales:

    Cumplir y hacer cumplir las normas contenidas en la Constitución Política del Estado, Convenios Internacionales aprobados por el H. Congreso Nacional en materia tributaria, Código Tributario, Leyes específicas tributarias, Decretos Supremos, Resoluciones Supremas, Ministeriales y Administrativas y demás normas en materia tributaria.Dictar normas reglamentarias a efectos de aplicación de las disposiciones en materia tributaria.Establecer planes y programas de gestión administrativa acorde con los lineamientos de la política económica del Poder Ejecutivo y suscribir un compromiso anual con el Ministerio de Hacienda estableciendo metas de recaudación y otras de carácter institucional.Celebrar acuerdos, contratos y convenios vinculados con el desarrollo de sus funciones.Contratar servicios de carácter técnico y/u operativo, de personas naturales y jurídicas, siempre que no se vulnere su facultad específica y fiscalizadora. Los contratos serán suscritos por el Servicio de Impuestos Nacionales mediante procedimientos establecidos en la Ley Nº 1178,Promover la conciencia tributaria en la población.Establecer y mantener relaciones con instituciones, organismos nacionales e internacionales y agencias de cooperación vinculadas a la administración tributaria.Propiciar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los funcionarios públicos bajo su dependencia dentro del marco legal establecido para el efecto.

    ¿Qué es el SIN en impuestos?

    En el caso de Bolivia, la entidad encargada de administrar y velar por un buen funcionamiento del sistema tributario, es el Servicio de Impuestos Nacionales, más conocido por su sigla SIN.

    ¿Quién fue el inventor de los impuestos en el mundo?

    CAPITULO I. GENERALIDADES – A. Historia de los impuestos. Impuestos en la antigedad La historia de los impuestos es casi tan antigua como la historia del hombre pensante. Desde las primeras sociedades humanas, los impuestos eran aplicados por los soberanos o jefes en forma de tributos, muchos de los cuales eran destinados para asuntos ceremoniales y para las clases dominantes.

    La defraudacin de impuestos teniendo el carcter y destino que se les daba eran poco comunes, debido al control directo que de la recaudacin hacan sacerdotes y soberanos. Las primeras leyes tributarias aparecen en Egipto, China y Mesopotamia. Textos muy antiguos en escritura cuneiforme de hace aproximadamente cinco mil aos, sealaban que se puede amar a un prncipe, se puede amar a un rey, pero ante un recaudador de impuestos, hay que temblar.

    En el nuevo testamento, aparece la figura de recaudador de impuestos en la persona de mateo, siendo este puesto algo detestable y poco santo como lo manifestaban los primeros discpulos de Jess cuando iba a comer en casa de ste. En Egipto, una forma comn de tributar era por medio del trabajo fsico (prestacin personal), para lo cual tenemos como ejemplo la construccin de la pirmide del rey Keops en el ao 2,500 A.C.

    Misma que duro veinte aos, participando aproximadamente unas 100,000 personas que acarreaban materiales desde Etiopia. Tambin se encuentra en una inscripcin de una tumba de Sakkara con una antigedad de aproximadamente 2,300 aos A.C. la que trata de una declaracin de impuestos sobre animales, frutos del campo y semejantes.

    Por otra parte, en este mismo reino el pueblo tena que arrodillarse ante los cobradores de impuestos del faran, quienes adems de presentar su declaracin, tenan que pedir gracias. Las piezas de cermica en ese entonces se usaban como recibos de impuestos.

    • En la isla mediterrnea de Creta, en el segundo milenio A.C.
    • El rey Minos reciba hasta seres humanos como tributo.
    • Respecto a impuestos internacionales, los pueblos antiguos en sus relaciones con otras naciones tomaron a los impuestos como una forma de sujecin y dominio sobre los pueblos vencidos.
    • Como ejemplo tenemos al Imperio Romano, el cual cobraba fuertes tributos a sus colonias, situacin que permiti que por mucho tiempo los ciudadanos romanos no pagaran impuestos.

    Los babilonios y asirios despus de victoriosas campaas militares, levantaban monumentos indicando a los vencidos sus obligaciones econmicas contradas. Augusto en Roma, decret un impuesto del uno por ciento sobre los negocios globales llamado Centsima.

