Que Es El Impuesto De Contribucion?

Que Es El Impuesto De Contribucion
Impuesto: Es el tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa en favor del contribuyente por parte del Estado. Contribución: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales.

  • Tasa: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente.
  • No es tasa el pago que se recibe por un servicio de origen contractual.
  • Las Tasas, entre otras, pueden ser: – Arbitrios: son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público.

– Derechos: son tasas que se pagan por la prestación de un servicio administrativo público o el uso o aprovechamiento de bienes públicos. – Licencias: son tasas que gravan la obtención de autorizaciones específicas para la realización de actividades de provecho particular sujetas a control o fiscalización.

¿Cómo se calcula la contribución de una vivienda?

¿Cómo se calcula? – Es el Ayuntamiento de cada municipio el encargado de fijar el montante del IBI, así como de establecer las posibles bonificaciones, Para calcular el IBI se parte del valor catastral del inmueble, Al comprar una vivienda, piso, oficina, garaje, etc., se tiene la obligación de inscribirlo en la Dirección General del Catastro,

Al igual sucede con las correspondientes modificaciones que puedan llevarse a cabo. Consulta: dónde abrir una cuenta de ahorro para la vivienda, El Catastro es un registro público, dependiente del Ministerio de Hacienda, Por así decirlo, es un censo en el que figuran todos los inmuebles, sus características, linderos, superficie, etc.

Al registrar el inmueble en el Catastro se obtiene una referencia catastral, con el objeto de localizar con exactitud cada uno de los inmuebles. En función de los datos catastrales, a los inmuebles se les asigna un valor, para efectos administrativos, determinado según los criterios de la Ley.

Este es llamado valor catastral (no corresponde, ni mucho menos, con el precio de tasación ni el precio de mercado). Cada ayuntamiento aplica un porcentaje sobre el valor catastral de cada inmueble para calcular el IBI, En la Ley de Haciendas Locales se establecen los coeficientes establecidos por el Ministerio de Hacienda.

En última instancia, es el Ayuntamiento el que decide el coeficiente a aplicar. El IBI se calcula partiendo de la base del valor catastral del inmueble, sobre ella se aplica un coeficiente decidido por cada Ayuntamiento. Para los inmuebles de naturaleza urbana, los coeficientes oscilan entre el 0,4% y el 1,3%,

¿Qué son las contribuciones en Argentina?

Código Fiscal de la provincia de Santa Fe LEY 3.456 SANTA FE, 19 de Diciembre de 1997 Boletín Oficial, 20 de Enero de 1998 Vigente, de alcance general LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY: LIBRO PRIMERO PARTE GENERAL TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 – Ámbito de Aplicación.

  • Las obligaciones fiscales, consistentes en impuestos, tasas y contribuciones que establezca la Provincia de Santa Fe, se regirán por las disposiciones de este Código y por las leyes fiscales especiales.
  • Artículo 2 – Impuestos.
  • Son impuestos las prestaciones pecuniarias que, por disposición del presente Código o de leyes especiales, estén obligadas a pagar a la Provincia las personas que realicen actos u operaciones, o se encuentren en situaciones que la ley considere como hechos imponibles.

Es hecho imponible todo hecho, acto, operación o situación de la vida económica de los que este Código o leyes fiscales especiales hagan depender el nacimiento de la obligación impositiva. Artículo 3 – Tasas. Son tasas las prestaciones pecuniarias que, por disposición del presente Código o de leyes especiales, estén obligadas a pagar a la Provincia las personas, como retribución de servicios administrativos o judiciales prestados a las mismas.

  • Artículo 4 – Contribuciones.
  • Son contribuciones las prestaciones pecuniarias que por disposición del presente Código o de leyes especiales, estén obligadas a pagar a la Provincia las personas que obtengan beneficios o mejoras en los bienes de su propiedad o poseídos a título de dueño por obras o servicios públicos generales.

Artículo 5 – Principio de Legalidad. En ningún caso se establecerán impuestos, tasas, contribuciones, ni exenciones, ni se considerará a ninguna persona como contribuyente o responsable del pago de una obligación fiscal, sino en virtud de este Código u otra Ley.

