En Que Consiste El Impuesto Ieps?

En Que Consiste El Impuesto Ieps
Es el gravamen que se paga por la producción y venta o importación de gasolinas, alcoholes, cerveza y tabacos, entre otros bienes, principalmente.

¿Cuándo se paga el IEPS en México?

El pago del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, IEPS, se realiza de manera mensual a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago y se tiene que presentar ante la autoridad fiscal.

¿Quién debe facturar IEPS?

Cálculo del Impuesto ¿Qué es el Impuesto sobre la venta de bienes cuya enajenación se encuentra Gravada por la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios? R= Es un impuesto estatal que se encuentra contemplado en la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro en el artículo 76 y que grava la venta final de bebidas en envase cerrado con contenido alcohólico, alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables, que se realicen en el territorio del Estado.

¿Quiénes se encuentran obligados a pagar este impuesto? R= Se encuentran obligados al pago de este impuesto las personas físicas o morales que, en territorio del Estado, realicen la venta final de bebidas en envase cerrado con contenido alcohólico, alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables, que se realicen en el territorio del Estado.

¿En base a qué se debe pagar? R= La base que se deberá tomar para calcular este impuesto, será el valor de enajenación. Para estos efectos, se considerará como valor de enajenación el precio de venta, adicionado con las cantidades que por cualquier otro concepto se carguen o cobren al adquirente del bien, sin incluir aquellas correspondientes al impuesto al valor agregado e impuesto especial sobre producción y servicios.

BEBIDAS EN ENVASE CERRADO CON CONTENIDO ALCOHÓLICO FACTOR EQUIVALENTE AL 4.5%
Hasta 14° GL 0.02961306
Más de 14° GL y hasta 20° GL 0.02884246
Más de 20° GL 0.02463054
Alcohol 0.0251088
Alcohol Desnaturalizado 0.0251088
Mieles Incristalizables 0.0251088

Inscripción al Impuesto ¿Qué debo realizar para hacer el pago de este impuesto por primera vez? R= Primero debo inscribirme en el padrón estatal de contribuyentes dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de inicio de operaciones, mediante aviso que será presentado en el formato «Aviso de Inscripción al Padrón Estatal de Contribuyentes».

    Constancia de Situación Fiscal emitida por el SAT (Alta de la obligación) y Aviso de Cambio de Situación Fiscal presentado ante el SAT.

    ¿Por qué existe el IEPS?

    ¿No sabes qué significan las siglas IEPS? Mira esta breve información de cómo usar el IEPS y saber si es necesario para tu negocio. Las siglas IEPS es la abreviatura del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, impuesto que únicamente se aplica en la venta e importación de los bienes con un alto contenido de azúcares, bebidas alcohólicas, cerveza, alcohol desnaturalizado, tabaco labrados, gasolina, diésel, bebidas energizantes, bebidas con azúcares añadidos, plaguicidas, entre otros.

    Además de imponer los servicios por comisión, agencia, representación, consignación, distribución, juegos de apuestas y telecomunicaciones, este impuesto al igual que el IVA, es un impuesto indirecto, esto quiere decir que los contribuyentes no pagan directamente, sino que es trasladado al cliente quienes lo ingresan al SAT.

    El motivo del IEPS es reforzar el programa de salud para combatir la obesidad y diabetes en México, es por lo que en el 2015 compañías como Coca-Cola, Pepsi y JUMEX subieron de $1 a $4 pesos más a sus productos y otras optaron por retirar el azúcar en sus productos tales como los polvos para bebida Tang, Chocolates sin azúcar y Philadelphia Light. Si tienes un restaurante, cafetería o establecimiento similar no tienes que pagar el impuesto de la importación o venta, no es aplicable dado que este es un servicio de alimentos. Ahora vayamos a lo más importante Los pagos se realizan mensualmente el día 17 de cada mes y no se requiere realizar una declaración anual.

    ¿Cuál es la importancia del IEPS?

