Como Ofrecer Mi Local A Un Banco?

Como Ofrecer Mi Local A Un Banco
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¿Cómo calcular el precio de renta de un local?

Valuador – El trabajo de un valuador es una gran herramienta para saber cómo determinar el precio de renta de un inmueble, ya que son un perito valuador, quienes asesoran, controlan avalúos inmobiliarios para poder determinar su costo. El costo se determina mediante un análisis de distintos factores relacionados con la calidad de vida del inmueble, como su ubicación y las condiciones físicas en las que se encuentra.

¿Cuánto se paga por la renta de un local?

Impuesto Sobre la Renta (ISR) Asimismo, al rentar un local comercial a una persona moral, ésta deberá retener el 10 por ciento de sus ingresos por pago de ISR. Por lo tanto, esta cantidad no deberá ser sumada en tus declaraciones mensuales.

¿Cuánto es el tiempo minimo para alquilar un local comercial?

  1. Inicio
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  • Orden: Civil
  • Fecha última revisión: 24/02/2014
  • Origen: Iberley

PLANTEAMIENTO ¿Cuál es el plazo mínimo de alquiler de un local comercial? RESPUESTA El plazo mínimo de alquiler de un local comercial será la pactada libremente por ambas partes, ya que la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos no contempla unos plazos mínimos a tal efecto.

Las partes estarán obligadas a respetar la duración del mismo, sin embargo, en previsión a que la actividad empresarial no llegue a ser rentable, se puede pactar en el contrato la posibilidad de resolver unilateralmente el contrato por el arrendatario con anterioridad al plazo estipulado para su finalización y sin penalización alguna para el mismo.

El artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Urbanos prevé que el arrendatario tendrá derecho a una indemnización si una vez transcurrido el término convencional del arrendamiento de un local que los últimos cinco años ejerciera una actividad comercial de venta al público, si el arrendatario 4 meses antes de la expiración del plazo hubiera manifestado su voluntad de renovar el contrato por un mínimo de cinco años más y por una renta de mercado.

  • Sentencia Civil Nº 277/2009, AP – Barcelona, Sec.13, Rec 688/2008, 19-05-2009 Orden: Civil Fecha: 19/05/2009 Tribunal: Ap – Barcelona Ponente: Utrillas Carbonell, Fernando Num. Sentencia: 277/2009 Num. Recurso: 688/2008
  • Sentencia Civil Nº 542/2006, TS, Sala de lo Civil, Sec.1, Rec 3866/1999, 31-05-2006 Orden: Civil Fecha: 31/05/2006 Tribunal: Tribunal Supremo Ponente: Sierra Gil De La Cuesta, Ignacio Num. Sentencia: 542/2006 Num. Recurso: 3866/1999
  • Sentencia Civil Nº 269/2011, AP – Asturias, Sec.4, Rec 294/2011, 06-07-2011 Orden: Civil Fecha: 06/07/2011 Tribunal: Ap – Asturias Ponente: Zamora Perez, Maria Nuria Num. Sentencia: 269/2011 Num. Recurso: 294/2011
  • Sentencia Civil Nº 302/2006, AP – Valencia, Sec.7, Rec 114/2006, 17-05-2006 Orden: Civil Fecha: 17/05/2006 Tribunal: Ap – Valencia Ponente: Beneyto Y Garcia-robledo, Jose Francisco Num. Sentencia: 302/2006 Num. Recurso: 114/2006
  • Sentencia CIVIL Nº 551/2017, AP – Barcelona, Sec.13, Rec 683/2016, 18-10-2017 Orden: Civil Fecha: 18/10/2017 Tribunal: Ap – Barcelona Ponente: Gomis Masque, Maria Dels Angels Num. Sentencia: 551/2017 Num. Recurso: 683/2016

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  • Resolución No Vinculante de DGT, 0662-97, 08-04-1997 Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 08/04/1997 Núm. Resolución: 0662-97

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¿Qué es el pago de guante?

Pegan con ‘guante’ a tiendas en malls

Por los locales de los grandes centros comerciales no sólo se tiene que pagar una alta renta, sino enormes pagos por el traspaso o también llamado «guante», que puede llegar hasta 11 mil dólares por metro cuadrado.Esta práctica es muy común en plazas como Satélite, Perisur, Santa Fe y Universidad, que pueden llevar este pago a un millón de dólares si se trata de un local de 100 metros cuadrados.El llamado «guante», «key money» o «traspaso» es un pago que los negocios deben hacer para conseguir el contrato de arrendamiento de un local dentro de un fashion mall, o alguna calle, como Masaryk o Madero, explicó Luis Llaca, vicepresidente de Corporate Retail Solutions de la firma de servicios inmobiliarios Jones Lang LaSalle.El «guante» más alto es el que se cobra en Perisur, que asciende a entre 9 mil y 11 mil dólares por metro cuadrado.»Eso se lo pagas al inquilino, es como comprarle su contrato de arrendamiento y él te cede el local y vas con el dueño, que en este caso es Liverpool, y le pagas (además) los derechos de arrendamiento por el nuevo contrato de renta».»En 100 metros cuadrados puede ser un millón de dólares», calculó el experto.El pago del «guante» no es ilegal, es una inversión para asegurar las ventas, afirmó Paola Huitrón, administradora de centros comerciales de CBRE.»No es ilegal, sí se puede poner en el contrato, eso depende del desarrollador, no se devuelve el dinero, no es un depósito en garantía, es un derecho de preferencia que se queda como ingreso», comentó Huitrón.Sin embargo, para las empresas que buscan entrar a centros comerciales que cobran «guante», la historia no es la misma.Enrique Alcázar, presidente de Alcázar y Compañía, firma de consultoría en desarrollo de franquicias, consideró que este cobro hace que la entrada a las plazas sea inequitativa.»De pronto, las condiciones para entrar a los centros comerciales acaban siendo inalcanzables para muchas empresas, para muchas Pymes, porque te cobran este ‘guante’ o ‘key money’ muy ligado a temas de oferta y demanda, habrá quien sí los pague, pero esto hace que la competencia no sea pareja», dijo Alcázar.»El ‘guante’ debería darse al desarrollador, pero en algunas plazas la negociación se da entre el arrendatario y el nuevo inquilino», señaló Huitrón, de CBRE.

