Que Es El Impuesto Sobre Erogaciones Por Remuneraciones Al Trabajo Personal?

Que Es El Impuesto Sobre Erogaciones Por Remuneraciones Al Trabajo Personal
El Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal (ISERTP) grava la realización de pagos en efectivo o en especie por concepto de Remuneraciones al Trabajo Personal en el Estado de México. Las o los contribuyentes sujetos al pago del ISERTP deben realizar su declaración a más tardar el día 10 de cada mes. Consulta el calendario de fechas límite de pago. Nota: Es importante precisar, que a partir del ejercicio fiscal 2021, si la fecha de vencimiento para realizar el pago cae en viernes, ya NO se prórroga hasta el día siguiente hábil. Asimismo, el Gobierno del Estado de México pone a tu disposición Mi Cuenta, en la que podrás:

Consultar los movimientos que has realizado ante el Registro Estatal de Contribuyentes (REC), tus obligaciones fiscales, las sucursales que tienes inscritas y las declaraciones que has presentado. Realizar movimientos en línea sin necesidad de acudir a la oficina.

¡Úsala, es tu información! Sólo inicia sesión con el Registro Estatal de Contribuyentes (REC) y la contraseña con la que habitualmente presentas tu declaración electrónica. Mi Cuenta se ubica en la sección «Registro de Contribuyentes» en el Portal de Servicios al Contribuyente.

¿Cómo se paga el 2%?

El Impuesto Sobre Nómina (ISN) es una erogación que se encuentra a cargo del patrón para cada uno de los pagos que realice a sus empleados en concepto de salario. Es un impuesto de carácter Estatal que se encuentra contemplado en la Ley de Hacienda del Estado y grava específicamente todos los pagos en dinero o en especie por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado.

  • Se encuentran obligados al pago de este impuesto todas las personas físicas y morales, que en su carácter de patrones, realicen pagos por remuneración a sus trabajadores.
  • La base imponible de este impuesto es el monto total de pagos realizados por el patrón a sus trabajadores, es decir las nóminas.
  • Aplica una tasa del 2% sobre el monto total de remuneraciones pagadas en un mes.

Hay que destacar que, existen casos especiales como las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca (sin transformación industrial), la tasa pasará a ser del 1%. Exentos de este impuesto:

Becas educacionales a favor de trabajadores y sus hijos

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El pago se realiza mediante declaración mensual, dentro de los 20 días del mes siguiente a aquél en que se causó. En todo caso, la base imponible del Impuesto sobre nóminas será el monto total de pagos realizados a sus trabajadores, menos la cantidad equivalente a 8 veces el Salario Mínimo General Vigente en el Estado elevado al mes.

Cabe mencionar que, este impuesto se paga mensualmente a través de la » Declaración de Pago del Impuesto Sobre Nóminas «. Su pago se realiza en las oficinas recaudadoras locales de la Dirección de Ingresos. Para pagar en tiempo y forma este impuesto, podrá hacerlo de forma online, o bien vía tarjetas de crédito Visa o Master Card; o con cheque de Bancomer.

También tendrá la opción de usar servicios de las recaudadoras locales.

¿Cuándo se debe presentar la declaración del impuesto sobre remuneraciones al trabajo personal en el Estado de México?

Obligaciones que se derivan de este impuesto: –

Dictaminar la determinación del impuesto por contador público autorizadoRetener y enterar este impuesto, cuando se contraten servicios de contribuyentes domiciliados en otro estado o entidad, cuya realización genere la prestación de trabajo personal dentro del Estado de MéxicoEntregar constancia de retenciones, durante los 15 días posteriores al periodo respectivoPagar el impuesto mediante declaración mensual, a más tardar el día 10 de cada mesPresentar Declaración anual informativa, dentro de los dos primeros meses del año, cuando se presten o contraten servicios de personal (con fundamento en el artículo 58 bis del Código Financiero del Estado de México)Es importante comentar, que cuando se contratan servicios de personal, nace la figura de responsabilidad solidaria por parte de los retenedores y quienes contraten a los trabajadores, con independencia de quien ponga a los trabajadores a sus servicios y que estén domiciliados dentro o fuera del territorio del Estado de México. En este sentido surge la obligación de carácter fiscal de entregar la constancia de retención al contribuyente respectivoSi se determinarán diferencias a favor del contribuyente, estas deberán de ser informadas mediante declaración complementaria y solicitar la compensación y/o devolución de los saldosLas diferencias que resulten a cargo de la empresa, estas deberán de ser presentadas mediante declaraciones complementarias y pagadas antes de la presentación del dictamen

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Fuente: Código Financiero del Estado de México Nuestros especialistas del área de Auditoría para Seguridad Social e INFONAVIT y Contribuciones Locales se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa, la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.