    Por: Karina Elizabeth García Tufiño El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), es parte de los ingresos del Estado, es decir, son aquellos que provienen de las contribuciones; tiene fundamento en el artículo 2º del Código Fiscal de la Federación, mismo que lo define como un gravamen que debe pagarse por estar establecida en una ley de la materia, en esta caso la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

    • La Constitución Política en el artículo 73 Fracción XXIX nos da fundamento para este impuesto, siendo el Congreso de la Unión quien estará facultado para establecer contribuciones especiales.
    • Y hace una referencia muy interesante respecto a las entidades federativas: » Las entidades federativas participarán en el rendimiento de estas contribuciones especiales, en la proporción que la ley secundaria federal determine.

    Las legislaturas locales fijarán el porcentaje correspondiente a los Municipios, en sus ingresos por concepto del impuesto s obre energía eléctrica» Como su mismo nombre lo indica es un impuesto especial, esto en materia fiscal nos indica que no es un gravamen necesariamente de naturaleza recaudatoria, es decir, es un sirve al gobierno para impulsar políticas públicas, un claro ejemplo lo tenemos en el Impuesto establecido a los llamados «alimentos chatarra» el cual trataremos más adelante.

    Enajenación o importación de bienes, es decir, bienes que se importen definitivamente en el territorio nacional o bienes que igualmente se enajenen en territorio nacional

    Prestación de los Servicios que la misma ley establece.

    Una característica muy interesante de éste impuesto es que se calculan aplicando una tasa, tarifa o cuota según establezca la ley, esto lo hace diferente de otros impuestos como el IVA. Esto hace que el gravamen varíe dependiendo de la tasa o tarifa que imponga la ley, haciendo que no sea una tasa fija como el IVA, por citar un ejemplo.

    Bebidas de contenido alcohólico y cervezas, se gravará con una TASA que varía según el grado de alcohol que contengan.

    Alcohol desnaturalizado y bienes incristalizables se gravará con una TASA del 50%.

    Tabacos se gravará con una TASA + CUOTA, la taza será para cigarros, puros y otros cigarros labrados de 160% y para puros y otros cigarros labrados a mano de 30.4%.

    Mientras que la cuota será de $0.35.

    Gasolina y diésel se gravaran con una TASA que va a calcular mes con mes.

    Bebidas energizantes se gravaran con una TASA del 25%

    Bebidas saborizadas (concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores) se gravaran con una CUOTA de $1 por litro.

    Combustibles (exceptuando gasolina y diésel) se gravaran con una CUOTA POR LITRO, PESO O CENTAVO)

    Plaguicidas se gravaran con una TASA en base al peligro de toxicidad aguda conforme a la siguiente tabla:

    Categorías de peligro de toxicidad aguda

    Vía de exposición Categoría 1 Categoría 2 Categoría 3 Categoría 4 Categoría 5
    Oral (mg/kg) 5 50 300 2000 5000
    Dérmica (mg/kg) 50 200 1000 2000
    Inhalatoria Gases (ppmv) 100 500 2500 5000
    Inhalatoria Vapores (mg/l) 0,5 2 10 20
    Inhalatoria polvos y nieblas (mg/l) 0,05 0,5 1 5
    Tasa 9% 9%> 7% 6%

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  • Alimentos de alto contenido calórico (botanas, confitería, flanes, dulces de frutas, cremas de cacahuate, avellanas, dulces de leche, alimentos que se preparan a base de cereales, helados, nieves, paletas, etc.) se gravaran con una TASA de 8% por cada 100g o una densidad de 275kc.
  • Como ya había mencionado el IEPS es un impuesto que las autoridades pueden utilizar para desincentivar algunas conductas de los gobernados, apoyando así una política que implemente o pretenda implementar el Estado, aquí encontramos un claro ejemplo de ello, con la imposición de este impuesto pretende disminuir el consumo de bebidas alcohólicas, tabaco y alimentos de alto contenido calórico (comidas «chatarra») para evitar las consecuencias que tienen para la salud, por ejemplo.

    ¿Quién debe pagar el IEPS?

    ¿Que es el ieps y quien lo paga?, el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) que desde 1980 en México entro en vigor, grava productos cuyo consumo está considerado como dañino para la salud y la respuesta a esto es aumentar su precio. Dicho impuesto es el tercero en la escala de los más importantes en caso de recaudación.

