Qué Es Impuesto Sobre La Renta?

Qué Es Impuesto Sobre La Renta
El Impuesto Sobre la Renta ( ISR) es una carga fiscal directa que se aplica a los ingresos obtenidos que incrementen el patrimonio de un contribuyente, por lo que las personas físicas y morales (empresas) están obligadas al pago de este impuesto.

¿Qué es el impuesto sobre la renta en Guatemala?

Por sus siglas ISR, es un impuesto directo que se aplica en Guatemala a la renta que obtenga toda persona o entidad, proveniente de la inversión de capital, del trabajo o de la combinación de ambos. Para la determinación y pago de este tributo la Ley de Actualización Tributaria, Decreto 10-2012 y sus reformas vigentes, establece una legislación más sencilla para su cálculo y permite recaudar más recursos para el Estado.

Rentas de las actividades lucrativas Rentas del trabajo y Rentas del capital, ganancias y pérdidas de capital.

Se incluye dentro del campo de aplicación del ISR, un gravamen específico para los que obtienen rentas en el país y no son residentes, así como, aquellos que obtienen rentas en el territorio guatemalteco sin contar con un establecimiento permanente dentro del mismo. Dentro del marco legal del ISR se incorpora un principio extraído del derecho mercantil, conocido con el nombre del «principio de onerosidad», el que indica que todos los actos y contratos se presumen onerosos en consideración al ánimo de lucro, las obligaciones mercantiles suelen ser onerosas porque nadie da nada a cambio de nada.

Este es un nuevo concepto dentro de la Ley, que representa un juicio lógico creado por el Estado, con el objeto de evitar en la mayor medida posible, una defraudación al fisco y con esto repercutir en las finanzas del mismo, es decir, la presunción de onerosidad tiene como finalidad evitar y reducir las defraudaciones fiscales por parte de los contribuyentes.

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Un ejemplo de esto sería el siguiente: una empresa mercantil dedicada a la venta de ciertos tipos de bienes, adquiere inventarios por Q 100,000.00 y en el mismo período lo vende a un precio de Q 90,000.00; conforme al principio de onerosidad, la empresa debió vender el inventario en un valor superior a Q 100,000.00 CONTRIBUYENTES AFECTOS A PAGAR EL ISR El ISR deben pagarlo:

Las personas individualesLas personas jurídicasEntes o patrimonios

Al obtener rentas gravadas en el territorio guatemalteco, sean éstos nacionales o extranjeros, residentes o no en el país. De acuerdo al Código Civil de Guatemala, Decreto Ley 106, defina los siguientes términos: Persona individual Persona Jurídica Entes o patrimonios: son los fideicomisos, contratos en participación, copropiedades, comunidades de bienes, sociedades irregulares, sociedades de hecho, encargo de confianza, gestión de negocios, patrimonios hereditarios indivisos, sucursales, agencias, establecimientos permanentes o temporales de empresas, personas extranjeras que operan en el país y las demás unidades productivas o económicas que dispongan de patrimonio y generen rentas afectas (artículo 12 del Decreto 10-2012 del Congreso de la República y sus reformas).

¿Qué es el Impuesto a la Renta y quiénes deben pagar?

¿Quiénes deben pagar el impuesto a la renta causado? – Pagan el impuesto a la renta causado todas aquellas personas naturales, sociedades indivisas, sociedades nacionales y extranjeras conforme al resultado de su actividad económica.

¿Qué pasa si no se paga el ISR?

No presentar la declaración anual para personas morales y no pagar impuestos puede traer consecuencias como multas, recargos, gastos de ejecución, auditorías y embargos.

¿Quién paga el ISR en Guatemala?

¿ Quienes deben pagar? Todos los guatemaltecos que laboren en sector público y privado y que devenguen un salario de entidades instaladas en Guatemala estarán afectos al nuevo ISR, mediante retenciones mensuales.

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¿Cuánto tiene que ganar una persona para pagar impuestos?

El mínimo de ingresos para tener que hacer la renta – ¿Hasta cuánto puedo ganar sin estar obligado a declarar la renta? Con carácter general, los contribuyentes que hayan percibido rentas inferiores a los 22.000 euros brutos anuales de un solo pagador estarán exentos de tributar.

  1. Es decir, podrán declarar si desean hacerlo pero no están obligados (en la mayoría de los casos el resu l tado de su declaración será a devolver y cobrarán parte de lo que adelantaron a Hacienda vía retenciones de IRPF).
  2. Sin embargo, existen excepciones a esta regla general, empezando por los trabajadores con más de un pagador,

En este caso, la suma de las cantidades percibidas del segundo y siguientes no podrá superar los 1.500 euros, es decir, la práctica totalidad de los pluriempleados deberá cumplir con la AEAT, Si se supera esa cifra los ingresos totales por el rendimiento de trabajo deberán ser inferiores a los 14.000 euros (12.000 euros en ejercicios pasados).

  • Por ejemplo, una persona que haya cambiado de empresa a mitad de año pero que no supere la renta de 22.000 euros estará casi con total seguridad obligada a declarar si ha cobrado más de 1.500 euros de la segunda empresa y ha percibido más de 14.000 euros en todo el ejercicio.
  • En este punto, conviene aclarar que los pagos de la Seguridad Social (como por ejemplo la prestación por desempleo) tienen la consideración fiscal de segundo pagador a efectos fiscales, con todo lo que esto implica.

Este límite de 14.000 euros para estar exento de hacer la renta también se aplica a los siguientes tipos de ingresos:

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Pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas. Contratos en los que el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener Cuando se perciban rendimientos íntegros de trabajo sujetos a un tipo fijo de retención

Existe una salvedad a los dos pagadores. Es la que afecta a pensionistas cuyos únicos rendimientos consistan en las prestaciones pasivas que figuran el el artículo 17.2a de la Ley de IRPF y provengan de dos o más pagadores, además de haber sufrido la retención de IRPF a través del modelo 146 de la AEAT.

¿Cuánto es lo que te quitan de ISR?

El porcentaje de retención por concepto de ISR no es el mismo para todos, va desde el 1.9% hasta el 35% al mes —y se le conoce como provisional—, se mide de acuerdo a la tabla de límite inferior y superior, esta tabla establece un rango de ganancias y les va aplicando un porcentaje, el cual va ascendiendo a medida que

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