Que Es Impuesto Sobre Asistencia A Juegos Permitidos Y Espectáculos Públicos?

Que Es Impuesto Sobre Asistencia A Juegos Permitidos Y Espectáculos Públicos
El impuesto sobre diversiones, espectáculos públicos o entretenimiento, es un tributo el cual es recaudado por la Administración Municipal. El impuesto sobre espectáculos públicos, es el que grava la adquisición de cualquier boleto que origine el derecho a presenciar un espectáculo abierto al público.

¿Qué es el impuesto a los espectáculos públicos?

¿Quién es el obligado al pago del impuesto? Son sujetos pasivos del Impuesto las personas que adquieren entradas para asistir a los espectáculos. Son responsables tributarios, en calidad de agentes perceptores del Impuesto, las personas que organizan los espectáculos, siendo responsable solidario al pago del mismo el conductor del local donde se realiza el espectáculo afecto.

Base Legal: Art.55º del TUO de la Ley de Tributación Municipal (D.S. Nº 156-2004-EF.), Modificado por la Ley Nº 29168. ¿Cuál es el hecho Gravado en el impuesto a los espectáculos públicos no deportivos? El impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos grava el monto que se abona por presenciar o participar en espectáculos públicos no deportivos que se realicen en locales y parques cerrados.

La obligación tributaria se origina al momento del pago del derecho de ingreso para presenciar o participar en el espectáculo. Base Legal: Art.54º del TUO de la Ley de Tributación Municipal (D.S. Nº 156-2004-EF.), Modificado por la Ley Nº 29168. ¿Existe obligación de presentar una declaración jurada? Los agentes perceptores están obligados a presentar declaración jurada para comunicar el boletaje o similares a utilizarse, con una anticipación de siete (7) días antes de su puesta a disposición del público.

  1. En el caso de espectáculos temporales y eventuales, el agente perceptor está obligado a depositar una garantía, equivalente al quince por ciento (15%) del impuesto calculado sobre la capacidad o aforo del local en que se realizará el espectáculo.
  2. Base Legal: Art.55º del TUO de la Ley de Tributación Municipal (D.S.

Nº 156-2004-EF.), Modificado por la Ley Nº 29168. Vencido el plazo para la cancelación del impuesto, el monto de la garantía se aplicará como pago a cuenta o cancelatorio del Impuesto, según sea el caso. ¿Cuál es la base imponible en el impuesto a los espectáculos públicos no deportivos? La base imponible del impuesto está constituida por el valor de entrada para presenciar o participar en los espectáculos.

  1. En caso que el valor que se cobra por la entrada, asistencia o participación en los espectáculos se incluya servicios de juego, alimentos o bebidas, u otros, la base imponible, en ningún caso, será inferior al 50% de dicho valor total.
  2. Base Legal: Art.56º del TUO de la Ley de Tributación Municipal (D.S.

Nº 156-2004-EF.). ¿Cuáles son las tasas del impuesto a los espectáculos públicos no deportivos? El Impuesto se calcula aplicando sobre la base imponible las tasas siguientes: a.- Espectáculos taurinos: Diez por ciento (10%) para aquellos espectáculos cuyo valor promedio ponderado de la entrada sea superior al 0,5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y cinco por ciento (5%) para aquellos espectáculos cuyo valor promedio ponderado de la entrada sea inferior al 0,5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).b.- Carreras de caballos: Quince por ciento (15%).c.- Espectáculos cinematográficos: Diez por ciento (10%).d.- Conciertos de música en general: Cero por ciento (0%).e.- Espectáculos de folclor nacional, teatro cultural, zarzuela, conciertos de música clásica,ópera, opereta, ballet y circo: Cero por ciento (0%).

¿Qué es el impuesto a los espectáculos Públicos Ecuador?

¿Qué es el Impuesto a los Espectáculos Públicos (IEP)? – El IEP es un tributo de carácter municipal que se aplica sobre los eventos donde se reúnen un gran número de personas con el propósito de disfrutar de expresiones artísticas y actividades deportivas,

¿Cómo se calcula el impuesto sobre diversiones y espectáculos públicos?

