Formas de Pago Para cancelar el importe a pagar podrá utilizar cualquiera de las siguientes modalidades: a. A través de SUNAT Virtual Al momento de enviar la declaración jurada anual consignando un monto mayor a cero (0) en la «casilla 180 – Importe a pagar» podrá escoger cualquiera de las siguientes formas de pago:
Mediante débito en cuenta: En esta modalidad, el deudor tributario ordena el débito en cuenta del importe a pagar al banco que selecciones en la relación de bancos que tiene habilitada SUNAT Virtual. Para ver qué Bancos se encuentran autorizados para este tipo de pago i ngrese aquí, Requiere que la cuenta se encuentre previamente afiliada.
La cuenta en la que se realiza el débito es de conocimiento exclusivo del deudor tributario y del banco.
Mediante cargo en la cuenta de detracciones: El pago se carga a la cuenta de detracciones del Banco de la Nación. No requiere previa afiliación. Mediante tarjeta de crédito o débito: Selecciona el banco con el cual tienes un convenio de afiliación para el servicio de pago por internet y registra los datos de la tarjeta con la que se realizará el pago
En estos casos, el deudor tributario debe cancelar el íntegro del Importe consignado a pagar a través de una única transacción bancaria Si la declaración jurada anual se envió con importe a paga cero (0) podrá realizar el pago posteriormente ingresando a SUNAT Virtual en Mis Declaraciones y Pagos (Nueva Plataforma ) con su Código de Usuario y Clave SOL en la opción «Boletas de Pago – Pago de tributos»,b.
Utilizando la Guía para Pagos Varios – Form.1662: Deberá llenar la guía para pagos varios con la siguiente información:
Periodo 13/2021 Código de Tributo 3081 Importe a pagar
Deberá de presentarlo en cualquiera de los Bancos Autorizados.
Número de Pago SUNAT – NPS: Deberá ingresar a SUNAT Virtual con su Código de Usuario y Clave SOL para generar el Código NPS, el cual deberá ser presentado en cualquiera de los Bancos Autorizados, donde le generará la Boleta de pago 1663.
¿Dónde se puede pagar Impuesto a la Renta?
Una vez, enviada la declaración, y de haber determinado Impuesto por Pagar, puedes realizar por pago por la Internet, a través de SUNAT Virtual ingresando a la Nueva Plataforma en SUNAT Operaciones en Línea con tu clave SOL, ubica la opción Boleta de Pago – Pago de Tributos, selecciona el periodo 13/2021 y código de tributo según el tipo de renta que estas declarando, puedes usar las siguientes modalidades de pagos:
Pago mediante débito en cuenta: Por esta modalidad ordenas el débito en cuenta del importe a pagar al banco que selecciones de la relación que tiene habilitado la SUNAT virtual y con el que cual previamente has celebrado un convenio de afiliación al servicio de pago de tributos con cargo en cuenta. Pago mediante tarjeta de crédito o débito: Selecciona el banco con el cual tienes un convenio de afiliación para el servicio de pago por internet y registra los datos de la tarjeta con la que se realizará el pago.
En ambos casos tienes que pagar el íntegro del importe a pagar a través de una única transacción.
Pago por NPS – Número de Pago SUNAT: Luego de generado el NPS acércate a una agencia bancaria habilitada: Scotiabank, Interbank, BBVA, BCP, Nación, BanBif o Banco de Comercio, Agentes BCP y Agentes MultiRed del Banco de la Nación o a través de los portales bancarios del BCP, Comercio, GNB o Scotiabank; así como la Banca Celular (APP BCP, GNB y Scotiabank), para realizar el pago.
TIPOS DE RENTA | CÓDIGOS DE TRIBUTO |
---|---|
Rentas de Primera categoría | 3072 – Regularización Rentas de Primera Categoría |
Rentas de Segunda categoría | 3074 – Regularización Rentas de Segunda Categoría y/o Fuente Extranjera |
Rentas del Trabajo | 3073 – Regularización Rentas del Trabajo y/o Fuente Extranjera |
¿Cómo pagar impuestos por BCP?
Ingresar a la web de la SUNAT, e ingresar tus datos (RUC, código de usuario, clave de acceso) para iniciar sesión. Dentro de ‘Consultas y Transacciones’ elige detracciones. Ingresa los datos de tu operación y selecciona el logo del BCP. ¡Y listo!
