Como Se Calcula El Impuesto Selectivo Al Consumo Peru?

Como Se Calcula El Impuesto Selectivo Al Consumo Peru
Identifica el bien gravado – Debes encontrar la ubicación de tu bien gravado en el literal y apéndice de la Ley del IGV e ISC, Dependiendo de donde se encuentre, se le aplicará un sistema:

Los bienes que se encuentren en el literal A del Nuevo Apéndice IV, los juegos de azar y apuestas, con excepción de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, serán aplicados con el sistema al valor, Los bienes contenidos en el Apéndice III y en el literal B del Nuevo Apéndice IV, los juegos de casino y máquinas tragamonedas serán aplicados con el sistema específico, Los bienes ubicados en el literal C del Nuevo Apéndice IV serán aplicados con el sistema al valor,

¿Cómo se calcula el impuesto al consumo?

La Ley 1607 del 2012 (reforma tributaria) crea el impuesto nacional al consumo, el cual es generado por la prestación o la venta al consumidor final, o la importación por parte del usuario final, de los siguientes bienes y servicios:

La prestación del servicio de telefonía móvil. La venta de algún bien corporal mueble de producción doméstica o importado (vehículos automóviles, barcos, aviones). El servicio de expendio de comidas y bebidas preparadas.

Importante: el impuesto al consumo que se cobrará en todo el país (excepto en Amazonas y en San Andrés y Providencia) será bimestral y solo se cobrará por parte de los prestadores de servicios. Parámetros 1. Registro de Control : definir en el registro de control para ir escribimos en el buscador, o vamos por la Ruta: Parametrización – Registro de Control Y marcamos si la empresa maneja impoconsumo. 2. Catálogo de productos : Vamos por la ruta Inventarios – Catálogos – Apertura de Productos. En el catálogo de productos se incluye la opción para la captura de Porcentaje o Valor del impuesto al consumo. Estas opciones son excluyentes, por lo cual en caso de seleccionar la opción porcentaje habilita el campo para capturar únicamente el porcentaje y de igual forma ocurre con la opción valor. 3. Catálogo de cuentas contables : Es necesario crear una cuenta contable en la cual se contabilizará el valor del impuesto al consumo.4. Definición de documentos: La contabilización del impuesto al consumo se aplicará en las facturas de venta (Documento Tipo F) y notas de devolución (Documento Tipo J). Elaboración documento La funcionalidad del impoconsumo aplica para los documentos de factura de venta y devolución de facturas. Ejemplo. Elaboración factura de venta. Al elaborar la factura es necesario seleccionar el documento en el cual se definió previamente la cuenta de impoconsumo, luego incluir el producto al cual se le asignó el porcentaje o valor del impoconsumo. Importante: Cuando en el catálogo de productos se halla seleccionado en la ventana de Impoconsumo:

    Opción de valor: El sistema tomará el valor definido y lo multiplicará por el número de unidades del producto sin tener en cuenta cargos y/o descuentos.

    ¿Qué grava el impuesto selectivo al consumo?

    Impuesto Selectivo al Consumo ( ISC ). Este tipo de impuesto busca gravar el consumo de bienes suntuarios o bienes que tengan alguna externalidad negativa, es decir, los bienes que consumen los individuos con altos niveles de ingresos o el consumo de bienes que afectan la salud de las personas, el medio ambiente y otros.

    ¿Cómo se líquida el impuesto selectivo al consumo ISC y la forma de presentación actual de las declaraciones juradas?

    PREGUNTAS FRECUENTES. IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO ¿Qué es el ISC? El Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) es un impuesto que grava productos, de importación o de fabricación local, que no son considerados de primera necesidad, como bebidas alcohólicas, joyas, armas, instrumentos musicales, etc.; como así también a productos que poluyen el ambiente, como los combustibles.

    ¿Cuál es el Hecho Generador? El Impuesto Selectivo al Consumo, que gravará la importación de los bienes que se consigna en el Art.106, de la Ley 125/91 y la primera enajenación a cualquier título cuando sean de producción nacional. Definiciones: Se considerará enajenación a los efectos de esta ley, toda operación a título oneroso o gratuito que tenga por objeto la entrega de bienes con transferencia del derecho de propiedad, o que otorguen a quienes lo reciben la facultad de disponer de ellos como si fuera su propietario.