    Combustibles automotrices.Combustibles fósiles.Plaguicidas.Bebidas con contenido alcohólico y cerveza.Alcohol, Alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables.Bebidas energizantes.Bebidas saborizadas.Alimentos no básicos.Tabacos labrados.

    La prestación de los siguientes servicios:

    Realización de juegos con apuestas y sorteos.Redes públicas de telecomunicaciones.Exportación definitiva de los alimentos no básicos.

    Si quieres identificar y saber si estamos o no exentos de este impuesto, además de conocer lo establecido en el artículo 2 de la Ley de impuesto especial sobre producción y servicio sobre los actos o actividades gravadas, podrás consultar las condiciones contenidas en esta ley.

    Llevar contabilidad y separación de operaciones.Expedir comprobantes y trasladar el IEPS.Presentar información de clientes y proveedores.

    Dada la obligación de informar al SAT, se deberá presentar cada trimestre, en los meses de abril, julio, octubre y enero, del año en curso, la información sobre sus 50 principales clientes y proveedores del trimestre inmediato anterior al de su declaración, respecto de dichos bienes.

      Anexo 1,-Información sobre importe y volumen de compras y ventas. Anexo 2,- Información mensual del precio de enajenación de cada producto, del valor y del volumen detallista base para el cálculo del impuesto de tabacos labrados Anexo 3,- Información de los equipos de producción, destilación o envasamiento. Anexo 4,-Reporte de Inicio o término del proceso de producción o destilación».

      ¿Quién cobra el IEPS?

      OTROS TEMAS A CONSIDERAR – El IEPS estatal Durante el ejercicio fiscal de 2007, el Ejecutivo Federal impulsó la «Reforma Integral de la Hacienda Pública», la cual proponía establecer facultades a favor de las entidades federativas para imponer contribuciones locales sobre gasolina y otros productos derivados del petróleo, la cual no fue concretada por el Constituyente Permanente, por lo que se creó un IEPS estatal para la venta final al público en general (Articulo 2-A, Fracción II LIEPS), siendo las haciendas de las entidades federativas las beneficiarias del 100% de la recaudación que generen las cuotas por litro a las gasolinas y el diesel y responsables de su administración, recaudación, comprobación, determinación y cobro.

      El aumento gradual de las cuotas, inició en enero de 2008 y terminó en: junio de 2009: (a) Gasolina Magna 2 ctvs. X 18 meses hasta llegar a: 36 centavos por litro. (b) Gasolina Premium UBA 2.44 ctvs. X 18 meses hasta llegar a: 43.92 centavos por litro. (c) Diesel: 1.66 ctvs. X 18 meses hasta llegar a: 29.88 centavos por litro.

      A partir del 1° de enero del 2012, este impuesto solo quedaría vigente en 2/11´s partes del monto actual del IEPS estatal. Las haciendas locales estarían dejando de percibir un monto aproximado de 20,872(7) millones de pesos en 2012, aunado a la posible derogación del impuesto a la tenencia vehicular (25,000 millones de pesos al año).(8) Sin embargo, en la iniciativa de decreto de 25 de mayo de 2011, de la Cámara de Diputados, se propone que «las cuotas previstas en el artículo 2o.-A, fracción II, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios se continúen aplicando y distribuyendo en los términos contenidos en la LIEPS y en la Ley de Coordinación Fiscal.» Cuestionamientos sobre el IEPS estatal El IEPS es un gravamen a la venta de gasolinas (y diesel), por lo que el contribuyente es el enajenante, quien a su vez lo va a trasladar (ya que es un impuesto indirecto) al consumidor (llamado el inciso en la teoría fiscal).

      Lo que se pretendió con el IEPS estatal fue gravar a los consumidores con la frase «venta final al público en general», olvidándose que el fisco mexicano, por amargas experiencias de administraciones anteriores, «prohíbe» el traslado de impuestos (IVA, IEPS) al público en general, no así a los contribuyentes a quienes se les factura con «requisitos fiscales» y que por consecuencia no son considerados «público en general».

      Así, algunos dueños de estaciones de estaciones de ser-vicios y distribuidores de gasolinas y diesel han venido sosteniendo, en estos años (2008-2011), en virtud de que facturan con requisitos fiscales, NO se estaría causando el IEPS estatal, por no tratarse de la venta final al público en general.

