Como Hacer Un Impuesto De Sociedades?

Como Hacer Un Impuesto De Sociedades
¿Cómo se hace el Impuesto de Sociedades? – El impuesto de sociedades se calcula sobre los ingresos menos los gastos (resultado contable de la sociedad). Debe presentarse entre los dias 1 y 25 del mes de Julio cada año. A pesar de no haber tenido actividad hay que presentar dicho impuesto.

¿Cuál es el modelo para el impuesto de sociedades?

El modelo 200 y 202 son los modelos mediante los que declarar el Impuesto de Sociedades, te explicamos como cumplimentarlos. El impuesto de sociedades es el tributo por el cual se gravan los beneficios de las sociedades empresariales, Este impuesto se declara a través del modelo 200 y 202,

A pesar de que ambos tienen la misma finalidad, se utilizan de forma diferente, por lo que en este artículo te explicaremos las condiciones en las que debes utilizar cada uno y cómo y cuándo tienes que presentar el modelo 200 y 202. Modelo 200 El modelo 200 sirve para realizar la declaración o liquidación anual del Impuesto de Sociedades,

Todos los contribuyentes del impuesto de sociedades deberán presentar este modelo y deberá ir firmado por él o los representantes de la empresa con la potestad para hacerlo. Los integrantes de los grupos fiscales y las cooperativas deberán presentar el modelo 200 de forma individual,

  1. Si te preguntas cuándo se presenta el modelo 200 debes saber que tienes que hacerlo entre los días 1 y 25 de julio de cada año, y desde hace unos años solo puede presentarse de forma telemática,
  2. Cómo rellenar el modelo 200 paso a paso Para cumplimentar adecuadamente el modelo 200 debes seguir los siguientes pasos : ● Indica el NIF, la razón social de tu empresa y el resto de códigos identificativos que se te requieran.
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● Señala cuál es período impositivo por el que estás realizando la declaración, existen tres posibilidades: el período impositivo de un año que coincide con el año natural, el período impositivo de un año que no coincide con el año natural y el período impositivo inferior a un año,

  1. También deberás señalar las fechas en las que este empieza y acaba,
  2. Escribe tu código de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), el código de cuatro caracteres mediante el que señalas la principal actividad económica de tu negocio y que tiene que coincidir con la actividad económica de la que estés reportando un mayor número de operaciones.

● Marca con una X el tipo de entidad en el que se enmarca tu empresa, el régimen que se te aplica, el número de empleados, si perteneces a un grupo de sociedades o no y el estado de tus cuentas, Por último deberás escribir la fecha y firmar, Recuerda que, como ya hemos dicho, solo un representante autorizado de la empresa podrá firmar el modelo 200.

  1. Cómo se contabiliza el modelo 200 Una vez hayas rellenado esta primera parte, pasarás a declarar el balance y la cuenta de pérdidas y ganancias, donde deberás contabilizar el modelo 200, cuyo resultado será lo que deberás pagar o recibir por el impuesto de sociedades.
  2. Para calcularlo, primero tienes que tener el resultado del cierre contable, que es la base del impuesto de sociedades,

Se calcula restando los gastos a los beneficios durante el periodo de tiempo correspondiente y aplicando al resultado los ajustes y las correcciones necesarias, lo que implicará restar los gastos no deducibles, El resultado de esto será el resultado corregido que, al multiplicarlo por el tipo impositivo que te corresponda te dará la cuota íntegra,

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¿Quién tiene que hacer el modelo 200?

¿Qué es el Modelo 200? – El Modelo 200 es la declaración o liquidación del Impuesto sobre Sociedades (IS); aquel que se aplica sobre los beneficios que obtienen las empresas. Es el caso de:

Sociedades Mercantiles: SA, SL, Colectivas, Laborales Sociedades Estatales, Autonómicas, Provinciales y Locales. Agrupaciones de Interés Económico. Fondos de Inversión Inmobiliaria (FII). Uniones temporales de empresas. Fondos de Capital Riesgo (VC). Fondos de Pensiones.

Existen excepciones para este impuesto según la Ley del Impuesto de Sociedades, que afectan a: El estado, las comunidades autónomas, las entidades locales, banco de España. Fondo de garantía de depósitos de entidades de crédito, instituto de España Parcialmente exentas estarán entidades sin ánimo de lucro, uniones, federaciones, colegios profesionales, cámaras oficiales, sindicatos de trabajadores que: Sus ingresos totales no superen los 100.000€ anuales.

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