Que Es Impuesto De Industria Y Comercio?

Que Es Impuesto De Industria Y Comercio
Es el impuesto que se genera por el ejercicio o realización directa o indirecta de cualquier actividad industrial, comercial o de servicios en un determinado municipio y se causa así la persona posea o no establecimiento de comercio. Lo recaudado por este impuesto se destina a atender los servicios públicos y las necesidades de la comunidad pertenecientes al respectivo municipio o distrito.

¿Qué libros de contabilidad debe inscribir el empresario persona natural? a. Libro diario b. Libro mayor y de balances c. Libro de inventarios y balances ¿Qué libros de contabilidad debe inscribir el empresario persona jurídica? Las personas jurídicas deben llevar, por lo menos, los siguientes libros: a.

Libro de registro de accionistas o socios.b. Libro de actas de Junta Directiva (si la tuviere).c. Libro de junta de socios o asamblea de accionistas.d. Libros de contabilidad

Libro diarioLibro mayor y de balancesLibro de inventario y balances.

¿Quién paga impuesto Industria y Comercio?

Toda persona natural o jurídica que en jurisdicción de un municipio determinado ejerza una actividad industrial, comercial o de servicios, con o sin establecimiento, debe registrarse en Industria y Comercio y pagar el impuesto correspondiente a su actividad.

¿Cómo saber si tengo que pagar Industria y Comercio?

¿Quién debe pagar el impuesto de industria y comercio? – Los contribuyentes que están obligados a declarar y pagar el Impuesto de Industria y Comercio son todas aquellas personas, naturales o jurídicas, que ejerzan actividades de índole industrial, comercial o de servicios, ya sea que cuenten o no con un establecimiento físico para realizar dichas actividades.

  1. Estos contribuyentes deberán registrarse en Industria y Comercio y pagar el impuesto según la tarifa correspondiente a su actividad.
  2. Según lo establecido en la Resolución Número SDH-000650, las personas que deben pagar el ICA son los contribuyentes, sujetos pasivos pertenecientes al régimen común del impuesto de industria y comercio, cuyo impuesto a cargo (FU), correspondiente a la sumatoria de todo el año gravable, exceda de 391 UVT y considerando que la UVT (Según la resolución 140 del 25 de noviembre de 2021) es de $38.004 para el 2022; es decir, $14.196.428.

La diferencia entre quienes exceden este tope y los que no son las fechas y los plazos para declarar y pagar el ICA. Mientras que quienes lo excedan deberán pagar bimestralmente según las fechas que corresponda, los que no excedan esta cantidad solo deberán presentar una única declaración anual por el año gravable correspondiente, a más tardar el tercer viernes del mes de enero de cada año.

¿Cómo se calcula el impuesto de Industria y Comercio ejemplo?

Tarifas –

  • A través de la Resolución DDI-23117 del 11 de noviembre de 2021 se reajustaron los valores establecidos como promedio diario por unidad de actividades del impuesto de industria y comercio en el Distrito, para el año 2022.
  • El artículo 3 del Acuerdo 65 de 2002 modificado por el artículo 6 del Acuerdo 780 de 2020 y por el artículo 4 del Acuerdo 816 de 2021, establece las tarifas vigentes para calcular el impuesto, una vez obtenida la base gravable se multiplica por la tarifa correspondiente al código de actividad desarrollada.
  • La Resolución SDH-000265 del 13 de abril de 2021, adoptó y actualizó para la administración del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros en el Distrito Capital de Bogotá, la Clasificación de Actividades Económicas-CIIU revisión 4 adoptada por el DANE.
  • La liquidación del impuesto de industria y comercio será igual al resultado de multiplicar el valor determinado como base gravable por la tarifa correspondiente.
  • Para la vigencia 2021 el artículo 4 del Acuerdo 780 de 2020 establece descuentos en el impuesto de Industria y Comercio para los contribuyentes que en el año 2020 hayan registrado disminución de sus ingresos netos gravables, respecto a la vigencia 2019.
  • El código de actividad económica que ha diligenciado en el formato de inscripción ante la Cámara de Comercio corresponde a la codificación exclusiva de la Cámara; en consecuencia, al presentar sus declaraciones de industria y comercio deberá observar los códigos de actividad que la Secretaría Distrital de Hacienda ha establecido para el efecto.
  • La actividad industrial es la producción, extracción, fabricación, manufactura, confección, preparación, reparación, ensamblaje de cualquier clase de materiales, bienes y en general, cualquier proceso de transformación por elemental que este sea.
  • La actividad comercial es la destinada al expendio, compraventa o distribución de bienes y mercancías, tanto al por mayor como al por menor y las demás actividades definidas como tales por el Código de Comercio, siempre y cuando no estén consideradas por la Ley como actividades industriales o de servicios.
  • La actividad de servicio es toda tarea, labor o trabajo ejecutado por persona natural, jurídica o por sociedad de hecho, sin que medie relación laboral con quien lo contrata, que genere una contraprestación en dinero o en especie y que se concrete en la obligación de hacer, sin importar que en ella predomine el factor material o intelectual.
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¿Cómo saber si soy responsable de Ica?

