El Iae Es Un Impuesto Al Que Están Sometidas?

El Iae Es Un Impuesto Al Que Están Sometidas
El Impuesto de Actividades Económicas (IAE) es obligatorio para todos las empresas y autónomos que realicen actividades por cuenta propia. Cuando te das de alta como autónomo también debes hacerlo en el IAE. A través del modelo 036 o 037, seleccionas el epígrafe del IAE al que corresponda tu actividad. Se trata de un impuesto obligatorio, pero la ley recoge determinadas exenciones.

¿Qué impuesto es el IAE?

El Impuesto sobre Actividades Económicas ( IAE ) es el impuesto que grava cualquier actividad económica que tiene lugar en España, independientemente del sector al que pertenezca y de los ingresos que genere.

¿Qué es el IAE y quién lo paga?

¿Quién paga el IAE? – El IAE lo pagan tanto las personas físicas (autónomos, profesionales), como las jurídicas (entidades, sociedades). Existe una exención general que exime del impuesto a las empresas o autónomos cuyo importe total neto de su cifra de negocios (sus ingresos) sean inferiores a 1 millón de euros.

¿Quién está sujeto al IAE?

3.2. EXENCIONES Y SUJETO PASIVO – Se configuran como sujeto pasivo de este impuesto las personas físicas, jurídicas y entidades del artículo 35.4 de la LGT, siempre que realicen en territorio nacional cualquiera de las actividades que originan el hecho imponible.

Administraciones públicas, sus organismos autónomos y entidades de análogo carácter. Inicio de actividad económica (durante los dos periodos impositivos). Pequeñas y medianas empresas, Entidades gestoras de la Seguridad Social y mutualidades de previsión social. Organismos públicos de investigación y establecimientos de enseñanza. Asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro. Cruz Roja Española. Tratados y convenios internacionales. Situaciones de emergencia. Entidades sin fines lucrativos. Banco de España. Autoridades portuarias y puertos del Estado. Comunidades de aguas y heredamientos de Canarias. Consejo Internacional de Supervisión Pública en Estándares de Auditoría, Ética Profesional y Materias Relacionadas.

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¿Qué grava el IAE?

Introducción al IAE ¿Qué es? – EL IAE es un impuesto de carácter local que grava la realización de una actividad económica en territorio nacional, ya sea esta actividad de tipo empresarial, profesional o artística. Es un tributo directo, real y obligatorio.

¿Cuando se está obligado a pagar el IAE?

¿Cuándo hay que pagar el IAE? – El impuesto se devenga siempre el día 1 de enero de cada año, coincidiendo el periodo impositivo con el año natural, excepto en los casos de declaraciones de alta, en cuyo caso abarcará desde la fecha de comienzo de la actividad hasta el final del año natural.

El artículo 62.3 de la Ley General Tributaria confiere a la Administración tributaria competente la facultad de modificar el plazo de ingreso en período voluntario, siempre que dicho plazo no sea inferior a dos meses. En dicho artículo se especifica que el pago en período voluntario de las deudas de notificación colectiva y periódica que no tengan establecido otro plazo en sus normas reguladoras deberá efectuarse en el período comprendido entre el día 1 de septiembre y el 20 de noviembre o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Sin embargo, al igual que en años anteriores, la Resolución de 10 de junio de 2016 (BOE de 15 de junio de 2016), del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del IAE del ejercicio 2016, relativos a las cuotas nacionales y provinciales, quedando fijado desde el 15 de septiembre hasta el 21 de noviembre de 2016, ambos inclusive.

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Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, los ayuntamientos, como Administraciones tributarias competentes, determinan en las ordenanzas fiscales las fechas de pago de los impuestos, incluyendo el IAE ; por ejemplo, en el Ayuntamiento de Madrid, el plazo abarca desde el 1 de octubre al 30 de noviembre de 2016 en el de Barcelona del 1 de octubre al 1 de diciembre de 2016 y en el de Valencia, del 1 de septiembre al 31 de octubre.

Finalizado el periodo de pago voluntario, la deuda será exigida en vía ejecutiva con el recargo y los intereses de demora correspondientes. Además del IAE, los ayuntamientos pueden exigir o establecer, como el incremento sobre el valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía), el IBI, así como diferentes tasas y precios públicos. El Iae Es Un Impuesto Al Que Están Sometidas

¿Cuándo hay que pagar IAE?

¿Cómo hay que pagar el IAE? – Si llegas al tercer año de tu actividad y la cifra neta de negocio supera el millón de euros, estarás obligado a tributar por el IAE. Deberás informar a la Agencia Tributaria a través del modelo 840, utilizado para darte de alta o baja del impuesto.

  1. El cálculo del IAE varía en función del ámbito territorial en el que vas a desarrollar tu actividad y de la naturaleza de la misma.
  2. Según el tipo de actividad, el impuesto se pagará en el ámbito local, provincial o estatal.
  3. Es como declarar a Hacienda dónde vas a ejercer tu negocio.
  4. Así que, dependiendo de la cuota, tendrás derecho a ejercerlo a nivel local, provincial o nacional.

Por ejemplo, si tienes un establecimiento, solo deberás pagar el IAE en el ayuntamiento en el que esté el local. Otro caso sería el de una empresa que ofrece servicios a los municipios de una provincia. En este caso deberías pagar el impuesto a nivel provincial.

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¿Cuáles actividades llevan impuestos?

Se encuentran exentos del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), los siguientes servicios: –

Servicios financieros, incluyendo seguros.Servicios de planes de pensiones y jubilaciones.Servicios de transporte terrestre de personas y de carga.Servicios de electricidad, agua y recogida de basura.Servicios de alquiler de viviendas.Servicios de salud.Servicios educativos y culturales.Servicios funerarios.Servicios de salones de belleza y peluquerías.

¿Dónde se contabiliza el Impuesto de Actividades Económicas?

Puedes llevarlo por Acreedores previamente, si quieres. Pero se suele hacer directamente de gastos a Tesoreria (631/57*). Lo bién hecho, es abrir una cuenta de Acrredores para el Ayuntamiento. Pero ya digo, eso dependerá del «puritanismo» que goce cuerpo.

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