    1. En China, Confucio fue inspector de hacienda del prncipe Dschau en el estado de Lu en el ao 532 A.C.
    2. Lao Tse deca que al pueblo no se le poda dirigir bien por las excesivas cargas de impuestos.
    3. En el Mxico precolombino, se acostumbraba entregar a los aztecas bolas de caucho, guilas, serpientes y anualmente mancebos a los que se les arrancaba el corazn como parte de sus ceremonias religiosas.

    El cobro de impuestos y tributos, tuvo tambin sus cosas chuscas, se tiene noticia que el rey Azcapotzalco en una ocasin, pidi a los aztecas que aparte de la balsa sembrada de flores y frutos que le entregaban como tributo, le llevaran tambin una garza y un pato echado sobre sus huevos, de tal manera que al recibirlos estuvieran picando el cascarn.

    ¿Qué impuestos cobraba la corona española?

    A partir de finales del siglo XIV, el rey de Castilla cobraba a los judíos (hasta su expulsión en 1492) y los mudéjares (hasta su conversión en 1502) el impuesto conocido como el ‘servicio y medio servicio’.

    ¿Cuál es la ley que nos obliga a pagar impuestos?

    La Constitución Federal señala en la fracción IV del articulo 31 que ‘es obligación de los mexicanos contribuir para los gastos públicos, así de la Federación como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.’ Es de este dispositivo

    ¿Qué nos dice la ley 843?

    – Créase un Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas, que se aplicará en todo el territorio nacional sobre las utilidades resultantes de los estados financieros de las mismas al cierre de cada gestión anual, ajustadas de acuerdo a lo que disponga esta Ley y su reglamento.

    ¿Qué significa que los impuestos deben tener representación?

    Una de las herramientas mas importantes utilizadas para la creación de normas tributarias, así como para la fiscalización de estas por parte de la administración de impuestos y finalmente, para la defensa de los derechos de los contribuyentes, son los principios tributarios, algunos de los cuales tienen estipulación normativa en la carta política de Colombia, además de un importante desarrollo jurisprudencial.

    Lo anterior, partiendo de lo establecido por el articulo 363 de la constitución política, el cual dicta que » El sistema tributario se funda en los principios de equidad, eficiencia y progresividad. Las leyes tributarias no se aplicarán con retroactividad». Así pues dentro de estos principios se encuentran: PRINCIPIO DE LEGALIDAD De acuerdo con lo establecido por la sentencia C 891 de 2012, » El principio de legalidad tiene como objetivo primordial fortalecer la seguridad jurídica y evitar los abusos impositivos de los gobernantes, puesto que el acto jurídico que impone la contribución debe establecer previamente, y con base en una discusión democrática, sus elementos esenciales para ser válido.

    En este sentido, el principio de legalidad, como requisito para la creación de un tributo, tiene diversas funciones dentro de las cuales se destacan las siguientes:

    Materializa la exigencia de representación popular, Corresponde a la necesidad de garantizar un reducto mínimo de seguridad a los ciudadanos frente a sus obligaciones, y Representa la importancia de un diseño coherente en la política fiscal de un Estado.

    El principio de legalidad tiene una construcción doctrinaria presente en la estructura de las constituciones de diferentes países. Este tiene como fin exponer el vínculo directo que tiene la ley con lo que se refiere al pago de tributos, puesto que esta debe partir de una manifestación de la voluntad que esté constituida de una forma legítima y expresa a través de una ley.

    Esto último podría interpretarse de la forma en que, el principio de legalidad restringe las potestades de poder tanto del estado como de sus gobernantes (principio de reserva de ley) de imponer cargas y desarrollar políticas tributarias sin que se encuentren consagradas en la norma. Respecto de a lo anterior, la Sentencia C-710/01, de la Corte constitucional, expone que: El principio constitucional de la legalidad tiene una doble condición de un lado es el principio rector del ejercicio del poder y del otro, es el principio rector del derecho sancionador.