Este impuesto se calculará y determinará aplicando al total de los ingresos percibidos, durante el periodo de explotación autorizado la tarifa correspondiente del Articulo 123 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

¿Qué son los impuestos a los Juegos?

Impuesto a los Juegos – Grava la realización de actividades relacionadas con los juegos, tales como loterías, bingos y rifas, así como la obtención de premios en juegos de azar. El sujeto pasivo del impuesto es la empresa o institución que realiza las actividades gravadas, así como quienes obtienen los premios.

  1. En caso que el impuesto recaiga sobre los premios, las empresas o personas organizadoras actuarán como agentes retenedores.
  2. Para los juegos bingo, rifas, sorteos y similares la recaudación, administración y fiscalización del impuesto es de competencia de la Municipalidad Distrital en cuya jurisdicción se realice la actividad gravada o se instale los juegos.

Para Loterías la competencia es de la Municipalidad Provincial en cuya jurisdicción se encuentre ubicada la sede social de las empresas organizadoras de juegos de azar.

¿Cómo se paga el impuesto a los espectáculos publicos no deportivos?

CARACTERÍSTICAS El Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos grava el monto que se abona por presenciar o participar en espectáculos públicos no deportivos que se realicen en locales y parques cerrados. Son sujetos pasivos del impuesto las personas que adquieren entradas para asistir a los espectáculos.

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Son responsables tributarios, en calidad de agentes perceptores del impuesto, las personas que organizan el espectáculo, siendo responsable solidario al pago del mismo el conductor del local donde se realiza el espectáculo afecto. Los agentes perceptores están obligados a presentar declaración jurada para comunicar el boletaje o similares a utilizarse, con una anticipación de siete (7) días antes de su puesta a disposición del público.

En el caso de espectáculos temporales y eventuales, el agente perceptor está obligado a depositar una garantía, equivalente al quince por ciento (15%) del impuesto calculado sobre la capacidad o aforo del local en que se realizara el espectáculo La base imponible del impuesto está constituida por el valor de entrada para presenciar o participar en los espectáculos.

En caso que el valor que se cobra por la entrada, asistencia o participación en los espectáculos se incluya servicios de juego, alimentos o bebidas, u otros, la base imponible, en ningún caso, será inferior al 50% de dicho valor total. El impuesto se calcula aplicando sobre la base imponible las tasas siguientes: Espectáculos taurinos: Diez por ciento (10%) para aquellos espectáculos cuyo valor promedio ponderado de la entrada sea superior al 0,5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y cinco por ciento (5%) para aquellos espectáculos cuyo valor promedio ponderado de la entrada sea inferior al 0,5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

Carreras de caballos: Quince por ciento (15%) Espectáculos cinematográficos: Diez por ciento (10%) Conciertos de música en general: Cero por ciento (0%) Espectáculos de folclor nacional, teatro cultural, zarzuela, conciertos de música clásica, opera, opereta, ballet y circo; Cero por ciento (0%) Otros espectáculos públicos: Diez por ciento (10%) El impuesto se pagará de la forma siguiente: Tratándose de espectáculos permanentes, el segundo día hábil de cada semana, por los espectáculos realizados en la semana anterior.

  1. En el caso de espectáculos temporales o eventuales, el segundo día hábil siguiente a su realización.
  2. Excepcionalmente, en el caso de espectáculos eventuales y temporales, y cuando existan razones que hagan presumir el incumpliendo de la obligación tributaria, la administración tributaria municipal está facultada a determinar y exigir el pago del impuesto en la fecha y lugar de realización del evento.

La recaudación y administración del impuesto corresponde a la Municipalidad Distrital en cuya jurisdicción se realice el espectáculo.

¿Cuáles son los impuestos sobre los ingresos?

El Impuesto sobre la Renta, o ISR, es un impuesto directo sobre las ganancias obtenidas durante el ejercicio fiscal de actividades como la venta o renta de inmuebles, o la prestación de algún tipo de servicio.

¿Cuándo se debe pagar el impuesto al Juego?

RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0005-11 CAPITULO V DECLARACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO AL JUEGO Y DEL IMPUESTO A LA PARTICIPACIÓN EN JUEGOS Artículo 8.- (Declaración del Impuesto al Juego).I. Los Operadores de Juegos de Azar y Sorteos, alcanzados por el Impuesto al Juego, están obligados a declarar y pagar el impuesto resultante de forma mensual mediante el Formulario 770, inclusive si no tuviese movimiento o fuese una declaración jurada sin datos, de acuerdo a los plazos de vencimiento establecidos en el Decreto Supremo Nº 25619, considerando el último dígito del NIT.

II. Los sujetos pasivos del Impuesto al Juego por Promociones Empresariales están obligados a presentar y declarar este impuesto mediante el Formulario 772, que deberá ser presentado mensualmente en los plazos de vencimiento establecidos en el Decreto Supremo Nº 25619, considerando el último dígito del NIT.

a) La declaración jurada deberá ser presentada consolidando la totalidad de las promociones empresariales cuyo hecho generador se perfeccione en el periodo fiscal. b) En los periodos fiscales en los cuales no se perfeccione el hecho generador para la promoción empresarial, el sujeto pasivo no está obligado a presentar el Formulario 772.

Artículo 9.- (Declaración del Impuesto a la Participación en Juegos). Los operadores de Juegos de Azar y Sorteos, en su condición de agentes de percepción del Impuesto a la Participación en Juegos, están obligados a declarar y pagar el impuesto resultante de forma mensual mediante el Formulario 771, inclusive si no tuviese movimiento o fuese una declaración jurada sin datos, de acuerdo a los plazos de vencimiento establecidos en el Decreto Supremo Nº 25619, considerando el último dígito del NIT Artículo 10.- (Obligatoriedad del uso del Portal Tributario Newton, a través de la Oficina Virtual).

Los sujetos pasivos obligados al Impuesto al Juego y los Agentes de Percepción del Impuesto a la Participación en Juegos, que no sean usuarios del Portal Tributario Newton, deberán solicitar su incorporación al mismo cumpliendo lo establecido en la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0030-07 de 31 de octubre de 2007 y Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0004-10 de 26 de marzo de 2010.

  1. Artículo 11.
  2. Obligaciones sobre el software, sistemas de computación, registro y otros).
  3. Los Operadores de Juegos de Azar, Sorteos y quienes realicen Promociones Empresariales, están obligados a proporcionar al Servicio de Impuestos Nacionales en cualquier momento, acceso ilimitado a la verificación de las cláusulas, normas o protocolos de seguridad y registro de la información referida a: Bases de Datos, transacciones realizadas vinculadas a los Juegos de Azar y Sorteos, transacciones contables, sistemas de facturación, registro de ingresos, y cualquier otro sistema o aplicación informática que sean utilizados en el desarrollo de sus actividades económicas gravadas por los impuestos establecidos por la Ley Nº 843 y la Ley Nº 060.
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También se encuentran obligados a conservar la información producida y copias de seguridad de la misma, estando prohibida la alteración, modificación y/o eliminación de datos registrados en sus sistemas y aplicaciones informáticas.

¿Quién debe pagar el impuesto a las apuestas?

  1. ¿Qué es el impuesto a los juegos?
  2. ¿Quién paga el impuesto a los juegos?
  3. ¿Cómo se calcula la base imponible?
  4. ¿Cómo se calcula el impuesto a los juegos?

¿Qué es el impuesto a los juegos? El Impuesto a los Juegos grava la realización de actividades relacionadas con los juegos, tales como loterías, bingos y rifas, así como la obtención de premios en juegos de azar. ¿Quién paga el impuesto a los juegos? El sujeto pasivo del impuesto es la empresa o institución que realiza las actividades gravadas, así como quienes obtienen los premios.

