Que Es El Impuesto De Plusvalia Municipal?

Que Es El Impuesto De Plusvalia Municipal
¿Qué es la plusvalía municipal? – La plusvalía municipal es como se conoce al » Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, IIVTNU. Se trata de un impuesto municipal que grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana en el momento en el que se transmiten.

¿Quién paga el impuesto de plusvalia municipal?

¿Quién paga la plusvalía municipal? – La plusvalía municipal es un impuesto local recaudado por los ayuntamientos. Este tributo lo paga el vendedor del inmueble. En algunos casos también puede ser pagado por el comprador, si ambas partes así lo establecen.

Pero existe una excepción sobre quién paga la plusvalía municipal. Cuando la persona que transfiere la vivienda no reside en España, será el comprador quien deberá hacer frente al pago del tributo. Además, si se trata de una donación, es la persona que recibe el bien la que debe liquidar la tasa municipal.

Los contribuyentes que hereden un inmueble también deberán pasar por la caja del municipio para pagar el impuesto de plusvalía municipal.

¿Qué es el impuesto por plusvalía?

El impuesto de plusvalía municipal es el tributo que grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana durante el tiempo en el que se tiene en propiedad. Este impuesto hay que pagarlo cuando se vende o recibe en herencia o donación dicho terreno.

¿Qué es la plusvalía municipal y cuándo se paga?

¿Qué es la plusvalía municipal? – La plusvalía municipal se conoce también por las siglas IIVTNU (Impuesto Sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana). Se trata de un impuesto municipal que grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana en el momento en el que se transmiten de propiedad.

¿Cuánto se paga por la plusvalía municipal?

¿Cuánto debes pagar de plusvalía municipal y cómo se calcula? Primeramente, queremos resaltar que solo se aplica esta tasa cuando tienes ganancias patrimoniales de una venta, pero nunca si hay pérdida. También se paga cuando se recibe un inmueble en herencia o donación. Para calcularla, deberás tener en cuenta los factores que citamos:

Cuándo adquiriste el inmueble y en qué fecha lo vendiste, contando los años que existen entre las dos fechas. El valor catastral del suelo del inmueble. La revalorización del citado suelo en el transcurso de los años en los que has sido propietario. El gravamen impuesto por tu ayuntamiento. Las bonificaciones sobre el impuesto, en el caso de haberlas.

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Cálculo de plusvalía A partir de noviembre de 2021, el Estado ha diseñado una nueva fórmula para calcular esta tasa municipal, entre otras que has de abonar. Para ello, deberás aplicar el impuesto municipal, otorgado por tu ayuntamiento, a la base imponible.

Con la plusvalía real, que se calcula a partir de la diferencia entre el valor de adquisición de tu inmueble y el valor de la venta, Debes tener en cuenta que el porcentaje máximo a pagar es del 30%. Con el cálculo objetivo, en el que deberás demostrar que la plusvalía es menor que la calculada, Esto te permitirá ahorrar dinero, ya que el nuevo sistema se ha adaptado a la constante evolución del sector inmobiliario y tiene en cuenta la pérdida de valor por antigüedad de algunos tipos de inmuebles.

Por tanto, la base imponible resultará de multiplicar el valor catastral, al iniciar la obligación tributaria, y los coeficientes que apruebe cada ayuntamiento, Esta cifra no podrá superar la indicada por el Estado, aunque los consistorios sí podrán corregir a la baja hasta en un 15% en función de la situación del municipio. Pero, ¿cuáles son estos coeficientes? Los listamos:

Si vendes el piso en menos de un año, será de 0,14. En 2 años, de 0,15. En 3 años, de 0,16. En 4 o 5 años, de 0,17. En 6 años, de 0,16. En 7 años, de 0,12. En 8 años, de 0,10. En 9 años, de 0,09. Si han pasado 10, 11, 12 o 13 años, bajará a 0,08.

Pasado este tiempo, el coeficiente subirá de nuevo, gradualmente:

En 14 años, será de 0,1. En 15 años, de 0,12. En 16 años, de 0,16. En 17 años de 0,2. En 18 años, de 0,26. En 19 años o más, de 0,36.

¿Cuándo no tienes que pagar la plusvalía municipal? Tal y como ya hemos mencionado anteriormente, en el caso de que no obtengas ganancias o incluso tengas pérdidas, no tendrás que abonar esta tasa. Eso sí, para demostrar que no es necesario abonar el importe en estas circunstancias, será necesario que aportes los títulos que documenten la transmisión y adquisición, además de hacer la declaración correspondiente en los órganos competentes.