    Como principio rector del ejercicio del poder se entiende que no existe facultad, función o acto que puedan desarrollar los servidores públicos que no esté prescrito, definido o establecido en forma expresa, clara y precisa en la ley. Este principio exige que todos los funcionarios del Estado actúen siempre sujetándose al ordenamiento jurídico que establece la Constitución y lo desarrollan las demás reglas jurídicas.

    ¿Qué significa la noción de que no hay tributo sin ley?

    – ‘Nullum tributum sine lege’, significa que no hay tributos sin ley ; por lo tanto, este principio exige que la ley establezca claramente el hecho imponible, los sujetos obligados al pago, el sistema o la base para determinar el hecho imponible, la fecha de pago, las exenciones, las infracciones, sanciones, órgano

    ¿Por que algunas personas no pagan impuestos?

    18 de mayo del 2017 Diego Macera El Comercio La evasión tributaria en el Perú «Lo que se les paga a los profesores de colegios públicos en este país es una miseria», «es una vergüenza el abandono del sector cultura por parte del Estado», «no hay apoyo para deportistas», «la infraestructura pública es un desastre», y siguen firmas.

    Casi no hay sector de la sociedad o persona que no tenga una demanda por mayor presupuesto del Estado. Algunas demandas incluso son justificadas. ¿Por qué el Estado no puede hacer justicia con los pedidos legítimos? Las explicaciones principales son de tres tipos: por corrupción, por ineficiencia y por falta de presupuesto.

    Entre estas razones –todas importantes sin duda– quizá la más profunda sea la última: la escasa recaudación tributaria del país. Los ingresos fi scales del Perú como porcentaje de su PBI son de aproximadamente 19%, por debajo del promedio de la región de 22% y muy por debajo del promedio de los países de la OCDE de 34%.

    • Porque hay que decirlo claro: casi nadie paga impuestos directos en el Perú.
    • El Impuesto a la Renta (IR) se colecta principalmente de empresas (formales) en función a sus utilidades y de trabajadores (formales) en función de sus salarios.
    • Respecto de las primeras, de los 8,7 millones de unidades productivas que había en el Perú en el 2015, solo 2 millones eran formales.

    Más aun, de esos 2 millones, solo 300 empresas aportan más del 40% del IR empresarial. Y el número ha mejorado. En el 2010, el 0,02% de unidades productivas contribuía con el 63% de este tributo. Respecto del pago de IR de los trabajadores, los números también resultan impactantes.

    Según cifras de la Enaho, entre aquellos que trabajan más de 20 horas, solo uno de cada tres trabajadores es formal y, de estos formales, solo uno de cada cuatro se encuentra afecto al pago de IR (los demás ganan menos de las 7 UIT exoneradas). En consecuencia, solo uno de cada 12 trabajadores aportaría al fi sco directamente de su salario.

    Alguien podrá objetar que el IGV sí lo pagamos todos. Eso es parcialmente cierto. Según la Sunat, la evasión de este impuesto llega casi al 30%. Y en el caso del IR, dicho sea de paso, llegaría al 50%. La misma fuente indica que al año se evaden cerca de S/60 mil millones, un monto nada despreciable considerando que el total de ingresos tributarios asciende a poco más S/100 mil millones anuales.

    • Así las cosas, ¿es de extrañar que no haya dinero suficiente para pagarles un buen salario a los profesores, equipar postas médicas, reconstruir carreteras o invertir en ciencia y tecnología? Hay tres culpables de esta situación.
    • Los primeros responsables son los evasores –aquellos que pudiendo y debiendo pagar se burlan del Estado y de nosotros–.

    El segundo responsable es un sistema de recaudación que por décadas ha preferido exprimir a los pocos que pagan en vez de ampliar la base tributaria y hacer menos costoso, complicado y hasta riesgoso el proceso de pago de impuestos. Y el tercer causante, el más importante, es la baja productividad de la gran mayoría de empresas que no les alcanza para pagar los costos de la formalidad y de la gran mayoría de personas cuyo salario no llega al umbral mínimo de ingresos para empezar a aportar.

    ¿Cuáles fueron las causas externas de la independencia de las 13 colonias?

    Una de las principales causas externas fueron las revoluciones, tanto la de los Estados Unidos como la francesa, sirviendo como modelo para lo que buscaban las colonias americanas.

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