Se recuerda que el plazo para que personas naturales del régimen simplificado −o preferencial− del impuesto de industria y comercio en Bogotá presenten la declaración anual del año gravable 2020 se vence el próximo 22 de enero. De igual manera, los obligados a declarar y pagar este impuesto son quienes hayan obtenido al año ingresos inferiores a 1933 UVT, lo que se traduce en $ 68.828.331 para el año gravable 2020.

  1. Redacción INCP a partir de artículo publicado por ConsultorContable.com Para más información consulte el artículo titulado «Fecha límite para declarar ICA en Bogotá – Régimen preferencial» publicado por ConsultorContable.com.
  2. Fecha límite para declarar ICA en Bogotá – Régimen preferencial El 22 de enero de 2021 se vence el plazo para que las personas naturales que pertenezcan al régimen simplificado o llamado «preferencial» del impuesto de industria y comercio en Bogotá presenten su declaración anual de dicho impuesto correspondiente al año gravable 2020.

No olvidar que están obligados a declarar y pagar el Impuestos de ICA anualmente, los pertenecientes a este régimen cuando haya obtenido durante el año ingresos superiores a 80 salarios mínimos mensuales vigente como producto del ejercicio de actividades gravadas en el Distrito capital de Bogotá.

70.224.000 para el año gravable 2020). Así es que los trabajadores independientes que ejercen profesiones liberales (abogados, contadores, revisores fiscales etc.), y demás personas naturales que pertenezcan a este régimen y cumplan el tope de ingresos proveniente de actividades gravadas en Bogotá, deben declarar ICA antes del 22 de enero de 2021.

Ingresos por salarios y pensiones no están gravados con este impuesto y no computan para establecer el límite de ingresos. Como el impuesto de industria y comercio se declara en muchos municipios de Colombia, se debe verificar el total de ingresos a nivel nacional, restar los ingresos de fuera de Bogotá y verificar si ese valor neto supera el tope de los 80 salarios mínimos mensuales. Recordemos que el artículo 4° de la ley 1943 del 28 de diciembre de 2018, modificó el artículo 437 del estatuto tributario estableciendo las condiciones para no responsable de IVA (antes régimen simplificado); y el distrito de Bogotá, se pega de esta normatividad, indicando que es régimen preferencial de ICA si es persona natural en el Distrito Capital de Bogotá, y cumple con la totalidad de los siguientes requisitos:

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En el año anterior o en el año en curso obtener ingresos brutos totales provenientes de la actividad, inferiores a 3.500 UVT.No tener más de un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejerzan su actividad.En el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.No ser un usuario aduanero.No celebrar en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso contratos de venta de bienes y/o prestación de servicios gravados por valor individual, igual o superior a 3.500 UVT.El monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior o durante el respectivo año no debe superar la suma de 3.500 UVT.No estar registrado como contribuyente del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE.

