Monto de Cálculo del Impuesto Único de Segunda Categoría | ||
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Monto de la renta líquida imponible | Tasa de Impuesto Efectiva, máxima por cada tramo de Renta | |
$ 1.204.000,01 | $ 1.685.600,00 | 7,09% |
$ 1.685.600,01 | $ 2.167.200,00 | 10,62% |
$ 2.167.200,01 | $ 2.889.600,00 | 15,57% |
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¿Cuáles son los sueldos que pagan impuestos en Chile?
¿Qué sueldos pagarían más impuestos? – El proyecto de reforma establece que » más del 97% de los contribuyentes mantendrán su carga tributaria, incluyendo el 75% de personas que se encuentran en el tramo exento del impuesto a la renta». Este mencionado 75% de personas está compuesto por trabajadoras y trabajadores con ingresos menores a 13,5 UTA (Unidad Tributaria Anual) o con sueldos mensuales de hasta $777.000.
Esta agrupación está exenta, por lo que continuarán no pagando impuestos si es que se aprueba la reforma tributaria del Gobierno. Los que seguirán pagando los mismos impuestos son los empleados con remuneraciones entre $777.000 y $4.030.000, cuyo gravamen es diferenciado: mientas más sea el ingreso, mayor es el impuesto.
En lo que hay que prestar atención es en lo que sucedería con los sueldos mayores a $4.030.000, dado que a esas personas se les incrementará la tasa marginal de impuesto, siendo levemente mayor si es que se compara a la actual tributación que pagan actualmente. Estos serían los impuestos que propone la reforma tributaria del Gobierno.
¿Quién no paga impuestos en Chile?
En 2020 la cifra subió a 2,5 millones, para un universo de 10,2 millones de contribuyentes. La gran mayoría está en el tramo que paga un 4% y solo 67 mil personas se ubican en la tasa máxima de 40%. Las rentas de hasta $ 786 mil hoy están exentas del pago.
¿Cómo saber si debo declarar renta 2022?
Topes para declarar renta en 2022 – Las personas naturales que cumplan con alguna de las siguientes condiciones deben declarar el impuesto sobre la renta 2022:
Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2021 sea igual o superior a $163.386.000 Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $50.831.000 Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $50.831.000 Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $50.831.000 Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $50.831.000
Con estos datos, podrás saber si debes declarar o no en el 2022.
¿Cuánto es Impuesto a la Renta 2022?
Declaración Jurada N°1879 – Esta declaración es sobre el «Registro Anual sobre Retenciones efectuadas conforme a los artículos 42 N° 2 y 48 de la Ley sobre Impuesto a la Renta». La Resolución Exenta N°98 plantea los siguientes cambios:
Refleja cambios en su formato y contenido. El vencimiento es el 28 de marzo del 2022.
En la resolución se encontrarán:
Anexos N°1 : Acá encontrarás el nuevo formato de la DDJJ N°1879. Anexo N°2 : Incluye las instrucciones de llenado de la Declaración Jurada N°1879.
Cabe señalar que la retención de impuesto de segunda categoría viene con cambios en su porcentaje, por lo que al año 2021 se consideraban 11.5% y ya para el año 2022 su retención será del 12,25%, donde este último se verá reflejado en año comercial 2022 y AT 2023. Dentro de los antecedentes que se deben tener en cuenta en esta modificación se encuentran:
Se elimina la columna que hacía referencia a «Honorarios y otros», relacionados a los trabajadores del arte y el espectáculo. Se incorpora la columna que solicitará información relacionada al 3% del préstamo con tasa cero, Se elimina la obligatoriedad de parte de los empleadores de presentar la DDJJ 1879, ya sea por rentas pagadas a trabajadores de artes y espectáculos, regidos por los artículos 145 A y ss. del Código del Trabajo, apelando a la modificación de la Resolución Exenta N°86 del septiembre 2018.
¿Quién tiene obligación de declarar?
Están obligados a declarar todos los contribuyentes personas físicas residentes en España, excepto los que hayan percibido, exclusivamente, rentas procedentes de:
- Rendimientos del trabajo personal, iguales o inferiores a 22.000 euros anuales:
- Siempre que procedan de un solo pagador.
- Cuando existan varios pagadores, siempre que la suma del segundo y posteriores por orden de cuantía no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros.