¿Cómo pagar el impuesto a la renta Sunat?
Para realizar el pago sólo debes comunicar verbalmente al cajero que deseas hacer un pago a la SUNAT y proporcionar la siguiente información: Número de RUC, período tributario, tributo e importe a pagar. O puedes utilizar la Guía de Pagos Varios donde anotarás los datos necesarios.
¿Cómo se paga el impuesto a la renta Perú?
El impuesto a la renta es un tributo que se determina anualmente, tiene vigencia del 01 de enero al 31 de diciembre. Si eres persona natural el impuesto se aplica a los ingresos que provienen del arrendamiento u otro tipo de cesión de bienes muebles o inmuebles, acciones u otros valores mobiliarios.
También del trabajo realizado de forma dependiente o independiente, siempre que no se realices actividad empresarial. Conoce los tipos de rentas que puedes generar, si eres una persona natural que no realiza actividad empresarial: Rentas de Capital – Primera Categoría : generadas por el arrendamiento, subarrendamiento o cualquier tipo de cesión de bienes muebles o inmuebles.
El pago debes hacerlo tú mismo y corresponde al 6.25% sobre la renta neta (equivalente al 5% sobre la renta bruta). Rentas de Capital – Segunda Categoría : corresponde a venta de acciones o valores mobiliarios, intereses por colocación de capitales, regalías, patentes, rentas vitalicias, derechos de llave y otros.
Las rentas de Cuarta Categoría: corresponden a servicios prestados de manera independiente de cualquier profesión, ciencia, arte u oficio. También, están aquí los trabajadores del Estado con contrato CAS, los directores, consejeros regionales y regidores municipales. Si estos ingresos se complementan con actividades empresariales o viceversa, el total de la renta que se obtenga se considerará como renta de Tercera Categoría es decir una renta empresarial. Rentas de quinta categoría: son los ingresos obtenidos por el trabajo personal prestado en relación de dependencia (planilla), incluidos cargos públicos, tales como sueldos, salarios, asignaciones, gratificaciones, bonificaciones, aguinaldos, comisiones, compensaciones en dinero o en especie, gastos de representación y, en general, toda retribución por servicios personales.
Para estas rentas, se tomará en cuenta el periodo de tiempo en que se perciban, entre el 1 de enero y el 31 de Diciembre. Se considerarán percibidas cuando se encuentren a disposición del trabajador, aunque este no las haya cobrado en efectivo o en especie.
Rentas de Fuente Extranjera: provienen de una fuente ubicada fuera del territorio nacional. No se categorizan y se consideran para efectos del Impuesto, siempre que se hayan percibido. Por ejemplo, la renta obtenida por alquilar un inmueble en el extranjero, los intereses obtenidos por certificados de depósitos bancarios de entidades financieras del exterior, la renta obtenida por prestar servicios en el exterior, entre otras.
El impuesto se aplicará con tasas progresivas acumulativas de 8%, 14%, 17%, 20% y 30%. Es decir, a mayor ingreso en el año, se pagará más. Accede a estas páginas, si deseas calcular el monto de tus impuestos de primera categoría, segunda, cuarta y quinta,
¿Cómo pagar impuestos en Perú?
Descripción – Las personas naturales inscritas en el RUC, tienen la obligación de presentar la declaración y pago de sus impuestos de forma definitiva (Ej. Venta de inmuebles) o mensual (Ej. Pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría) dependiendo del tipo de renta generado y según el cronograma de vencimiento, que es aprobado por la SUNAT.
¿Cómo pagar la renta en cajero?
Solo tendrás que utilizar tu tarjeta en el cajero, seleccionar del menú la opción ‘Recargos, Pagos y otros’, y dentro de esta, ‘ Pago impuestos y tasas’.
¿Cómo pagar a la Sunat por BCP?
Ingresar a la web de la SUNAT, e ingresar tus datos (RUC, código de usuario, clave de acceso) para iniciar sesión. Dentro de ‘Consultas y Transacciones’ elige detracciones. Ingresa los datos de tu operación y selecciona el logo del BCP. ¡Y listo!
¿Cómo se hace el pago de la declaración de la renta?
Se puede pagar mediante adeudo en cuenta, tarjeta, en efectivo y otras formas especiales de pago. O domiciliar para que la carguen en cuenta el 30 de junio (último día del plazo de presentación de la declaración de IRPF en período voluntario).