Qué Es El Impuesto Al Valor Agregado?

Qué Es El Impuesto Al Valor Agregado
El IVA (impuesto al valor agregado, impuesto sobre el valor menorado y el valor añadido o impuesto sobre el valor añadido) es una carga fiscal sobre el consumo, es decir, financiado por el consumidor como impuesto regresivo, 1 aplicado en muchos países y generalizado en la Unión Europea

¿Qué es el IVA en Colombia 2022?

CUÁNDO ES EL SEGUNDO DÍA SIN IVA – El segundo día sin IVA se realizará este viernes 17 de junio del 2022, Son 3 días en este año en la cual se llevará acabo este evento comercial extraordinario. Recordemos que la primera fecha del día sin IVA en Colombia se realizó el pasado viernes 11 de marzo. La última jornada se realizará el viernes 2 de diciembre.

¿Qué características tiene el IVA?

El IVA se caracteriza por ser un impuesto i) indirecto, ya que el sujeto pasivo del tributo no es el sujeto pasivo de la obligación tributaria, ii) real, puesto que no toma en consideración los aspectos personales de cada contribuyente, iii) plurifásico, por aplicarse en todas las etapas de producción y distribución y

¿Qué pasa si no puedo pagar el IVA?

Los Contribuyentes que cumplan con los siguientes requisitos: 1. Estar acogidos a alguno de los siguientes regímenes:

Regímen Simplificado de Tributación 14 Ter Régimen General con Contabilidad Completa o Simplificada.

2. Los ingresos de su giro deben cumplir lo siguiente :

Para optar a la postergación durante el año 2015, los ingresos del giro durante el año comercial 2014 deben ser hasta 25.000 UF. Para optar a la postergación a partir del año 2016, los ingresos del giro durante el año comercial 2015 deben ser hasta 100.000 UF. Para optar a la postergación del pago del IVA a partir del año 2017, el promedio anual de los ingresos del giro en los últimos 3 años comerciales, no debe superar las 100.000 UF.

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3. Al momento de solicitar la Postergación de IVA no tengan morosidad reiterada :

Cuando adeude los impuestos correspondientes a tres períodos tributarios dentro de un período cualquiera de doce meses, en el caso del IVA. Respecto de dos años tributarios consecutivos en el caso del Impuesto a la Renta.

El Contribuyente podrá postergar el pago del IVA, hasta dos meses posteriores a la fecha de vencimiento original.

Declaración y Pago Normal Fecha declaración con postergación Fecha máxima de pago con postergación
Contribuyentes que declaran por internet y NO es facturador electrónico 12-02-2015 12-02-2015 12-04-2015
Contribuyentes que declaran por internet y es facturador electrónico 20-02-2015 20-02-2015 20-04-2015

Si postergo el pago del IVA. ¿Pago interés y multa? No, dado que es un beneficio, no se paga intereses ni multas mientras se pague dentro del nuevo plazo de 2 meses. ¿Qué sucede si no se paga el IVA dentro de los 2 meses de postergación? En ese caso empiezan a correr los intereses y multas desde la fecha de vencimiento de la postergación.

¿Cuál es el interés y multa que se aplicará por el no pago, concluida la fecha de postergación? El pago fuera del plazo legal generará los reajustes, intereses (con la tasa vigente por cada mes o fracción de mes de retraso), más la multa respectiva sobre los montos ya reajustados, según lo dispuesto en los artículos N° 53 y Nº 11 del artículo 97 del Decreto Ley N° 830 sobre Código Tributario.

Consulte tabla de intereses, reajuste y multas en la Circular N° 9 del 22 de Enero del 2015 ¿Cuántas veces al año puedo postergar el pago del IVA? Se puede postergar en cada período que se declare el IVA, es decir, en cada uno de los meses del año. ¿Se puede pagar antes de los 2 meses el IVA ? Sí, el beneficio es para pagar desde el momento en que se realiza la declaración de IVA dentro del plazo habitual, hasta 2 meses después.

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