Que Es El Impuesto Al Patrimonio Vehicular?

Que Es El Impuesto Al Patrimonio Vehicular
Impuesto al Patrimonio Vehicular 2022 – Base Legal

Capitulo III del Titulo II del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, modificado por el Decreto Legislativo N° 1520.
Decreto Supremo Nº 22-94-EF, Reglamento del Impuesto al Patrimonio Vehicular
Resolución Ministerial Nº 003-2022-EF/15, Aprobación de la Tabla de Valores Referenciales de Vehículos para efectos de determinar la base imponible del Impuesto al Patrimonio Vehicular correspondiente al ejercicio 2022, (publicada el 11 de enero de 2022)
Tabla de Valores Referenciales para el año 2022 (R.M. N° 003-2022-EF/15)

Ámbito de aplicación El Impuesto al Patrimonio Vehicular grava la propiedad de los vehículos automóviles, camionetas, station wagons, camiones, buses, ómnibuses y remolcadores o tracto camiones, con una antigüedad no mayor de 3 años, contados a partir de su primera inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular. Sujetos afectos:

Personas naturales o jurídicas propietarias de los vehículos gravados, al 1 de enero del año. Cuando se efectúe cualquier transferencia, el adquirente asumirá la condición de contribuyente a partir del 1 de enero del año siguiente de producido el hecho.

Base Imponible: El valor original de adquisición, importación o de ingreso al patrimonio, según conste en el comprobante de pago, incluido los impuestos, el que en ningún caso será menor a la tabla referencial que anualmente apruebe el Ministerio de Economía y Finanzas.

Al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero. En forma fraccionada, hasta en 4 cuotas trimestrales (al último día hábil de febrero, mayo, agosto y noviembre).

La Administración Municipal Provincial puede modificar la fecha de pago. Inafectaciones: a) Gobierno Central, Regiones y Municipalidades. b) Gobiernos extranjeros y organismos internacionales. c) Entidades religiosas. d) Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.

¿Quién paga el impuesto al patrimonio Vehicular?

El Impuesto al Patrimonio Vehicular, de periodicidad anual, grava la propiedad de los vehículos, automóviles, camionetas, station wagons, camiones, bus y ómnibus. ¿ Quién paga el impuesto vehicular? Está obligado al pago el propietario del vehículo al 1 de enero de cada año, en el que el vehículo deba tributar.

¿Cómo se determina el impuesto al patrimonio Vehicular?

4. ¿Cuál es la tasa del impuesto vehicular? – La tasa del impuesto es el 1% de la base imponible. En ningún caso, el monto a pagar será inferior al 1.5% de la UIT vigente al 1 de enero del año al que corresponde el impuesto. La base imponible del impuesto está constituida por el valor original de adquisición, importación o de ingreso al patrimonio, el que en ningún caso será menor a la tabla referencial que anualmente aprueba el Ministerio de Economía y Finanzas, considerando un valor de ajuste por antigüedad del vehículo.

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¿Cuándo se declara el impuesto al patrimonio?

Plazos para Pagar el Impuesto a la Riqueza 2021 – Los plazos para declarar y pagar el Impuesto a la Riqueza comenzarán a partir del 10 de mayo, en donde se deberá cancelar la primera cuota, la cual tendrá un valor del 50% del Impuesto. La fecha límite de pago dependerá del último dígito del NIT de la persona. 

NIT Fecha
1 10 de mayo de 2021
2 11 de mayo de 2021
3 12 de mayo de 2021
4 13 de mayo de 2021
5 14 de mayo de 2021
6 18 de mayo de 2021
7 19 de mayo de 2021
8 20 de mayo de 2021
9 21 de mayo de 2021
0 24 de mayo de 2021

La declaración del impuesto al patrimonio y el pago de la segunda cuota deberán presentarse a partir del 8 de septiembre de 2021. Las fechas son: 

NIT Fecha
1 8 de septiembre de 2021
2 9 de septiembre de 2021
3 10 de septiembre de 2021
4 13 de septiembre de 2021
5 14 de septiembre de 2021
6 15 de septiembre de 2021
7 16 de septiembre de 2021
8 17 de septiembre de2021
9 20 de septiembre de 2021
0 21 de septiembre de 2021

¿Qué personas están inafectas al impuesto al patrimonio Vehicular?

¿CONOCE USTED LA AFECTACIÓN AL IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR? MARIO ALVA MATTEUCCI 1. INTRODUCCIÓN Los impuestos patrimoniales tienen como finalidad gravar las manifestaciones de riqueza, relacionadas con la propiedad de bienes, ya que su fundamento es sustentar y relacionar la carga tributaria a la riqueza que se tiene o que es visible frente a terceros.

  1. Se identifica normalmente al patrimonio como aquella cantidad de bienes que una persona o empresa ha ido atesorando a lo largo de un tiempo determinado.
  2. Ello puede estar representado, entre otros, por terrenos, inmuebles, joyas, yates, vehículos, muebles, acciones, etc.
  3. Una de las manifestaciones de la tenencia de patrimonio es la de la propiedad de vehículos, los cuales hoy en día ya no constituyen una riqueza sino más bien hasta una herramienta de trabajo y un medio de movilización.