    • Para el juego de bingo, rifas, sorteos y similares, así como para el juego de pimball, juegos de video y demás juegos electrónicos: el valor nominal de los cartones de juego, de los boletos de juego, de la ficha o cualquier otro medio utilizado en el funcionamiento o alquiler de los juegos, según sea el caso.
    • Para las Loterías y otros juegos de azar: el monto o valor de los premios.
    • En caso de premios en especie, se utilizarán como base imponible el valor del mercado del bien.

Las modalidades de cálculo del impuesto previstas en el presente artículo son excluyentes entre sí. ¿Cómo se calcula el impuesto a los juegos? El Impuesto se determina aplicando las siguientes tasas:

  • Bingos, Rifas y Sorteos: 10%.
  • Pimball, juegos de video y demás juegos electrónicos: 10%.
  • Loterías y otros juegos de azar: 10%.

Código Tributario Ley de Tributación Municipal El impuesto es de periodicidad mensual. Los contribuyentes y agentes de retención, de ser el caso, cancelarán el impuesto dentro de los doce (12) primeros días hábiles del mes siguiente. Horarios – Lunes a Viernes desde las 8:15 am hasta las 5:45 p.m.

  1. Sábados de 9:15 p.m.
  2. A 12:45 p.m.
  3. Pago en Efectivo – Local Institucional Jr.09 de Diciembre N°491.
  4. Pago en Banco INTERBANK – Pago en efectivo – Banca por internet Depósito en Cuenta Bancaria – Depósito en Cuenta Corriente Nº 0202-0100002491 (Banco Continental Cta. Cte.
  5. En soles) – Depósito en Cuenta Corriente Nº 440-3000801424 (Banco INTERBANK Cta.

Cte. en soles) *Una vez realizado el depósito deberá enviar el Voucher escaneado al correo electrónico [email protected] para la imputación correspondiente.

  1. ¿Qué es el impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos?
  2. ¿Quién administra el impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos?
  3. ¿Quién paga el impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos?
  4. ¿Cuál es la base imponible del impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos?
  5. ¿Cómo se calcula el impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos?
  6. ¿Cuándo se debe pagar el impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos?
  7. ¿Quiénes están obligados a presentar declaración?
  8. ¿Cuáles son las formas de pago del impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos?
  9. ¿Quiénes están exonerados al pago del impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos?

¿Qué es el impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos? El Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos grava el monto que se abona por presenciar o participar en espectáculos públicos no deportivos que se realicen en locales y parques cerrados.

¿Quién recauda el impuesto a los juegos?

IMPUESTO A LOS JUEGOS Y ESPECTÁCULOS El Impuesto a los Juegos y Espectáculos grava la realización de actividades relacionadas con los juegos, tales como loterías, bingos y rifas, así como la obtención de premios en juegos de azar. El impuesto no se aplica a las actividades gravadas con el Impuesto a las Apuestas.

  • La empresa o institución que realiza las actividades antes mencionadas está obligada al pago del impuesto.
  • También las empresas o personas organizadoras actuarán como agentes de retención del impuesto que recaiga sobre las apuestas.
  • Esto ocurre respecto de las personas favorecidas con loterías, quienes siendo contribuyentes del impuesto sobre los premios obtenidos, deben aceptar la retención que realice la entidad organizadora del juego de lotería.

El administrador y recaudador del impuesto es la Municipalidad Provincial para el caso de juegos de loterías, en cuya jurisdicción se encuentre ubicada la sede social de las empresas organizadoras. Para el caso de los juegos de bingo, rifas y sorteos, será la Municipalidad Distrital en cuya jurisdicción se realice la actividad gravada o se instalen los juegos.

  • Juegos y espectáculos no deportivos – Preguntas frecuentes 1.
  • ¿Cuál es la base imponible? Para juegos de bingo, rifas, sorteos y similares, será el valor nominal de los cartones de juego o de los boletos de juego.
  • En el caso de loterías, será el monto o valor de los premios.
  • En caso de premios en especie, se utilizará como base imponible el valor de mercado del bien.2.
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¿Cuál es la tasa del impuesto? Para juegos de bingo, rifas, sorteos y similares, la tasa del impuesto es del 10%. Para loterías, la tasa del impuesto es del 10%.3. ¿Cuál es el plazo para el pago del impuesto? El impuesto es de periodicidad mensual y se cancelará dentro del plazo establecido por el Código Tributario, es decir, dentro de los doce (12) primeros días hábiles del mes siguiente a aquél en que se realizaron las actividades gravadas.

