Como Calcular Pension Viudedad?

Como Calcular Pension Viudedad
Para calcular la pensión de viudedad se parte de la base reguladora, que varía según el causante sea un pensionista o un trabajador en activo, a la que se aplica un porcentaje del 52%, 60% o 70%, a la que se suma el complemento por maternidad. Posteriormente se complementa en su caso con los topes mínimos.

¿Cuando el esposo muere la pensión pasa a la esposa?

La pensión de viudez se otorga a la viuda esposa y a falta de ésta a la concubina del asegurado o pensionado fallecido en los seguros de Riesgos de Trabajo, Invalidez, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez.

¿Cuál es la pensión mínima de viudedad?

Pensiones mínimas – La pensión media de jubilación del sistema se sitúa en 1.245,90 euros, un 5,40% más que un año antes. En la Minería del Carbón, la media de jubilación mensual se sitúa en 2.431,73 euros y para el Régimen del Mar se actualizaría a 1.385,03 euros.

  1. Jubilación con 65 años o más : la mínima de jubilación para titulares con 65 años o más quedará en 10.103,8 euros en el caso unifamiliar (sin cónyuge).
  2. Son 721,7 euros mensuales, por los 689,7 que cobraban hasta ahora.
  3. Se elevará hasta los 12.467 euros en caso de tener un cónyuge a cargo.
  4. Son 890,5 euros al mes, por los 851 euros previos.

Con cónyuge no a cargo serán 9.590 euros, equivalentes a 685 euros mensuales, 31 más que los 654,6 euros del 2021. – Jubilación para menores de 65 años : con cónyuge a cargo la mínima queda en 11.688,60 euros (834,90 euros mensuales por los 797,9 euros anteriores) y sin cónyuge pasa a 9.452,80 euros al año (675,2 euros mensuales).

  • Con cónyuge no a cargo serán 8.934,80 euros anuales o 638,84 mensuales, sobre los 609,9 anteriores.
  • Pensiones de viudedad : la mínima para un titular con cargas familiares en el 2022 quedará en 11.688,60 euros.
  • Son 834,9 euros mensuales, desde los 797,9 euros anteriores.
  • Si el titular tiene 65 años o discapacidad igual o superior al 65%, será de 10.103,80 euros anuales (721,7 euros al mes).

Cuando el pensionista tenga de 60 a 64 años cobrará 9.452,80 euros anuales (675,2 euros mensuales) por los 7.655,20 euros de los menores de 60 años (546,8 euros al mes). – Pensión de orfandad : se queda en el 2022 en 3.089,80 euros por beneficiario, unos 220,7 euros mensuales, 10 más que en el 2021.

En el caso de la orfandad absoluta, el mínimo se incrementará en 7.655,20 euros distribuidos entre los beneficiarios. Para beneficiarios discapacitados menores a 18 años con discapacidad igual o superior al 65% será de 6.076 euros, 434 euros mensuales, 19,3 más que en el 2021. En el caso de la prestación especial de orfandad, para u beneficiario será de 9,457 euros, por los 15.941,80 euros entre varios beneficiarios, a repartir entre el número de perceptores – Pensiones en favor de familiares : por beneficiario será de 217,12 euros al mes; un solo beneficiario con 65 años será de 524,68 y un solo beneficiario menor de 65 años 594,50 euros.

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– Incapacidad permanente de gran validez : con cónyuge a cargo se pasa a una mínima de 18,701,20 euros (1.335,8 euros desde los 1.276,5 euros que se cobraban en el 2021), por los 15.156,40 sin cónyuge (1.082,6 euros mensuales desde los 1.034,6 euros anteriores).

  1. Con cónyuge no a cargo serán 14.385 euros anuales.
  2. Incapacidad absoluta o total de los titulares de más de 65 años o más : para mayores de 65 años con cónyuge a cargo serán 12.467 euros anuales de mínima (890,5 euros al mes desde los 851 del 2021), por los 10.103,80 sin cónyuge (721,7 euros, desde los 689,7 del 2021).