Para la celebración de contratos de venta de bienes y/o de prestación de servicios gravados por cuantía individual y superior a 3.500 UVT, estas personas deberán inscribirse previamente como responsables del impuesto sobre las ventas -IVA, formalidad que deberá exigirse por el contratista para la procedencia de costos y deducciones.

¿Cuando no se aplica Ica?

5. Conoce los pagos a los que no se les debe practicar el Reteica – Esto también cambia según la normatividad municipal. En algunos casos, no se aplica Reteica al pago de servicios públicos o a pagos realizados a entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera. Que Es Impuesto De Industria Y Comercio

¿Cómo saber si soy responsable de Ica?

Se recuerda que el plazo para que personas naturales del régimen simplificado −o preferencial− del impuesto de industria y comercio en Bogotá presenten la declaración anual del año gravable 2020 se vence el próximo 22 de enero. De igual manera, los obligados a declarar y pagar este impuesto son quienes hayan obtenido al año ingresos inferiores a 1933 UVT, lo que se traduce en $ 68.828.331 para el año gravable 2020.

  • Redacción INCP a partir de artículo publicado por ConsultorContable.com Para más información consulte el artículo titulado «Fecha límite para declarar ICA en Bogotá – Régimen preferencial» publicado por ConsultorContable.com.
  • Fecha límite para declarar ICA en Bogotá – Régimen preferencial El 22 de enero de 2021 se vence el plazo para que las personas naturales que pertenezcan al régimen simplificado o llamado «preferencial» del impuesto de industria y comercio en Bogotá presenten su declaración anual de dicho impuesto correspondiente al año gravable 2020.
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No olvidar que están obligados a declarar y pagar el Impuestos de ICA anualmente, los pertenecientes a este régimen cuando haya obtenido durante el año ingresos superiores a 80 salarios mínimos mensuales vigente como producto del ejercicio de actividades gravadas en el Distrito capital de Bogotá.

  1. 70.224.000 para el año gravable 2020).
  2. Así es que los trabajadores independientes que ejercen profesiones liberales (abogados, contadores, revisores fiscales etc.), y demás personas naturales que pertenezcan a este régimen y cumplan el tope de ingresos proveniente de actividades gravadas en Bogotá, deben declarar ICA antes del 22 de enero de 2021.

Ingresos por salarios y pensiones no están gravados con este impuesto y no computan para establecer el límite de ingresos. Como el impuesto de industria y comercio se declara en muchos municipios de Colombia, se debe verificar el total de ingresos a nivel nacional, restar los ingresos de fuera de Bogotá y verificar si ese valor neto supera el tope de los 80 salarios mínimos mensuales. Recordemos que el artículo 4° de la ley 1943 del 28 de diciembre de 2018, modificó el artículo 437 del estatuto tributario estableciendo las condiciones para no responsable de IVA (antes régimen simplificado); y el distrito de Bogotá, se pega de esta normatividad, indicando que es régimen preferencial de ICA si es persona natural en el Distrito Capital de Bogotá, y cumple con la totalidad de los siguientes requisitos:

En el año anterior o en el año en curso obtener ingresos brutos totales provenientes de la actividad, inferiores a 3.500 UVT.No tener más de un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejerzan su actividad.En el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.No ser un usuario aduanero.No celebrar en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso contratos de venta de bienes y/o prestación de servicios gravados por valor individual, igual o superior a 3.500 UVT.El monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior o durante el respectivo año no debe superar la suma de 3.500 UVT.No estar registrado como contribuyente del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE.

Para la celebración de contratos de venta de bienes y/o de prestación de servicios gravados por cuantía individual y superior a 3.500 UVT, estas personas deberán inscribirse previamente como responsables del impuesto sobre las ventas -IVA, formalidad que deberá exigirse por el contratista para la procedencia de costos y deducciones.

¿Cuál es el hecho generador del impuesto de Industria y Comercio?

El hecho generador del impuesto de industria y comercio está constituido por el ejercicio o realización directa de cualquier actividad industrial, comercial o de servicios en la jurisdicción del Distrito Capital, ya sea que se cumplan de forma permanente u ocasional, en inmueble determinado, con establecimiento de

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