El impuesto que grava en el Perú la propiedad de los vehículos se denomina «Impuesto al Patrimonio Vehicular» y es objeto de estudio del presente informe.2. ¿QUÉ ES LO QUE GRAVA EL IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR?: El aspecto material Antes de empezar nuestro análisis observemos la opinión de VIDAL HENDERSON sobre la naturaleza de los impuestos patrimoniales.

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El precisa que «La evolución de la imposición patrimonial refleja en la actualidad una marcada preferencia por los tributos que gravan la tenencia patrimonial frente a los que imponen el flujo o transferencia patrimonial, justificada en la facilidad para el control que otorgan los impuestos cuyos hechos imponibles se repiten en el tiempo en forma periódica» 1,

Al realizar una revisión del texto del artículo 30º de la Ley de Tributación Municipal, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, se aprecia que el Impuesto al Patrimonio Vehicular tiene una periodicidad anual. Al responder la pregunta ¿qué es lo que grava?, encontraremos al aspecto objetivo del Impuesto vehicular.

  1. De este modo, este tributo grava la propiedad de los vehículos 2, automóviles, camionetas, station wagons, camiones, buses y omnibuses 3, con una antigüedad no mayor de tres (3) años.
  2. Dicho plazo se computará a partir de la primera inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular 4,
  3. El artículo 3º del Reglamento del Impuesto al Patrimonio Vehicular señala que para la aplicación del Impuesto, los vehículos afectos son los que a continuación se definen: AUTOMOVIL: Vehículo automotor para el transporte de personas, hasta de 6 asientos y excepcionalmente hasta 9 asientos, considerados como de las categorías A1, A2, A3, A4 y C.

CAMIONETA: Vehículo automotor para el transporte de personas y de carga, cuyo peso bruto vehicular hasta de 4,000 Kgs. considerados como de las categorías B1.1, B1.2, B1.3 y B1.4. STATlON WAGON: Vehículo automotor derivado del automóvil que al rebatir los asientos posteriores, permite ser utilizado para el transporte de carga liviana, considerados como de las categorías A1,A2,A3,A.4 y C.

¿Qué años se debe pagar el impuesto al patrimonio Vehicular?

Impuesto al Patrimonio Vehicular 2022 – Base Legal

Capitulo III del Titulo II del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, modificado por el Decreto Legislativo N° 1520.
Decreto Supremo Nº 22-94-EF, Reglamento del Impuesto al Patrimonio Vehicular
Resolución Ministerial Nº 003-2022-EF/15, Aprobación de la Tabla de Valores Referenciales de Vehículos para efectos de determinar la base imponible del Impuesto al Patrimonio Vehicular correspondiente al ejercicio 2022, (publicada el 11 de enero de 2022)
Tabla de Valores Referenciales para el año 2022 (R.M. N° 003-2022-EF/15)
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Ámbito de aplicación El Impuesto al Patrimonio Vehicular grava la propiedad de los vehículos automóviles, camionetas, station wagons, camiones, buses, ómnibuses y remolcadores o tracto camiones, con una antigüedad no mayor de 3 años, contados a partir de su primera inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular. Sujetos afectos:

Personas naturales o jurídicas propietarias de los vehículos gravados, al 1 de enero del año. Cuando se efectúe cualquier transferencia, el adquirente asumirá la condición de contribuyente a partir del 1 de enero del año siguiente de producido el hecho.

Base Imponible: El valor original de adquisición, importación o de ingreso al patrimonio, según conste en el comprobante de pago, incluido los impuestos, el que en ningún caso será menor a la tabla referencial que anualmente apruebe el Ministerio de Economía y Finanzas.

Al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero. En forma fraccionada, hasta en 4 cuotas trimestrales (al último día hábil de febrero, mayo, agosto y noviembre).

La Administración Municipal Provincial puede modificar la fecha de pago. Inafectaciones: a) Gobierno Central, Regiones y Municipalidades. b) Gobiernos extranjeros y organismos internacionales. c) Entidades religiosas. d) Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.

¿Cuándo se declara el impuesto al patrimonio?

Plazos para Pagar el Impuesto a la Riqueza 2021 – Los plazos para declarar y pagar el Impuesto a la Riqueza comenzarán a partir del 10 de mayo, en donde se deberá cancelar la primera cuota, la cual tendrá un valor del 50% del Impuesto. La fecha límite de pago dependerá del último dígito del NIT de la persona. 

NIT Fecha
1 10 de mayo de 2021
2 11 de mayo de 2021
3 12 de mayo de 2021
4 13 de mayo de 2021
5 14 de mayo de 2021
6 18 de mayo de 2021
7 19 de mayo de 2021
8 20 de mayo de 2021
9 21 de mayo de 2021
0 24 de mayo de 2021

La declaración del impuesto al patrimonio y el pago de la segunda cuota deberán presentarse a partir del 8 de septiembre de 2021. Las fechas son: 

NIT Fecha
1 8 de septiembre de 2021
2 9 de septiembre de 2021
3 10 de septiembre de 2021
4 13 de septiembre de 2021
5 14 de septiembre de 2021
6 15 de septiembre de 2021
7 16 de septiembre de 2021
8 17 de septiembre de2021
9 20 de septiembre de 2021
0 21 de septiembre de 2021
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