Cuando Pagar Impuesto A La Renta 2019?

Cuando Pagar Impuesto A La Renta 2019
Si eres una persona natural sin negocio y durante el año 2019 generaste rentas de primera (arrendamientos), segunda (venta de acciones o valores mobiliarios), cuarta (trabajo independiente por el que emites recibos por honorarios) y/o quinta categoría (trabajo dependiente), podrías estar obligado a presentar la declaración anual 2019 mediante el Formulario Virtual N° 709, según el tipo de renta que generes.

Último dígito del RUC 0: vence 21/07/2020 Último dígito del RUC 1: vence 22/07/2020 Último dígito del RUC 2: vence 23/07/2020 Último dígito del RUC 3: vence 24/07/2020 Último dígito del RUC 4: vence 30/07/2020 Último dígito del RUC 5: vence 31/07/2020 Último dígito del RUC 6: vence 03/08/2020 Último dígito del RUC 7: vence 04/08/2020 Último dígito del RUC 8: vence 05/08/2020 Último dígito del RUC 9: vence 06/08/2020 Los buenos contribuyentes y los sujetos no obligados: vence 07/08/2020

Si deseas conocer en qué casos estás obligado a hacer la Declaración y pago anual 2019, selecciona el tipo de renta: Para obtener más información, accede a la página especializada de Declaración Anual 2019,

¿Cuando una persona natural debe declarar impuesto sobre la renta?

Declaración de Impuesto a la Renta Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad deben declarar el Impuesto a la Renta si sus ingresos durante 2021 superaron los USD 11.212.

¿Qué pasa si no he declarado renta en años anteriores?

Cuando Pagar Impuesto A La Renta 2019 La declaración de renta es una de las obligaciones tributarias más comunes en Colombia. Este año, según lo informado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ( DIAN ) están obligadas declarar las personas que:

Su patrimonio bruto, al término del año gravable 2021, haya sido igual o superior a los $163.386.000 Que sus ingresos totales hayan sido iguales o superiores a los $50.831.000 Que hayan tenido consumos de tarjeta de crédito y que estos hayan sido iguales o superiores a los $50.831.000 Que sus compras y consumos hayan sido iguales o superiores a los $50.831.000 Y que el valor total acumulado de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $50.831.000

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Lea también: ¿Qué es la declaración de renta sugerida y cómo consultarla? Si cumple con uno o varios de los anteriores topes, usted está obligado a declarar renta en 2022 (aunque tenga en cuenta que los cálculos se hacen con sus ingresos, patrimonio y movimientos financieros de 2021).

  1. Para facilitar el proceso de declaración, la DIAN dispuso en su calendario tributario las fechas en las que usted debe presentar su declaración de renta.
  2. Estas pueden ser consultadas en el siguiente link, teniendo en cuenta los últimos dígitos de su NIT o número de cédula.
  3. Al ser la declaración de renta una obligación, el no presentarla, o hacerlo después de las fechas establecidas, puede acarrear sanciones.

Le puede interesar: ¿Cómo declarar renta en Colombia en 2022? Según lo detallado por el asesor tributario en línea Tributi, estas son las sanciones que recaen sobre una persona que incumple con esta obligación:

    Si presentas tu declaración de renta después de tu fecha límite, tendrás que pagar una sanción por declarar tarde, conocida como sanción por extemporaneidad. Esta sanción equivale al 5% de tu impuesto a cargo y aumenta con cada mes o fracción de mes que pase entre la fecha límite de pago y la fecha en la cual se presente la declaración de renta. La sanción mínima que se pagará en 2022 por las obligaciones incumplidas o mal cumplidas con la DIAN es de $380.000. Es decir que solo por declarar un día tarde, ya tendrías que asumir este valor, incluso si tu declaración de renta arroja un valor a pagar de cero. Te será enviado un mensaje de advertencia, notificando que cuentas con un mes máximo para realizar el pago correspondiente al monto del impuesto, de no ser cumplido este plazo se le anexara un 10%, articulo 642 de la ley establecida. De no declarar impuestos sobre la renta en ninguno de los casos anteriores se le sumará un 20% como sanción en base a el valor de sus consignaciones bancarias o bien los ingresos brutos de la persona, esto se dará en relación al periodo en el que el mismo no declaro impuestos o en relación a los ingresos de la última declaración que ha realizado, articulo 643 de la ley establecida.

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