El Igv Es Un Impuesto Que Graba?

El Igv Es Un Impuesto Que Graba
El Igv Es Un Impuesto Que Graba El IGV o Impuesto General a las Ventas es el impuesto que grava toda la comercialización de venta de bienes y servicios que se realizan en Perú. >> Cambia dólares y soles con el mejor tipo de cambio ¡ahora! Este tributo es asumido por el consumidor final, persona natural o jurídica, y es el precio de compra de los productos que adquiere. Es decir, se aplica sobre el monto acordado a pagar, lo que da como resultado el «monto total» o «precio de la venta». ¿Cuál es la tasa del IGV? El impuesto establecido por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Triburia (SUNAT) tiene la tasa de 16%, a la cual se le incluye el 2% por Impuesto Promoción Municipal, dando un total de 18% que se aplica sobre el monto pactado. Debido a este porcentage, el IGV en Perú es el cuarto más alto en toda Latinoamérica. Tipos de IGV

  • IGV por cobrar: es el porcentaje que el comerciante tiene derecho a recuperar en todas las ventas que realiza.
  • IGV por pagar: impuesto final que el comerciante tiene derecho a cobrar a los consumidores en cada producto o servicio. Lo obtenido de impuestos, deberá pagarlo al Estado.
  • IGV por acreditar: este porcentaje proviene de las compras que realiza una empresa, pero que todavía no han sido pagadas.
  • IGV por traslado: se aplica a las ventas a crédito, pero no se cobra hasta que se haga de forma física (con factura) al cliente.
  • IGV acreditable: se aplica a las empresas que realizan compras al contado a las que se les abona una parte del IGV acreditable en el caso de que devuelvan la mercancía o de que logren venderla con IGV incluido a sus clientes.

Operaciones afectas al IGV

  1. Venta de bienes muebles en el país.
  2. Prestación o utilización de servicios en el país.
  3. Contratos de construcción en territorio peruano.
  4. Primera venta de inmuebles que realicen los constuctores.
  5. Importación de bienes

Operaciones no gravadas por el IGV

  1. Bienes donados a entidades religiosas.
  2. Bienes de uso personal o utencilios del hogar que se importen liberados de derechos aduaneros por dispositivos legales.
  3. Bienes con financiación de donaciones del exterior.
  4. Servicios prestados por las Administradoras de Fondos de Pensiones Privadas.
  5. Los intereses y ganancias de capital generados por cedes del Banco Central de Reserva de Perú.

Declaración y Pago del IGV Cuando el contribuyente debe presentar una declaración jurada sobre las operaciones que fueron gravadas y exoneradas, lo debe hacer en el período tributario del mes anterior.

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¿Qué grava el IGV Perú?

Es el impuesto que debes pagar cuando compras bienes muebles o cuando una empresa te presta sus servicios, tanto como persona natural o jurídica. El IGV se aplica sobre el monto acordado a pagar, lo que da como resultado el «monto total a pagar», llamado también «precio de venta».

  1. Tasa del IGV La tasa es de 16%, a la cual se le incluye el 2% por Impuesto de Promoción Municipal, dando un total de 18% que se aplica sobre el monto pactado.
  2. Ejemplo: Luis vende artículos para computadoras y acuerda con María en venderle unos accesorios por el monto S/.2,000 más IGV.
  3. Por lo tanto, a los S/ 2,000 se le debe sumar S/.360 de IGV, dando un total a pagar de S/.2,360 como precio de venta.

Operaciones afectas al IGV:

Venta de bienes muebles en el país, bajo cualquier modalidad. Prestación o utilización de servicios en el país. Contratos de construcción en territorio peruano. Primera venta de inmuebles que realicen los constructores. Importación de bienes.

Último cambio 16 enero 2022

¿Qué productos están gravados con el IGV?

El MEF publica el listado de principales insumos para la producción de alimentos exonerados del IGV –

• La medida propiciaría que las exoneraciones del IGV en los productos de la canasta básica familiar se reflejen en los precios finales a los consumidores.

Lima, 30 de abril de 2022.- El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó las disposiciones complementarias a la Ley Nº 31452, que exonera del Impuesto General a las Ventas (IGV) a los alimentos de la canasta básica familiar, donde se precisan los principales insumos para la producción de tales alimentos que también serán exonerados.

  1. Asimismo, se precisó que el IGV generado por comercializar y/o importar tales insumos podrá ser aplicado como crédito fiscal.
  2. Las disposiciones acogen las propuestas de especialistas tributarios, para aplicar mecanismos que favorezcan que las exoneraciones a los alimentos se reflejen en los precios finales para los consumidores.