- Cuando los únicos rendimientos de trabajo consistan en prestaciones pasivas (pensiones de la Seguridad Social y de clases pasivas, prestaciones de planes de pensiones, seguros colectivos, mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial, Planes de previsión asegurados y prestaciones de seguros de dependencia), siempre que la determinación del tipo de retención aplicable se hubiera realizado de acuerdo con el procedimiento especial reglamentariamente establecido (a solicitud del contribuyente mediante presentación del modelo 146).
El límite se fija en 12.643 euros anuales, salvo para los contribuyentes fallecidos con anterioridad al 5 de julio de 2018, que se mantiene en el límite de 12.000 euros, en los siguientes supuestos:
- Cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes por orden de cuantía superen la cantidad de 1.500 euros anuales.
- Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
- Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
- Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención. Tienen esta consideración en 2018 el tipo de retención del 35 por 100 o del 19 por 100 (cuando los rendimientos procedan de entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 100.000 euros) aplicable a las retribuciones percibidas por la condición de administradores y miembros de los Consejos de Administración, de las Juntas que hagan sus veces y demás miembros de otros órganos representativos, así como el tipo de retención del 15 por 100 aplicable a los rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación.
- Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales. Se excluye del límite conjunto de 1.600 euros anuales a las ganancias patrimoniales procedentes de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva en las que la base de retención no proceda determinarla por la cuantía a integrar en la base imponible. Cuando la base de retención no se haya determinado en función de la cuantía a integrar en la base imponible la ganancia patrimonial obtenida procedente de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva no podrá computarse como ganancia patrimonial sometida a retención o ingreso a cuenta a efectos de los límites excluyentes de la obligación de declarar.
¿Quién paga impuestos y quién no?
El presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, Francisco Macías, explicó que si bien en general los contribuyentes pagan una tasa de 30% por el ISR, los asalariados tienen deducciones más limitadas. En México, las personas físicas, sobre todo los asalariados, son los que pagan más impuestos.
El presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, Francisco Macías, explicó que si bien en general los contribuyentes pagan una tasa de 30% por el ISR, los asalariados tienen deducciones más limitadas. Indicó que las empresas tienen más posibilidades de deducir y lo hacen de acuerdo con su actividad.
Éstas pueden ser propias y normales sobre sus costos, es decir, gastos que tienen que ver con el sector en el que se desempeñan. También gozan de exenciones, estímulos y otro tipo de regímenes especiales autorizados para disminuir la carga impositiva.
Las personas físicas y morales, aunque no todas, pagan impuestos de reciente creación como el IETU y el que grava los depósitos en efectivo IDE. Por consumo todos pagan el IVA, pero la tasa cero permite solicitar devoluciones que sólo aprovechan las empresas. En el primer trimestre el fisco devolvió por IVA 56,089 millones de pesos, casi cuatro veces lo que recaudó por el IETU.
También se paga un tributo especial sobre IEPS en gasolinas, tabacos, bebidas alcohólicas, cervezas, telecomunicaciones y bebidas energizantes. En el primer trimestre del año el gobierno obtuvo ingresos por el ISR de 195,758 millones de pesos, de los cuales 81,748 millones correspondieron a lo que pagaron las empresas y 93,230 millones de pesos por retenciones de salarios, según Hacienda.
¿Cómo evadir impuestos en Chile?
Como Pagar Menos Impuestos en Chile como Empresa: – En esta ocasión veremos la estrategia utilizando el Régimen Pro Pyme Transparente:
- Constituye una Sociedad (Recomendamos Sociedad por Acciones)Elige el Régimen Pro PYME TransparenteRevisa tu nivel de Ingreso Anual de Impuesto Global ComplementarioAplica la Excención del Impuesto a la Renta de tu SpA y Paga Solo Impuesto Global Complementario a través de los Accionistas (Sociedad no paga el 25%)Adelanta Pagos Previsionales Mensuales para Aumentar el Beneficio
Probablemente muchas veces nos hemos preguntado como pagar menos impuestos en Chile, como pagar menos impuestos sin evadir o como pagar menos renta, por ello, hoy veremos como crear una empresa para pagar menos impuestos, Incluso veremos como pagar 0% de Impuesto a la Renta.
- Todo lo anterior a través de una estrategia inteligente.
- Disclaimer : el siguiente Blog no constituye una asesoría legal y tiene fines ilustrativos.
- Para aplicar la siguiente estrategia, recomendamos siempre asesorarse por abogados tributarios y/o contadores auditores expertos en la materia.
- No dudes en ponerte en contacto con nuestros expertos para aplicar estas estrategias, haciendo click aquí, o bien llama al +569 9884 63 48,
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