Con cónyuge no a cargo, serán 9.590 euros al año o 685 euros al mes. En otro supuestos, las cuantías van entre 7.448 euros a 12.467 euros anuales. La pensión máxima de jubilación, por su parte, llegará hasta los 39.468,66 euros. Equivalen a 2.819,19 euros mensuales, unos 70 más que los 2.750,42 contemplados en el 2021.

¿Qué porcentaje corresponde a la viuda?

Cuantía de la pensión de viudedad – Con carácter general, la cuantía de la prestación corresponderá al 52% de la base reguladora del fallecido. La cuantía aumentará al 70% de la base reguladora cuando concurran simultáneamente estas tres circunstancias :

Que el pensionista tenga cargas familiares. Que la pensión de viudedad constituya la principal o única fuente de ingresos del beneficiario. Que los rendimientos anuales del pensionista por todos los conceptos no superen la cuantía resultante de sumar al límite que, en cada ejercicio económico, esté previsto para el reconocimiento de los complementos por mínimos de las pensiones contributivas, el importe anual que, en cada ejercicio económico, corresponda a la pensión mínima de viudedad con cargas familiares.

Además, desde 1 de enero de 2019, los beneficiarios de más de 65 años podrán acceder al 60% de la base reguladora, siempre que cumplan estos requisitos :

Que el beneficiario no tenga derecho a pensión pública y que no perciba ingresos por la realización de trabajo por cuenta ajena o propia. Que no reciba otros rendimientos en cuantía superior a los límites exigidos para acceder a la pensión mínima por viudedad.

En casos de separación judicial o divorcio, y si existe un solo beneficiario, percibirá la cuantía de forma íntegra, En caso de múltiples beneficiarios, la pensión será reconocida en cuantía proporcional al tiempo vivido cada uno de ellos con el causante, garantizándose, en todo caso, el 40% a favor del cónyuge o superviviente de una pareja de hecho con derecho a pensión de viudedad.

¿Cuánto voy a recibir de pensión?

2. Promedio salarial de los últimos 5 años cotizados ante el IMSS – Para realizar el cálculo el Instituto toma en cuenta tu promedio salarial durante las últimas 250 semanas que cotizaste antes de iniciar tu trámite de pensión. El promedio de cada año se calcula al multiplicar el salario diario base de cotización del año, por 365 días y dividido entre 12 meses.

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¿Cuáles son los beneficios de una viuda?

Seguro Social – Edad de la viuda para recibir beneficios – AARP Everywhere Everywhere Everywhere en español | P. Mi esposa es 16 años menor que yo. Si yo falleciera mañana, ¿cobraría ella mi beneficio del Seguro Social completo o tendría que esperar hasta alcanzar una cierta edad? R.

El opera bajo reglas muy claras que indican que ella podría tener que esperar algún tiempo. Vea también: La regla fundamental establece que una viuda podrá recibir el 100 % del beneficio para sobrevivientes —esencialmente, el pago del Seguro Social básico que le correspondería a su esposo— si espera hasta la edad plena de jubilación antes de comenzar a recibir sus,

Esa edad es, actualmente, 66 años para las personas nacidas entre 1943 y 1954. La edad plena de está aumentando gradualmente para los nacidos en años subsiguientes, y llegará a los 67 para quienes hayan nacido desde 1960 en adelante. Sin embargo, una viuda podrá percibir beneficios reducidos a partir de los 60 años y, dependiendo de la edad en que los solicite, podría recibir entre el 71 y el 99 % del beneficio de su marido.

Si una viuda fuera discapacitada, podría comenzar a cobrar su beneficio a partir de los 50 años. Además, una viuda podría cobrar beneficios reducidos a cualquier edad si cuida de su hijo y el niño es elegible para recibir beneficios del y es menor de 16 años o discapacitado. Y si al fallecer dejara hijos solteros menores de 18 años (o hasta los 19, si fueran estudiantes de nivel primario o secundario a tiempo completo), ellos también podrían cobrar beneficios.

