Conoce tus obligaciones como asalariado y como cumplir con ellas – Cumple tus obligaciones como asalariado Conoce las obligaciones fiscales que debes cumplir:
Inscribirte en el RFC. Debes proporcionar los datos y documentos necesarios (como el acta de nacimiento) a tu patrón para que te inscriba o puedes realizar el trámite de forma personal o por internet.
Comprueba que tu patrón te inscriba al RFC desde el momento en que empieces a trabajar. -Mantén actualizada tu información ante el RFC, en los casos de:
Cambio de domicilio. Debes presentar tu aviso de cambio de domicilio por internet, donde actualizarás los datos de tu nueva dirección. Aumento o disminución de obligaciones. Puedes realizar este trámite cuando cambies de actividad económica o modifiques una obligación, como presentación de declaraciones. El trámite lo puedes iniciar y concluir por internet. Suspensión de actividades. Cuando interrumpas tus actividades económicas. El trámite lo puedes iniciar y concluir por internet. Reanudación de actividades. Después de estar en suspensión de actividades y vuelvas a realizar alguna actividad económica o tengas alguna obligación fiscal periódica de pago, por si o por cuenta de terceros. El trámite lo puedes iniciar y concluir por internet.
-Presentar tu declaración anual Durante el mes de abril de cada ejercicio, en los siguientes supuestos:
Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año. Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aún cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu Declaración Anual. Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate. Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales. Si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios. Si percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.
Estas exento de presentar Declaración Anual, si te ubicas en cualquiera de los siguientes supuestos:
Obtuviste ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón (incluso si dichos ingresos rebasaron los $400,000.00 pesos), siempre que te haya emitido CFDI de nómina por la totalidad de los ingresos y no te resulte impuesto a cargo en la declaración anual. Obtuviste ingresos por salarios y también por intereses nominales que no hayan excedido de $20,000.00 de Instituciones que componen el Sistema Financiero.
Para mayor información ingresa a las «Disposiciones Fiscales aplicables al régimen de asalariados», donde podrás consultar específicamente los ordenamientos jurídicos de tu actividad.
¿Cuándo tengo que declarar ante el SAT?
Artículo 150 Declaración anual. – Las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario, a excepción de los exentos y de aquéllos por los que se haya pagado impuesto definitivo, están obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril del año siguiente, ante las oficinas autorizadas.
Podrán optar por no presentar la declaración a que se refiere el párrafo anterior, las personas físicas que únicamente obtengan ingresos acumulables en el ejercicio por los conceptos señalados en los Capítulos I y VI de este Título, cuya suma no exceda de $400,000.00, siempre que los ingresos por concepto de intereses reales no excedan de $100,000.00 y sobre dichos ingresos se haya aplicado la retención a que se refiere el primer párrafo del artículo 135 de esta Ley.
En la declaración a que se refiere el primer párrafo de este artículo, los contribuyentes que en el ejercicio que se declara hayan obtenido ingresos totales, incluyendo aquéllos por los que no se esté obligado al pago de este impuesto y por los que se pagó el impuesto definitivo, superiores a $500,000.00 deberán declarar la totalidad de sus ingresos, incluidos aquéllos por los que no se esté obligado al pago de este impuesto en los términos de las fracciones XVII, XIX, inciso a) y XXII del artículo 93 de esta Ley y por los que se haya pagado impuesto definitivo en los términos del artículo 138 de la misma.
¿Qué pasa si no declaro mis ingresos?
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- Qué pasa si no hago mi declaración anual?
Descubre la respuesta a una de las preguntas que más se hacen los contribuyentes: «¿qué pasa si no hago mi declaración anual?» Para muchas personas físicas el 30 de abril es una fecha significativa, pues si tienen hijos pueden celebrar junto con ellos el día del niño, pero también es la fecha límite presentar su declaración anual de impuestos.
- Es decir que una persona física deberá antes de esta fecha haber realizado el trámite necesario ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para hacer su contribución fiscal.
- La importancia de la declaración anual Cuando hablamos de la Declaración Anual, nos referimos al documento oficial en el que los contribuyentes hacen un reporte o informe de sus operaciones realizadas en el año que ha finalizado.
Este tipo de obligación es importante debido a lo que representa para el SAT.
- El SAT exige este reporte para tener mejor control y estar informado sobre las operaciones de sus contribuyentes.
- De esta manera pueden gestionar mejor todos los procesos.
- Al mejorar los procesos, es posible incrementar la recaudación.
Para los contribuyentes es importante pues le ayuda a conocer el desempeño de su empresa o actividad económica, debido al análisis que deben hacer para presentar la declaración anual. ¿Cuándo se hacen las declaraciones anuales? Para las empresas la fecha es distinta que para las personas físicas.