¿Cuál es la base imponible del impuesto sobre espectáculos públicos?

– La base imponible que se tomará en cuenta para la determinación del monto del Impuesto será el valor monetario del boleto, billete, ticket o instrumento similar, que origine el derecho a presenciar un espectáculo público.

¿Qué es lo que grava el impuesto a los espectáculos públicos no deportivos autor Mario Alva Matteucci?

EL IMPUESTO A LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS NO DEPORTIVOS: Algunos apuntes MARIO ALVA MATTEUCCI RESUMEN Pagar una entrada para ingresar a un local cerrado a participar o presenciar un espectáculo público, tiene implicancias tributarias que pueden definir el valor de la entrada, las cuales puede estar representadas por el Impuesto General a las Ventas al igual que el Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos, de corresponder.

Este último tributo, representa un reto para muchas administraciones tributarias de Gobierno Local, sobre todo para poder administrar, fiscalizar y recaudar dicho tributo. Este trabajo pretende dar luces a través de una breve explicación breve sobre el Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos.

PALABRAS CLAVE Espectáculo público / entradas / no deportivo / conciertos / local cerrado / espectáculo permanente / espectáculo temporal

INTRODUCCIÓN

El Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos, era hasta hace un tiempo un tributo casi inexistente en el cuadro de ingresos tributarios de los gobiernos locales. Sin embargo, hoy en día se está incrementando su recaudación a nivel municipal, producto del cobro por espectáculos como los eventos bailables, las discotecas o la asistencia a los cines.

Es pertinente indicar que, hasta el 31 de diciembre de 2007, los conciertos de música se encontraron afectos con el pago de la tasa del 10%. A partir del 1 de enero de 2008, se aplica una tasa del cero por ciento (0%) a los conciertos de música en general, al igual que el caso de los espectáculos de ópera, opereta, circo, entre otros, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 29168.

El motivo del presente informe es ofrecer una breve explicación sobre la legislación que regula el Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos a nivel municipal.

LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

Lo primero que corresponde realizar es verificar la definición del término “espectáculo”. Para ello efectuamos la consulta al Diccionario de la Real Academia Española, donde se señala lo siguiente: “Del lat. spectacŭlum, der. de spectāre ‘contemplar’.

  1. m. Función o diversión pública celebrada en un teatro, en un circo o en cualquier otro edificio o lugar en que se congrega la gente para presenciarla.
  2. m. Conjunto de actividades profesionales relacionadas con los espectáculos. La gente, el mundo del espectáculo.
  3. m. Cosa que se ofrece a la vista o a la contemplación intelectual y es capaz de atraer la atención y mover el ánimo infundiéndole deleite, asombro, dolor u otros afectos más o menos vivos o nobles.
  4. m. Acción que causa escándalo o gran extrañeza. Dar un espectáculo”,

De las definiciones que nos presenta el Diccionario, nos quedamos con la primera, la cual alude también en cierto modo al carácter público del espectáculo. En la legislación comparada, apreciamos que, en la Ley de Espectáculos y Actividades Recreativas de Andalucía en España, se encuentra una definición de Espectáculos Público.

¿Qué es el impuesto sobre publicidad y propaganda?

– El impuesto sobre propaganda y publicidad comercial grava todo aviso, anuncio o imagen, que con fines publicitarios sea exhibido, proyectado o instalado en bienes del dominio público municipal o en inmuebles de propiedad privada siempre que sean visibles, repartidos de manera impresa en la vía pública o se traslade

¿Que se incluye en el impuesto de Patrimonio?

El Impuesto sobre el Patrimonio en España grava el patrimonio neto de las personas físicas, que se calcula como el valor de los activos del contribuyente una vez deducidos todos sus pasivos, es decir, sus deudas, a 31 de diciembre de cada año.