      ¿Cuál es la importancia del IEPS?

      Por: Karina Elizabeth García Tufiño El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), es parte de los ingresos del Estado, es decir, son aquellos que provienen de las contribuciones; tiene fundamento en el artículo 2º del Código Fiscal de la Federación, mismo que lo define como un gravamen que debe pagarse por estar establecida en una ley de la materia, en esta caso la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

      La Constitución Política en el artículo 73 Fracción XXIX nos da fundamento para este impuesto, siendo el Congreso de la Unión quien estará facultado para establecer contribuciones especiales. Y hace una referencia muy interesante respecto a las entidades federativas: » Las entidades federativas participarán en el rendimiento de estas contribuciones especiales, en la proporción que la ley secundaria federal determine.

      Las legislaturas locales fijarán el porcentaje correspondiente a los Municipios, en sus ingresos por concepto del impuesto s obre energía eléctrica» Como su mismo nombre lo indica es un impuesto especial, esto en materia fiscal nos indica que no es un gravamen necesariamente de naturaleza recaudatoria, es decir, es un sirve al gobierno para impulsar políticas públicas, un claro ejemplo lo tenemos en el Impuesto establecido a los llamados «alimentos chatarra» el cual trataremos más adelante.

      Enajenación o importación de bienes, es decir, bienes que se importen definitivamente en el territorio nacional o bienes que igualmente se enajenen en territorio nacional

      Prestación de los Servicios que la misma ley establece.

      Una característica muy interesante de éste impuesto es que se calculan aplicando una tasa, tarifa o cuota según establezca la ley, esto lo hace diferente de otros impuestos como el IVA. Esto hace que el gravamen varíe dependiendo de la tasa o tarifa que imponga la ley, haciendo que no sea una tasa fija como el IVA, por citar un ejemplo.

      Bebidas de contenido alcohólico y cervezas, se gravará con una TASA que varía según el grado de alcohol que contengan.

      Alcohol desnaturalizado y bienes incristalizables se gravará con una TASA del 50%.

      Tabacos se gravará con una TASA + CUOTA, la taza será para cigarros, puros y otros cigarros labrados de 160% y para puros y otros cigarros labrados a mano de 30.4%.

      Mientras que la cuota será de $0.35.

      Gasolina y diésel se gravaran con una TASA que va a calcular mes con mes.

      Bebidas energizantes se gravaran con una TASA del 25%

      Bebidas saborizadas (concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores) se gravaran con una CUOTA de $1 por litro.

      Combustibles (exceptuando gasolina y diésel) se gravaran con una CUOTA POR LITRO, PESO O CENTAVO)

      Plaguicidas se gravaran con una TASA en base al peligro de toxicidad aguda conforme a la siguiente tabla:

      Categorías de peligro de toxicidad aguda

      Vía de exposición Categoría 1 Categoría 2 Categoría 3 Categoría 4 Categoría 5
      Oral (mg/kg) 5 50 300 2000 5000
      Dérmica (mg/kg) 50 200 1000 2000
      Inhalatoria Gases (ppmv) 100 500 2500 5000
      Inhalatoria Vapores (mg/l) 0,5 2 10 20
      Inhalatoria polvos y nieblas (mg/l) 0,05 0,5 1 5
      Tasa 9% 9%> 7% 6%

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    • Alimentos de alto contenido calórico (botanas, confitería, flanes, dulces de frutas, cremas de cacahuate, avellanas, dulces de leche, alimentos que se preparan a base de cereales, helados, nieves, paletas, etc.) se gravaran con una TASA de 8% por cada 100g o una densidad de 275kc.
    • Como ya había mencionado el IEPS es un impuesto que las autoridades pueden utilizar para desincentivar algunas conductas de los gobernados, apoyando así una política que implemente o pretenda implementar el Estado, aquí encontramos un claro ejemplo de ello, con la imposición de este impuesto pretende disminuir el consumo de bebidas alcohólicas, tabaco y alimentos de alto contenido calórico (comidas «chatarra») para evitar las consecuencias que tienen para la salud, por ejemplo.

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