¿Qué pasa si no se paga el impuesto sobre nómina?

También conocido como impuesto sobre erogaciones por remuneraciones, se trata de una tarifa que los patrones deben cubrir por toda transacción que sea correspondiente a una relación laboral. Su incumplimiento puede generar multas o sanciones. El Impuesto sobre Nómina (ISN), también conocido como el impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal, es una tarifa que el Estado requiere a los patrones por toda transacción que sea correspondiente a una relación laboral.

¿Cuando un asalariado está obligado a declarar?

Conoce tus obligaciones como asalariado y como cumplir con ellas – Cumple tus obligaciones como asalariado Conoce las obligaciones fiscales que debes cumplir:

Inscribirte en el RFC. Debes proporcionar los datos y documentos necesarios (como el acta de nacimiento) a tu patrón para que te inscriba o puedes realizar el trámite de forma personal o por internet.

Comprueba que tu patrón te inscriba al RFC desde el momento en que empieces a trabajar. -Mantén actualizada tu información ante el RFC, en los casos de:

Cambio de domicilio. Debes presentar tu aviso de cambio de domicilio por internet, donde actualizarás los datos de tu nueva dirección. Aumento o disminución de obligaciones. Puedes realizar este trámite cuando cambies de actividad económica o modifiques una obligación, como presentación de declaraciones. El trámite lo puedes iniciar y concluir por internet. Suspensión de actividades. Cuando interrumpas tus actividades económicas. El trámite lo puedes iniciar y concluir por internet. Reanudación de actividades. Después de estar en suspensión de actividades y vuelvas a realizar alguna actividad económica o tengas alguna obligación fiscal periódica de pago, por si o por cuenta de terceros. El trámite lo puedes iniciar y concluir por internet.

-Presentar tu declaración anual Durante el mes de abril de cada ejercicio, en los siguientes supuestos:

Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año. Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aún cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu Declaración Anual. Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate. Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales. Si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios. Si percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.

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Estas exento de presentar Declaración Anual, si te ubicas en cualquiera de los siguientes supuestos:

Obtuviste ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón (incluso si dichos ingresos rebasaron los $400,000.00 pesos), siempre que te haya emitido CFDI de nómina por la totalidad de los ingresos y no te resulte impuesto a cargo en la declaración anual. Obtuviste ingresos por salarios y también por intereses nominales que no hayan excedido de $20,000.00 de Instituciones que componen el Sistema Financiero.

Para mayor información ingresa a las «Disposiciones Fiscales aplicables al régimen de asalariados», donde podrás consultar específicamente los ordenamientos jurídicos de tu actividad.

¿Por qué se paga el impuesto sobre nómina?

El ISN es una contribución de carácter estatal, la cual deben pagar las personas físicas y morales que realicen pagos en efectivo o en especie por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado.

¿Qué grava para impuesto sobre erogaciones?

Por ejemplo el pago de los sueldos y salarios, monto pagado por tiempo extra, primas de antigüedad, son considerados remuneración para el pago de este impuesto. También es llamado impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal.

¿Cómo hacer la declaracion de erogaciones?

Ingresar a través de la página https://sfpya.edomexico.gob.mx/recaudacion/, seleccionar ‘ Declaraciones ‘ rubro ‘ Erogaciones ‘ opción ‘ Declaración ‘, capturar el Registro Estatal de Contribuyentes (R.E.C.)

¿Por qué se paga el impuesto sobre nómina?

El ISN es una contribución de carácter estatal, la cual deben pagar las personas físicas y morales que realicen pagos en efectivo o en especie por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado.

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