Los hijos que se discapacitan antes de cumplir los 22 años pueden recibir beneficios a partir de los antecedentes laborales de un trabajador jubilado, del mismo modo que puede hacerlo un hijo sobreviviente. Bajo determinadas circunstancias, sus, los hijos de sus hijastros o hijos adoptivos también podrían recibir beneficios.

Por cierto, en estos asuntos, el Seguro Social no tiene en cuenta el factor género. Todo lo expresado hasta aquí también podría ser válido para un hombre que estuviera intentando percibir beneficios por viudez. Stan Hinden, excolumnista de The Washington Post, escribió How to Retire Happy: The 12 Most Important Decisions You Must Make Before You Retire (Cómo jubilarse feliz: Las doce decisiones más importantes que debe tomar antes de jubilarse).

: Seguro Social – Edad de la viuda para recibir beneficios – AARP Everywhere Everywhere Everywhere en español

¿Cuando no se tendrá derecho a la pensión de viudez?

¿Eres viudo? En estos casos te quitarán la pensión

Recibir una pensión mensual cuando faltan los jefes de la familia es un verdadero apoyo para los integrantes de un hogar, pero, ¿sabías que existen algunos casos en los que esta prestación es retirada a los viudos? Si disfrutas de una del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) es muy importante que recuerdes cuáles son los motivos por los que te la pueden retirar. En el caso de la Ley del ISSSTE, los artículos y establecen que se retira una pensión por viudez cuando:

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La mujer o el varón pensionado contraigan nuevas nupcias o lleguen a vivir en concubinato. En este caso la viuda, viudo, concubina o concubinario recibirán como única y última prestación lo correspondiente a seis meses de la pensión a la que tenían acceso. La ley indica que los divorciados o divorciadas no tienen acceso a la pensión por viudez de quien hubiera sido su cónyuge. La podrán recibir sólo cuando, a la muerte del causante, éste estuviese otorgándole alimentos por una condena judicial. Este derecho también se adquiere siempre que no existan viuda o viudo, hijos, concubina o concubinario y ascendientes con derecho a la misma.

Sin embargo, también destaca el hecho de que no tendrás derecho a una pensión por viudez (de acuerdo con el artículo 136) cuando:

La muerte del trabajador o pensionado ocurriera antes de cumplir seis meses de matrimonio. Cuando hubiese contraído matrimonio con el trabajador después de haber cumplido éste los cincuenta y cinco años (55) de edad, a menos que a la fecha de la muerte haya transcurrido un año desde la celebración del matrimonio. Cuando al contraer matrimonio el pensionado recibiera una pensión de riesgos de trabajo o invalidez. La pensión se otorga sólo cuando a la fecha de la muerte haya transcurrido un año desde la celebración del matrimonio.

Por su parte, la Ley del IMSS, en su artículo, señala que:

Tratándose de la viuda o concubina o, en su caso, del viudo o concubinario, la pensión se pagará mientras no contraigan nupcias o entren en concubinato. Al contraer matrimonio, cualquiera de los beneficiarios mencionados recibirá una suma global equivalente a tres anualidades de la pensión.

Con motivo del Día Internacional de la Viudez (23 de junio) establecido por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), te invitamos a conocer más sobre este tema para que no quedes desprotegido moral ni económicamente. Recuerda que tu pensión te ayuda más de lo que tú crees al obtener un que te permita lograr tus,

¿Cuando no se tendrá derecho a la pensión por viudez?

El derecho al goce de la pensión de viudez se da al cumplir los siguientes requisitos: El asegurado(a) fallecido(a) debería tener 150 semanas de cotización al momento de su muerte, excepto si el fallecimiento ocurrió a causa de un riesgo de trabajo. El asegurado(a) debe estar vigente en sus derechos.

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