Asimismo, para identificar a los principales insumos considerados en estas medidas complementarias se contó con el aporte de diferentes estudios, investigaciones universitarias, e información remitida por algunos gremios y asociaciones empresariales, como la Asociación Peruana de Avicultura (APA) y la Sociedad Nacional de Industrias (SNI).

Además, se han considerado los siguientes criterios concurrentes para determinar los principales insumos: i) estos tengan una participación preponderante en la estructura de costos de producción; ii) los bienes cuya adquisición y/o importación estén gravados con IGV; y, iii) el insumo sea usado directamente en la elaboración y/o fabricación del bien exonerado o que sean indispensables para su distribución/comercialización.

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La norma otorga crédito fiscal a los principales insumos requeridos en el proceso productivo de los bienes que temporalmente se exonerarán del IGV, a fin de que no incremente el costo final del bien. En la lista se consideraron a los insumos de la carne de pollo y huevos: pollos bebé, pollos vivos de mayor tamaño, maíz amarillo duro, almidón de maíz, grasas y aceite de pescado, aceite de soya en bruto y fracciones, y preparaciones alimenticias de harina y de concentrado de soya, entre otros.

  1. También se consideraron a los insumos de los fideos (trigo duro y harina de trigo); del pan (trigo, harina de trigo, mezclas para la preparación de productos de panadería, levadura, mejoradores de panificación y salvado); y del azúcar (caña de azúcar).
  2. Esta exoneración del IGV a los principales alimentos de la canasta básica familiar, publicada el 14 de abril de 2022, aplica desde el 1 de mayo hasta el 31 de julio de 2022.

Esto es por un período no mayor a 3 meses. Se trata de una medida extraordinaria para atenuar el impacto inflacionario generado por la coyuntura económica internacional de importantes alimentos que forman parte de la canasta básica familiar, los cuales han experimentado un aumento de precios en los últimos meses.

¿Qué son las operaciones no gravadas con el IGV?

El Igv Es Un Impuesto Que Graba Se debe tener en cuenta la diferencia entre las inafectaciones y las exoneraciones, en este sentido tenemos que, una exoneración es la dispensa o desgravación de la carga tributaria a través de la cual, se busca disminuir de forma parcial o total el monto de la obligación tributaria.

  1. La diferencia radica en que en la exoneración se materializa o produce el hecho imponible, pero mediante una norma se libera la carga tributaria total o parcialmente por un determinado periodo de tiempo ya que son temporales, de acuerdo a lo dispuesto en el Código Tributario.
  2. En cuanto a la inafectación no se materializa el hecho imponible.

La venta de los siguientes bienes se encuentra exonerada:

Productos agrícolas. Primera venta de inmuebles que realicen los constructores, siempre que estén destinados para la vivienda. Importación de bienes culturales que integren el Patrimonio Cultural de la Nación. Importación de obras de arte originales y únicas creadas por artistas peruanos realizadas o exhibidas en el exterior. La importación y/o venta en el país de los libros y productos editoriales afines.

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Leer más: MEF transfiere S/ 421.7 millones a gobiernos regionales y locales Leer más: Principio de territorialidad del Impuesto General a las Ventas La prestación de los siguientes servicios se encuentra exonerada del IGV, los cuales son:

El servicio de transporte público de pasajeros dentro del país, exceptuando el transporte público ferroviario de pasajeros y el transporte aéreo.

    El servicio del sistema eléctrico de transporte masivo de Lima y Callao. Servicios de transporte de carga que se realicen desde el país hacia el exterior y el que se realice desde el exterior hacia el país. Espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica, ópera, opereta, ballet, circo y folclore nacional, calificados como espectáculos públicos culturales por la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura. Servicios de expendio de comidas y bebidas prestados en los comedores populares y comedores de universidades públicas. Las pólizas de seguro del Programa de Seguro de Crédito para la Pequeña Empresa. La construcción y reparación de las Unidades de las Fuerzas Navales y Establecimiento Naval Terrestre de la Marina de Guerra del Perú que efectúen los Servicios Industriales de la Marina. Los intereses que se perciban, con ocasión del cobro de la cartera de créditos transferidos por Empresas de Operaciones Múltiples del Sistema Financiero a que se refiere el literal A del Artículo 16 de la Ley Nº 26702, a las Sociedades Titulizadoras, a los Patrimonios de Propósito Exclusivo o a los Fondos de Inversión, a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 861 y el Decreto Legislativo N° 862, según corresponda, y que integran el activo de la referida sociedad o de los mencionados patrimonios. Los ingresos que perciba el Fondo MIVIVIENDA por las operaciones de crédito que realice con entidades bancarias y financieras que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros.

    ¿Cuáles son las operaciones no gravadas con el IGV?

    No están gravadas con el impuesto entre otras las siguientes operaciones : La exportación de bienes, la exportación de servicios, así como los contratos de construcción ejecutados en el exterior.

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