- Hayan obtenido ingresos por prestar servicios profesionales.
- Rentaron bienes inmuebles.
- Realizaron actividades empresariales.
- Obtuvieron beneficios por la enajenación y adquisición de bienes.
- Si percibieron ganancias por intereses.
- Si recibieron ingresos mayores a 400,000 pesos durante el año.
¿Qué pasa si no hago mi declaración anual? No hay vuelta atrás: quienes tengan que cumplir con obligaciones fiscales y no lo hagan, pueden hacerse acreedores a problemas posteriores. El contribuyente que falle puede enfrentar dos tipos de multas:
- Por no presentar su Declaración Anual en caso de tener que hacerla.
- Por cada una de las obligaciones incumplidas.
Las sanciones por obligación no declarada :
- Van desde los 1,400 pesos, hasta los 17,370 pesos.
- Por cada obligación presentada fuera del plazo, o por incumplir requerimientos pueden tener una multa por no presentar la Declaración Anual que va desde los 1,400 pesos a los 34,730 pesos.
- Si el contribuyente está obligado a presentar sus declaraciones por Internet y no lo hace, lo realiza fuera de plazo o no cumple con los requerimientos, puede derivar en una multa que va desde los 14,230 a los 28,490 pesos.
- Las multas deben ser pagadas en tiempo y forma.
¿Cómo saber si le debo al SAT 2022?
Fundamento Legal –
- Código Fiscal de la Federación, Artículos: 2, 4, 6, 17-A, 18, 20, 21, 31 párrafos primero y segundo, y 65.
- Resolución Miscelánea Fiscal vigente, Anexo 1-A, ficha de trámite 44/CFF.
Iniciar
- Da clic en el botón «INICIAR».
- Registra en Mi Portal, tu RFC, Contraseña y elige Iniciar Sesión.
- Ingresa al apartado Créditos Fiscales / Servicios / Formato para pago (total) y aparecerá un listado de los créditos que tienes pendientes de pago; sobre el recuadro selecciona uno o más créditos fiscales que desees pagar.
- Selecciona el botón Generar formato para pago, o Cancelar en caso necesario.
- Guárdalo o imprímelo para su pago.
- Consulta la sección Información Adicional, para que conozcas otras modalidades para obtener tu formato para pago de contribuciones federales (línea de captura).
¿Cuánto tengo que ganar para declarar renta en Colombia?
Estás obligado a presentar la Declaración de Renta para personas naturales residentes por el año gravable 2020 si cumpliste con alguna de las siguientes condiciones:
Tener un patrimonio bruto superior a 4500 UVT ($160.232.000) a 31 de diciembre de 2020. Haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020. Haber realizado consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1400 UVT ($ 49.850.000) durante el año 2020. Haber realizado compras y consumos totales superiores a mil cuatrocientas 1400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020. Haber realizado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a mil cuatrocientas 1400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020. Ser responsable del IVA al cierre del año gravable 2020.
¿Cómo saber si tengo que declarar renta el salvador?
TuSalario.org/ElSalvador. Impuestos. Declaración de la renta. Quiénes deben presentarla y quiénes están exentos. ¿Quiénes deben declarar el impuesto sobre la renta? Los salvadoreños con un salario anual igual o mayor a $60.000 están obligados a presentar la declaración de la renta.
¿Quiénes está exentos del pago? Quienes ganan hasta $4.064 están exentos, según lo estableció la reforma tributaria que el Gobierno realizó en 2010. Con ese salario está en el Tramo I de la tabla y, según la reforma, la empresa no tuvo que haberle retenido ningún porcentaje de renta de su salario el año anterior.
También deben despreocuparse de hacer la presentación quienes tuvieron un salario anual que va desde los $4,064.01 hasta los $9,142.86. Aunque el Gobierno le descontó 10 % de su salario cada mes, más una cuota fija, se encuentra en el Tramo II que establece las cifras sobre las cuales Hacienda le descontó la renta más una cantidad fija.
- ¿Cómo se hace realiza la declaración de impuesto sobre la renta? Si es empleado en relación de dependencia, su empresa debe entregarle una hoja en la que le notifican cuál ha sido el salario total que recibió durante el año anterior.
- Con la constancia de pago anual de su empresa, puede verificar si está totalmente exento de pagar impuestos o si se le descontó algún porcentaje.
La presentación puede hacerse por Internet. Ante la duda, puede verificar la información en la página web www.mh.gob.sv ¿Qué ocurre si tengo saldo a favor? Si al hacer el trámite surge que tiene saldo a su favor, puede decidir si presenta la declaración.