Artículo 6 – Interpretación del Código Fiscal y de leyes fiscales. Métodos Para la interpretación de las disposiciones de este Código y demás Leyes Fiscales, son admisibles todos los métodos reconocidos por la ciencia jurídica. Para los casos que no puedan ser resueltos por las disposiciones pertinentes de este Código o de una Ley Fiscal Especial, se recurrirá, en el orden que se establece a continuación: a) A las disposiciones de este Código o de otra Ley Tributaria relativa a materia análoga, salvo lo dispuesto en el artículo anterior; b) A los principios del Derecho Tributario; c) A los principios generales del derecho, teniendo en cuenta la naturaleza y finalidad de las normas fiscales.

Cuando los términos o conceptos contenidos en las disposiciones del presente Código o demás leyes fiscales no resulten aclarados en su significación y alcance por los métodos de interpretación indicados en el párrafo anterior, se atenderá al significado y alcance que los mismos tengan en las normas del derecho común.

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¿Qué son las contribuciones y cómo se clasifican?

2.3. Concepto y clasificación de las contribuciones 2.3. Concepto y clasificación de las contribuciones De acuerdo con el compendio Tribunal Fiscal de la Federación, Cuarenta y cinco años, un concepto de contribuciones podría ser el siguiente: Procedimientos generales, obligatorios e impersonales, creados por la ley con el objeto de repartir anualmente entre todos los contribuyentes la carga de los gastos públicos.

  1. Sostienen los presupuestos de toda colectividad pública con poderes impositivos.
  2. Por causa de la terminología imprecisa, de la práctica y la técnica legal, es imposible distinguir entre contribuciones e impuestos, sin embargo, el artículo 2º del Código Fiscal de la Federación nos ofrece una clasificación de las contribuciones e incluye a los impuestos.

Artículo 2o, Las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos, Clasificación de las Contribuciones En la clasificación de las contribuciones se definen en los siguientes puntos se definen: Impuestos Son las contribuciones establecidas en ley, que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma y que sean distintas de las señaladas en las fracciones II, III y IV de este artículo.

  1. Primero: Los impuestos son contribuciones, es decir, que son obligaciones que emanan del artículo 31, fracción IV constitucional, podrán ser prestaciones en dinero o en especie con carácter general y obligatorio.
  2. Segundo: Son a cargo de las personas físicas y de las personas morales, tales como un individuo con capacidad jurídica o un conjunto de personas constituidas para perseguir un fin común y en forma lícita.

Tercero: Los pagarán quienes a través de sus actividades se encuentren en la situación jurídica establecida en las leyes fiscales. Cuarto: Deberán destinarse al gasto público, atendiendo a la fuente formal por excelencia del Derecho fiscal, el artículo 31, fracción IV así lo establece.

Ley del Impuesto sobre la Renta. Ley del Impuesto al Valor Agregado. Ley del Impuesto Especial sobre la Producción de Servicios. Ley del Impuesto al Activo. Ley del impuesto sobre Automóviles Nuevos. Ley sobre Tenencia y Uso de Vehículos.

Existen dos tipos de impuestos: a) Impuestos Directos e b) Impuestos Indirectos Los impuestos directos se aplican de forma directa sobre el patrimonio, afectando principalmente los ingresos o pertenencias como la propiedad de autos o casas. El impuesto directo más importante es el impuesto sobre la renta.

¿Cuándo es el pago de contribuciones?

Permite pagar ante la Tesorería las contribuciones de bienes raíces, al día o vencidas, incluidas las cuotas suplementarias. Las cuotas normales de contribuciones tienen fecha de vencimiento cuatro veces al año en: abril, junio, septiembre y noviembre,

Importante : hasta el 31 de diciembre de 2020, se puede pagar sin intereses las cuotas del segundo semestre de este año. El pago se puede realizar durante todo el año en el sitio web y en oficinas de Tesorería, Además, se puede pagar en bancos en alianza con Tesorería, CajaVecina de BancoEstado y Sencillito,

Personas naturales y jurídicas.

