Como Calcular El Paro Que Tengo?

Como Calcular El Paro Que Tengo
¿Cómo calcular el paro que me corresponde? – A la hora de calcular el paro hay dos conceptos que se tienen que tener en cuenta: la base reguladora y la cotización, La base reguladora es un baremo que se determina en función de las retribuciones y el tiempo que ha estado de alta un trabajador en la Seguridad Social, lo que se conoce como «tiempo de cotización» del empleado.

Por su parte, la cotización se refiere a lo que ha pagado la empresa en forma de cuotas al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por el contrato de trabajo del empleado. Conociendo estos dos conceptos, ya se puede calcular la cuantía que se va a percibir por la prestación por desempleo, Este cálculo, el dinero que se va a cobrar por el paro, se realiza tomando de media la base de cotización de los últimos 180 días cotizados, sin tener en cuenta las horas extraordinarias.

Ahora, el paro equivaldría al 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días en que se cobra la prestación, pasando a ser del 50% el resto del tiempo que dure su cobro. Explicado de forma más sencilla, para calcular el paro que corresponde basta con sumar las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días cotizados, equivalente a los últimos 6 meses, y dividirlo entre 180.

¿Cómo se calcula lo que vas a cobrar en el paro?

Calcular el paro: ¿cuánto queda de paro? – Una vez cumplidos los requisitos para poder cobrar la prestación por desempleo, es hora de preguntarse cómo se calcula el paro, Es decir, saber qué cantidad se va a percibir y de dónde se desprende. Para ello, hay que tener en cuenta distintos factores, además de la nómina que hayas estado cobrado durante los últimos meses.

  1. La base reguladora.
  2. Lo que haya cotizado la empresa por ti durante los últimos 180 días, Entre ellos, se deberán incluir también los de vacaciones,

De esta manera, para conocer el paro que cobrarás, tendrás que dividir entre 180 la cantidad de dinero que la empresa haya cotizado por ti en los últimos 6 meses ; multiplicando el resultado por 30 para obtener la cuantía mensual. Recuerda que para conocer la base de cotización tendrás que buscar en tu última nómina un concepto llamado Base Contingencias Comunes,

¿Cuánto se cobra de paro por 3 años trabajados?

Una de las preguntas más frecuentes que nos hacemos cuando nos quedamos sin trabajo o cuando creemos que estamos cerca de perder nuestro empleo es: » ¿Cuánto tiempo de paro me corresponde? «. La gran pregunta cuando se está en el paro: «»¿Cuánto cobro de paro?» (istock) El tiempo de paro que nos corresponde varía en función del período de tiempo que hayamos cotizado -y que no siempre es igual al período de tiempo que se ha trabajado en una empresa porque puede que en algunos casos no se haya hecho un contrato desde el principio-.

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Si hemos cotizado al menos 360 días (un año, al efecto), el tiempo mínimo de paro que nos corresponde es de cuatro meses. Por cada año que hemos cotizado por nuestro trabajo en una empresa, tenemos derecho a cuatro meses de prestación por desempleo hasta un máximo de dos años de paro, que se corresponderían con seis años o más de cotización por un empleo.

Por ejemplo, si hemos trabajado -y cotizado- durante dos años en un trabajo y nos despiden, el tiempo de paro que nos correspondería sería de ocho meses (cuatro meses de paro por año trabajado); y si el período en el que hemos trabajado es de tres años, tendríamos derecho a un año de paro (4 meses x 3=12 meses).

¿Cuánto es el máximo de paro en meses?

Cuánto paro tengo por mis meses trabajados: la sencilla regla para calcularlo Los trabajadores que pierden su empleo de manera involuntaria tienen derecho a cobrar la prestación por a nivel contributivo. Eso sí, deben haber trabajado seis meses y siempre que cumplan con los requisitos de cotización.

Tal y como recoge el portal, el paro o prestación por desempleo es la ayuda que el SEPE (antiguo INEM) concede a todos los desempleados que han cotizado un mínimo por trabajo. La duración máxima de esta prestación por desempleo es de dos años y el importe máximo que se puede cobrar en la actualidad es de 1.519,92 euros mensuales.

Para calcular cuánto paro nos corresponde, se explica que existe una simple regla matemática, llamada la del cuatro por uno: por cada cuatro meses trabajados corresponde un mes de paro. De este modo, las personas que cuenten con seis meses de trabajo le correspondería un paro de mes y medio (45 días).