    Si la transmisión de la vivienda se hace entre cónyuges, bien a favor de la sociedad común, bien en pago de su haber común como matrimonio o bien a favor de tus descendientes en cumplimiento de alguna sentencia, como las de divorcio.

    ¿Qué pasa si no pago la plusvalía?

    Pero ¿qué pasa si declaro la plusvalía municipal y no la pago? – En caso de no abonar la cuota de la plusvalía municipal correspondiente, la misma sigue siendo exigible, por lo que se incrementa con recargos de entre el 5% y el 20% e, incluso, intereses de demora.

    ¿Cómo se calcula la plusvalía de una casa?

    Conocer el valor catastral del suelo – En primer lugar, tendrás que conocer el valor catastral del suelo. La plusvalía municipal se calcula en base al valor del suelo, no de la vivienda. Se trata de la diferencia entre el valor catastral del suelo cuando compraste la vivienda con el valor catastral del momento en que la vendiste.

    ¿Cómo se calcula la plusvalía de la venta de una casa?

    ¿Entonces cómo se calcula la plusvalía? Métodos de cálculo – Una opción es calcular la plusvalía real, es decir, calcular la diferencia entre el valor que el terreno tiene cuando se compró y cuando se vendió. Si el resultado es inferior al del sistema objetivo, se podrá escoger pagar este importe.

    La otra opción es calcular la plusvalía de forma objetiva, con una fórmula que consiste en multiplicar el valor catastral de los terrenos por unos coeficientes determinados por Hacienda. Estos coeficientes se irán actualizando anualmente en función del mercado inmobiliario, que oscilan entre el 0,13 (cuando haya transcurrido un año entre la compra y la venta), hasta el 0,45 (si han pasado 20 años o más).

    Existe la posibilidad que la plusvalía real sea superior que la objetiva, o viceversa. Por ejemplo:

      Se compra una vivienda en 2017 por 310.000€ y se vende en 2021 por 350.000€. La plusvalía de la operación es de 40.000€.

    Si con fecha de la venta el valor catastral total es de 100.000€, de los cuales 60.000 representan el valor catastral del terreno y 40.000 el de la construcción, la plusvalía real que se impugnará al contribuyente será el 60% de 40.000€ = 24.000€. Con el método objetivo se multiplicaría el valor catastral del terreno (60.000) por 0,17 (por ser una operación con cuatro años de intervalo entre la compra y la venta). El resultado sería 10.200€. –> En este caso la plusvalía real es superior a la objetiva.

    Una vivienda que se compró en 2014 por 250.000€ y en 2021 se vendió por 260.000€. La plusvalía de la operación es 10.000€.

    Si con fecha de venta el valor catastral es de 100.000 (20.000 corresponden al valor del terreno y 80.000 al valor de construcción) la plusvalía real que se imputará al contribuyente será del 20% de 10.000€, es decir, 2.000€ Con el método objetivo, se multiplica el valor del terreno de 20.000 por 0,12 (por ser la operación con un intervalo de 7 años entre la compra y la venta) y el resultado es 2.400€ –> En este caso, la plusvalía objetiva sale mejor que la real. La sentencia del Tribunal Constitucional no es retroactiva, es decir, solo tendría que beneficiar a los que ya hayan hecho la reclamación antes de la sentencia, y tendrán que esperar respuesta. Se podría reclamar la devolución de lo ya pagado, pero cada caso merece su estudio.

    ¿Quién puede reclamar la plusvalía?

    ¿Quiénes pueden reclamar la devolución de la plusvalía municipal? – Las personas que pueden iniciar un proceso de reclamación de la plusvalía municipal son quienes recibieron un inmueble por herencia, donación o vendieron. La reclamación la puede hacer por la totalidad de lo pagado por el impuesto de plusvalía municipal.

    ¿Cuáles son los tipos de plusvalía?

    La plusvalía absoluta es aquella ganancia que se obtiene aumentando las horas de trabajo. La plusvalía relativa es aquella ganancia que se obtiene disminuyendo las horas de trabajo necesario y aumentando las horas de trabajo innecesario.

    ¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía?

    Conocer el valor catastral del suelo – En primer lugar, tendrás que conocer el valor catastral del suelo. La plusvalía municipal se calcula en base al valor del suelo, no de la vivienda. Se trata de la diferencia entre el valor catastral del suelo cuando compraste la vivienda con el valor catastral del momento en que la vendiste.

    ¿Quién puede reclamar la plusvalía municipal?

    ¿Quiénes pueden reclamar la devolución de la plusvalía municipal? – Las personas que pueden iniciar un proceso de reclamación de la plusvalía municipal son quienes recibieron un inmueble por herencia, donación o vendieron. La reclamación la puede hacer por la totalidad de lo pagado por el impuesto de plusvalía municipal.

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