  • Conocer el nombre de la comuna, rol de la propiedad o la dirección exacta.
  • Tener cuenta bancaria o tarjeta de crédito de las instituciones que tienen alianza con la Tesorería, en el caso de realizar el trámite en línea.
  • Conocer las cuotas que necesitan pagar y el año al que corresponden, o presentar el aviso recibo en las cajas de algún banco nacional, si realizan el trámite de forma presencial.
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– Instrucciones Trámite en línea Pago de contribuciones en línea :

  1. Haga clic en «pagar contribuciones».
  2. Una vez en el sitio web de Tesorería, en el menú superior, haga clic en «pagos», luego en la opción «pagos de impuestos», y posteriormente en «pago de contribuciones en línea».
  3. Ingrese con su clave TGR, ClaveÚnica o sin clave.
  4. Complete los datos requeridos.
  5. Seleccione la entidad bancaria, y haga clic en «pagar».
  6. Como resultado del trámite, habrá pagado las contribuciones de bienes raíces en la Tesorería.

Cupón de pago contribuciones para pago en oficinas :

  1. Haga clic en «pagar contribuciones».
  2. Una vez en el sitio web de Tesorería, en el menú superior, haga clic en «pagos», luego en la opción «pagos de impuestos», y posteriormente en «cupón de pago de contribuciones».
  3. Seleccione «generar cupones de pago por rol».
  4. Complete los datos requeridos, y valide la información.Puede ingresar su correo electrónico y enviar el cupón de pago al correo Si quiere visualizar el cupón de pago, pinche el número de folio.
  5. Como resultado del trámite, podrá imprimir el cupón de pago de contribuciones de bienes raíces.

Importante : si requiere más información, llame al 600 4000 444. Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:30 a 18:30 horas. – Instrucciones contacto telefónico – Instrucciones trámite por Email – Instrucciones trámite en el Consulado No tiene costo adicional al pago de las contribuciones.

¿Cuáles son los 4 tipos de contribuciones?

Contenido

1 Definición de contribución 2 Especies de contribuciones 3 Accesorios de las contribuciones 4 Legislación citada 5 Jurisprudencia citada

Definición de contribución La contribución es la obligación de Derecho Público, creada a través de una ley, para el sostenimiento de los gastos públicos federales, estatales y municipales, sustentada en la proporcionalidad y equidad. Son prestaciones en dinero o en especie que con carácter general y obligatorio deben hacer al Estado los particulares para cubrir el gasto social o lo que se conoce como necesidades colectivas.

  • Se trata de aportaciones pecuniarias que hacen las personas físicas y morales, por el sólo hecho de ser miembros de una nación o por percibir ingresos, ventas, utilidades o ganancias dentro de su territorio.
  • Tal es el caso del impuesto sobre la renta, que es el tributo que involucra de alguna manera a todos los individuos de un país determinado o que tienen relaciones comerciales, industriales o prestan servicios dentro de un espacio físico geográfico, aunque sean de nacionalidad extranjera o no radiquen en dicho Estado.

Especies de contribuciones El artículo 2 del CFF hace una clasificación de las contribuciones en México y dentro de ellas están los Impuestos, Aportaciones de Seguridad Social, Contribuciones de Mejoras y Derechos, así como los Accesorios que siguen la naturaleza de éstas.

Federales. Aquellos establecidos que regulan las actividades gravadas en las Leyes Federales

Estatales. Son aquellos que establecen el Estado respecto a los actos gravados en su territorio, Solo se aplican dentro de las fronteras de cada estado, y no tienen incidencia en los demás (ISAI).

Municipales. Son los que regulan una actividad en un territorio delimitado

2) Según su función, son:

Fiscales. Aquellas establecidas en las Leyes Impositivas para recaudar ingresos para el Estado y estos se destinen al gasto público.

Extrafiscales. Aquellos destinados con fines específicos para obtener ingresos encaminados a satisfacer las necesidades sociales.

Criterios Jurisdiccionales: Registro: 185,419 Jurisprudencia Materia(s):Administrativa Novena Época Instancia: Segunda Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XVI, Diciembre de 2002 Tesis: 2a./J.133/2002 Página: 238 CONTRIBUCIONES.

¿Qué personas físicas deben pagar impuestos?

‘Las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario, a excepción de los exentos y de aquéllos por los que se haya pagado impuesto definitivo, están obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril del año siguiente, ante las oficinas autorizadas’.

¿Cuánto se paga de IBI por un terreno?