  1. Hay que tener en cuenta que es necesario contar cómo mínimo con 360 días cotizados.
  2. Si solo ha trabajado seis meses, el desempleado no podrá acceder a la prestación contributiva, pero si podrá solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización.
  3. El desempleado no cobra paro si ha dejado voluntariamente su empleo, con dos excepciones : que se trate de una víctima de violencia de género, y que la empresa traslade al trabajador a otra ubicación geográfica que por la distancia implique un cambio de domicilio.
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: Cuánto paro tengo por mis meses trabajados: la sencilla regla para calcularlo

¿Cuánto se cotiza a la Seguridad Social cobrando el paro?

Esto es lo que cotizas a la Seguridad Social cobrando el paro o un subsidio del SEPE Cuando un trabajador pierde su empleo pero tiene derecho a percibir una prestación contributiva por desempleo (el paro) no deja de cotizar a la Seguridad Social. Lo mismo sucede con algunos subsidios durante cierto tiempo.

En todas esas circunstancias, el ciudadano sigue cotizando para algo tan importante de cara a su futuro como es la jubilación. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que se encarga del importe de las cotizaciones a la Seguridad Social mientras el trabajador cobra el paro y posteriormente se las descuenta del importe de la prestación.

Además, asume la parte empresarial de la cuota correspondiente. En este periodo de cobro de paro, el trabajador cotiza ese 28,3% por contingencias comunes, las que tienen incluida la cobertura contra la jubilación (además de otras como la incapacidad permanente y temporal, viudedad, orfandad, prestaciones familiares.).

  1. La base por la que se cotiza, explica el SEPE, es la misma que la base reguladora que determina la cuantía de la prestación.
  2. O lo que es lo mismo, la media de «las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales, durante los 180 últimos días cotizados, sin tener en cuenta las horas extraordinarias»,,

Sin embargo, cuando el ciudadano percibe algún tipo de subsidio por desempleo cotiza de forma diferente y no en todos los casos., se cotiza para la jubilación cobrando el subsidio para mayores de 52 años o cobrando el subsidio para trabajadores fijos discontinuos si se tienen 52 o más años.

Para todas estas personas, la base de cotización sobre la que se cotiza para la jubilación será la equivalente al 125% de la base de cotización mínima vigente en cada momento del cobro de la prestación. En paralelo, si los trabajadores fijos discontinuos que cobren el subsidio son menores de 52 años también pueden cotizar para la jubilación siempre que acrediten al menos 180 días de cotización: lo harán durante los primeros 60 días del cobro de la prestación y sobre la base mínima de cotización vigente en cada momento.

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¿Dónde puedo ver la base reguladora?

Accediendo a tu área personal puedes consultar on line los detalles de tu vida laboral y tus bases de cotización. En el apartado Tu vida laboral, verás tus períodos de alta y baja en la Seguridad Social, las empresas en las que has trabajado, tu actividad como autónomo y el número de días que has estado en alta.

¿Cuántos meses hay que trabajar para tener derecho al paro?

Requisitos –

Estar desempleado o desempleada y en situación legal de desempleo. Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad, Haber cotizado por desempleo al menos 3 meses, si usted tiene responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no las tiene, y no llegar a 360 días. En el caso de tener los 360 días cotizados, tendría derecho a la prestación contributiva. No percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (Cuantías para este año), Se tendrán en cuenta las rentas íntegras o brutas. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, es el resultado de la diferencia entre los ingresos y gastos que hayan sido necesarios para conseguir estos ingresos. Las ganancias patrimoniales son el resultado de la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.

Deberá reunir los requisitos en el momento del hecho causante y, además, en el momento en que presente la solicitud del subsidio, de sus prórrogas o reanudaciones y mientras perciba el subsidio. Se considera fecha del hecho causante aquella en la que se produzca la situación legal de desempleo, o en la que se agote el derecho semestral o en la que termine la causa de suspensión.

  • Si no reúne los requisitos de carencia de rentas o, en su caso, de responsabilidades familiares, podrá obtener el subsidio si usted justifica que cumple estos requisitos dentro del plazo de un año desde la fecha del hecho causante.
  • En tal caso, podrá obtener el subsidio a partir del día siguiente a su solicitud, sin que su duración disminuya.

Si usted es mayor de 52 años, tiene derecho a percibir el subsidio por desempleo para personas trabajadoras mayores de 52 años. Tendrá que tener en cuenta que: Si usted interrumpió el cobro de una prestación contributiva para trabajar este último período de menos de 360 días, debe solicitar la reanudación de dicha prestación.

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