Quien Recauda El Impuesto Sobre El Patrimonio?

Quien Recauda El Impuesto Sobre El Patrimonio
El impuesto sobre el patrimonio (IP) es un tributo directo, general y personal que grava la propiedad o posesión del patrimonio, recayendo sobre su valor neto, con carácter periódico. Se trata de un tributo estrictamente individual que recae sobre las personas físicas y es complementario del IRPF.

Es un tributo estatal, establecido y regulado por el Estado, cuyo rendimiento total se cede a las comunidades autónomas, así como también se han cedido determinadas competencias normativas, de acuerdo con la Ley orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades autónomas, y conforme al nuevo modelo de financiación establecido en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía, y se modifican determinadas normas tributarias.

La titularidad de las competencias de gestión, liquidación, recaudación, inspección y revisión del impuesto corresponde al Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en las respectivas leyes de cesión a las comunidades autónomas. Actualmente, el IP está regulado en la Ley 19/1991, de 6 de junio, del impuesto sobre el patrimonio (LIP).

Aunque este impuesto nace con carácter transitorio, lo cierto es que se ha mantenido en nuestro sistema tributario hasta nuestros días. Debe mencionarse que durante los años 2008 a 2010 fue suprimido por la Ley 4/2008, de 23 de diciembre, por la que se suprime el gravamen del IP, se generaliza el sistema de devolución mensual en el IVA, se introducen otras modificaciones en la normativa tributaria y se elimina la obligación efectiva de contribuir por el IP.

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Mediante el Real Decreto-Ley 13/2011, de 16 de septiembre, por el que se restablece el IP con carácter temporal, ya que se contempla exclusivamente en 2011 y 2012, debiéndose presentar las consiguientes declaraciones, respectivamente, en 2012 y 2013, aunque para excluir del gravamen a los contribuyentes con un patrimonio medio, se aumenta significativamente el límite para la exención de la vivienda habitual, así como el mínimo exento que se venía aplicando en el impuesto antes de 2008, sin perjuicio de las competencias normativas que sobre esta materia ostentan las comunidades autónomas.

  1. Es a través de esta norma cuando se extiende la aplicación del mínimo exento respecto de los contribuyentes que tributen por obligación real.
  2. Durante los años 2014 a 2020 este impuesto sigue exigiéndose, puesto que las correspondientes leyes de presupuestos generales prorrogaron cada año la vigencia del impuesto, eliminándose, igual que ocurrió en 2013, la reimplantación de la bonificación del 100 % sobre la cuota íntegra del impuesto que se había previsto en el Real Decreto-Ley 13/2011, de 16 de septiembre, por el que se restablece el IP.

Ya en el año 2021, mediante la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2021, este impuesto se ha reimplantado con carácter permanente y con un tipo de gravamen más elevado para el último tramo de la tarifa.

¿Cómo funciona el impuesto de Patrimonio en España?

¿Qué es el impuesto de Patrimonio? – El impuesto sobre el patrimonio es un impuesto directo y personal que se aplica individualmente, no sobre ingresos anuales o transacciones, sino sobre el patrimonio personal de las personas físicas, y se calcula basándose en el valor de todos los bienes del sujeto pasivo,

  1. El impuesto de Patrimonio se devenga el 31 de diciembre de cada año y afecta al patrimonio del cual sea titular el sujeto pasivo en dicha fecha.
  2. El Impuesto sobre el Patrimonio se presenta online mediante el Modelo 714, en las mismas fechas que la Declaración de la Renta,
  3. El Impuesto de Patrimonio está cedido a las comunidades autónomas, de manera que pueden aplicar reducciones en el mínimo exento, modificar la tarifa y aprobar deducciones y bonificaciones en la cuota del impuesto.
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Como es el caso de la Comunidad de Madrid, en la que existe una bonificación del 100%,

¿Quién creó el impuesto al patrimonio en Colombia?

En su artículo 140 derogó los artículos 288 al 298 del Estatuto Tributario relativos al Impuesto al patrimonio. El gobierno nacional por medio de la Ley 863 de 2003 creó el impuesto al patrimonio para los años gravables 2004, 2005 y 2006.

¿Quién es el dueño del patrimonio?

Por eso, también se afirma que el patrimonio no pertenece a nadie en particular. Por tanto, le corresponde al Estado o Nación, como entidad englobante de ese ‘todos’, ser el responsable de administrar y resguardar tales bienes patrimoniales.

¿Quién declaro patrimonio?

Logotipo del programa Patrimonio Mundial de Unesco, Patrimonio Mundial, más conocido como Patrimonio de la Humanidad, es el título conferido por Unesco a sitios específicos del planeta (sean bosque, montaña, lago, laguna, cueva, desierto, edificación, complejo arquitectónico, ruta cultural, paisaje cultural o ciudad ) que han sido propuestos y confirmados para su inclusión en la lista mantenida por el programa Patrimonio Mundial, administrado por el Comité del Patrimonio Mundial, compuesto por 21 Estados miembros a los que elige la Asamblea General de Estados Miembros por un periodo determinado.

  1. ​ El objetivo del programa es catalogar, preservar y dar a conocer sitios de importancia cultural o natural excepcional para la herencia común de la humanidad.
  2. Bajo ciertas condiciones, los sitios mencionados pueden obtener financiación para su conservación del Fondo para la conservación del Patrimonio mundial.

Fue fundado por la Convención para la cooperación internacional en la protección de la herencia cultural y natural de la humanidad, que posteriormente fue adoptada por la conferencia general de la Unesco el 16 de noviembre de 1972, Desde entonces, 193 estados miembros han ratificado la convención.

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¿Dónde se hace la declaración de patrimonio?

Ya completé los formularios en papel ¿qué debo hacer? – Debe ingresar a la Plataforma de Declaración de Patrimonio e Intereses (http://dpi.minsegpres.gob.cl) y digitar la información en el formulario electrónico.

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