Contribuciones exentas de pago en un terreno rústico – Tal y como se acaba de comentar, los ayuntamientos cambian el tipo de suelo y emiten el recibo del IBI o intentan cobrar la plusvalía de forma automática. Para evitar tener que pagar primero y reclamar después, es imprescindible conocer la normativa en todo momento.

  • La ley 13/2015 del 24 de junio (reforma de la ley hipotecaria y del catastro inmobiliario) especifica que, aunque el PGOU considere terreno urbano no consolidado al que era rústico, si el propietario no realiza ningún cambio en el mismo no se le puede cobrar por los antedichos conceptos.
  • ¿Dónde surge la duda? En que resulta complicado determinar el valor catastral de cada parcela, ya que ello supondría revisar continuamente si se ha construido o urbanizado.
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Para evitar estos problemas, en los artículos 7.2 b y 30 de la antedicha ley, así como en las disposiciones transitorias segunda y séptima de la ley del Catastro Inmobiliario, se aclara lo siguiente: Solo se podrán considerar suelos urbanos en el catastro aquellos que puedan ser urbanizables o que vayan a convertirse en suelo urbanizado, pero incluyendo espacios delimitados.

También se incluyen suelos cuyo desarrollo urbanístico se aclare en el nuevo plan de ordenación urbana. El desarrollo ha de detallarse claramente aplicando la legislación urbanística en vigor. Resumiendo, se concluye que al propietario de una parcela que permanece tal cual, tras el cambio de la normativa, no se le puede cobrar ni el IBI urbano, ni la plusvalía.

Diferencias entre impuesto, contribución y tasa, por Miguel Carrillo

Lo que sí se ha de pagar es el IBI rústico que se abona dependiendo del valor catastral de la finca. Dependiendo de lo recogido en este, se aplica un porcentaje, entre el 0,3% y el 0,9%, para realizar el pago. Este es uno de los motivos por el que muchos ayuntamientos deciden actuar al margen de la ley.

¿Cuál es la base imponible de una vivienda?

Es el valor de un inmueble en términos monetarios, se conoce comúnmente como valuación o valor catastral, sobre la cual se aplica la alícuota para determinar el tributo a pagar. Para una vivienda unifamiliar será el resultado de sumar la base imponible del terreno (multiplicación del valor por metro cuadrado identificado en tablas, por la superficie de terreno, por el factor de ponderación de existencia de servicios y por el factor de inclinación del terreno) más la base imponible de la construcción (multiplicación de la superficie construida por el valor del metro cuadrado, por tipo de construcción y por el factor de depreciación).

Para un inmueble bajo régimen de propiedad horizontal será el resultado de multiplicar la superficie construida por el valor según el tipo de construcción. Se aclara que el valor incluye el valor de la fracción ideal del terreno, tomándose para el cómputo la suma del área propia de la construcción más la proporción de las áreas comunes.

Para un inmueble ubicado en áreas urbanas no zonificadas serán valuados por los propietarios sobre la base de los precios de mercado al 31 de diciembre, el valor así determinado constituirá el justiprecio para compensar a los propietarios, en caso de expropiación.

Para un inmueble de propiedad de una empresa, será el valor que posean los bienes consignados en sus registros contables como activos fijos, dicho valor no podrá ser distinto al expuesto en sus estados financieros presentados o declarados al SIN (Servicios de Impuestos Nacionales) para realizar el pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas.

Para un inmueble de propiedad agraria, será el resultado del valor del inmueble que consigne el propietario en la Declaración Jurada. Según Ley Nº 2492 Art.42º Base imponible o gravable es la unidad de medida, valor o magnitud, obtenidos de acuerdo a las normas legales respectivas, sobre la cual se aplica la alícuota para determinar el tributo a pagar.

  1. Según Ley Nº 843 Art.54º La Base Imponible IPBI estará constituida por el avalúo fiscal establecido en cada jurisdicción municipal en aplicación de las normas catastrales y técnico – tributarias urbanas y rurales emitidas por el Poder Ejecutivo.
  2. Según Ley Nº 843 Art.55º Mientras no se practiquen los avalúos fiscales, la base imponible estará dada por el autoavalúo que practicarán los propietarios de acuerdo a lo que establezca la reglamentación que emitirá el Poder Ejecutivo sentando las bases técnicas sobre las que los Gobiernos Municipales recaudarán este impuesto.

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