    Será irrelevante la designación que las partes confieran a la operación, así como la forma de pago. Quedan comprendidas en el concepto precedente de enajenación, la afectación al uso o consumo personal por parte del dueño, socios y directores de la empresa, de los bienes de ésta, así como los bienes entregados en consignación.

    Considerando el alcance de este Impuesto, ¿qué implica la importación? Por Importación se entenderá la introducción definitiva de bienes al territorio nacional. ¿Quiénes son contribuyentes del ISC? Serán contribuyentes: a) Los fabricantes, por las enajenaciones que realicen en el territorio nacional.

    b) Los importadores por los bienes que introduzcan al país. Los mismos podrán ser una empresa unipersonal o sociedades con o sin personería jurídica, entidades privadas de cualquier naturaleza, así como las empresas públicas, entes autárquicos, y sociedades de economía mixta.

    • ¿Cuándo se produce la obligación tributaria? La obligación tributaria se configura con la entrega de los bienes, los que deberán estar acompañados en todos los casos del comprobante correspondiente.
    • La entrega se presumirá realizada en la fecha del referido comprobante, sin perjuicio que la Administración pueda fijar la misma, cuando existiere omisión, anticipación o retardo en la emisión del documento.

    En la Importación la configuración del hecho imponible se concreta en el momento de la apertura del registro de entrada de los bienes en la aduana. ¿Cuál es su territorialidad? Estarán gravadas las enajenaciones realizadas en el territorio nacional, con independencia del lugar en donde se haya celebrado el contrato, del domicilio, residencia o nacionalidad de quienes intervengan en las operaciones, así como el lugar de donde provenga el pago.

    ¿Qué es la base imponible en el Perú?

    Es el valor numérico sobre el cual se aplica la tasa del tributo. La base imponible está constituida por: El valor de venta, en el caso de venta de los bienes. El total de la retribución, en la prestación o utilización de servicios. El valor de construcción, en los contratos de construcción.

    1. El ingreso percibido en la venta de inmuebles, con exclusión del valor del terreno.
    2. En las importaciones, el valor en aduana, determinado con arreglo a la legislación pertinente, más los derechos e impuestos que afectan la importación, con excepción del IGV,
    3. Debe entenderse, por valor de venta del bien, retribución por servicios, valor de construcción o venta del bien inmueble, según el caso, la suma total que queda obligado a pagar el adquirente del bien, usuario del servicio o quien encarga la construcción.

    Asimismo, se entenderá que esa suma está integrada por el valor total consignado en el comprobante de pago de los bienes, servicios o construcción, incluyendo los cargos que se efectúen por separado de aquél y aún cuando se originen en la prestación de servicios complementarios, en intereses devengados por el precio no pagado o en gasto de financiación de la operación,

    Los gastos realizados por cuenta del comprador o usuario del servicio forman parte de la base imponible cuando consten en el respectivo comprobante de pago emitido a nombre del vendedor, constructor o quien preste el servicio. Tasa del Impuesto : 18% (16 % + 2% de Impuesto de Promoción Municipal) Impuesto Bruto : El Impuesto Bruto correspondiente a cada operación gravada (venta, servicio, construcción, etc.) es el monto que resulta de aplicar la tasa del Impuesto sobre la base imponible.

    El Impuesto Bruto correspondiente al contribuyente por cada período tributario (Ejem: enero 2021), es la suma de los Impuestos Brutos determinados conforme al párrafo precedente por las operaciones gravadas de ese período. Impuesto a pagar : El Impuesto a pagar se determina mensualmente deduciendo del Impuesto Bruto de cada período el crédito fiscal correspondiente; salvo los casos de la utilización de servicios en el país prestados por sujetos no domiciliados y de la importación de bienes, en los cuales el Impuesto a pagar es el Impuesto Bruto.

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