No hay un porcentaje común o tarifas establecidas, pero hay «guantes» de hasta uno o dos años de renta, estimó Víctor Lachica, director general en México de. : Pegan con ‘guante’ a tiendas en malls

¿Cuánto cobra un abogado por hacer un contrato de arrendamiento?

Si quieres que un abogado certificado se encargue de generar tu contrato de arrendamiento, lo más probable es que te cobre una comisión basada en el valor de la renta ( suele ser el 50% de la renta ).

¿Qué es la rentabilidad de un local comercial?

¿Qué se entiende por rentabilidad? – La rentabilidad puede entenderse como la capacidad que tiene una determinada inversión de generar beneficio adicional. Es decir, la dependerá del coste de adquisición y el beneficio que de él se puede llegar a obtener.

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Algo similar sucede si lo que varía ahora es el, Un local que se adquirió por quinientos mil euros puede resultar viable si tiene unas características inherentes a su geometría y ubicación que permitan arrendarlo por diez mil euros mensuales. A la vista de lo anterior, surgen dos preguntas lógicas: ¿qué precio debe tener un local comercial para que a mi me resulte rentable adquirirlo? y ¿cuál debe ser el precio de alquiler para poder obtener una rentabilidad del arrendamiento de un local de mi propiedad? (por supuesto, la casuística es mayor, dado que la rentabilidad también puede analizarse en virtud del tipo de negocio que se desarrolle en el local; pero aquí trataremos únicamente el estudio de la rentabilidad con base a los precios de compra y alquiler).

¿Qué pasa si un local no paga impuestos?

No presentar la declaración anual para personas morales y no pagar impuestos puede traer consecuencias como multas, recargos, gastos de ejecución, auditorías y embargos.

¿Qué pasa si rento un local y no pago impuestos?

¿Cuánto se paga a Hacienda por poner en renta una casa? Los arrendadores tienen la obligación del pago de ISR e IVA. El primero se paga mensualmente, y si tienes ingresos menores a los 26,411.52 pesos al mes, se paga cada trimestre. Estas disposiciones se detallan en los artículos 106 y 96 de la LISR.

Las tablas para calcular el pago del ISR para personas físicas en el Régimen de Arrendamiento se publican cada inicio de año en la Resolución Miscelánea Fiscal, y se calculan para arrendadores con ingresos mensuales desde 644 pesos y de los 324,845 pesos en adelante. Para el pago trimestral, el rango de ingresos va de los 1,933 y 974,535 pesos en adelante.

Los niveles de las tasas que se aplican de ISR dependen del nivel de ingresos, van desde 0% cuando se tienen ingresos mensuales menores a los 644.58 pesos, y hasta 32% para alguien con ingresos de 350,000 pesos mensuales. La fórmula para calcular la tasa de ISR es la misma que se aplica para personas empleadas, es decir con base a las tablas publicadas cada inicio de año en la Resolución.

  • Esto es lo que le descuentan a tu sueldo de ISR Libre de IVA De acuerdo al artículo 20 de la LIVA, fracción II, no se pagará este impuesto por el uso o goce temporal de inmuebles destinados o utilizados exclusivamente para casa-habitación.
  • El pago del IVA de 16% debe realizarse cada mes, y aplica a la renta de locales comerciales, casa habitación amueblada o inmuebles que se destinen o utilicen como hoteles o casas de hospedaje.
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¿Qué obligaciones tengo como arrendador ante el SAT? Si sueñas con vivir de tus rentas, considera las obligaciones fiscales que un arrendador tiene ante el fisco en México. Información de la página oficial del SAT está contenida en el CFF y el capítulo III de la LISR detalla las siguientes obligaciones: 1.- Estar inscrito en el RFC.

  1. Llevar tu contabilidad : si optaste por deducciones propias de tu actividad.
  2. Expedir comprobantes electrónicos cuando recibas el importe de las rentas en las cuales debes anotar el número de cuenta predial del inmueble de que se trate o, en su caso, los datos de identificación del certificado de participación inmobiliaria no amortizable, de acuerdo al artículo 29-A del CFF.

Para expedir comprobantes fiscales digitales (CFDI) necesitas: firma electrónica avanzada vigente; tramitar en el SAT el certificado para el uso de sellos digiales; remitir los CFDI al SAT antes de su expedición, para que valide los requisitos, asigne folio, e incorpore el sello digital del SAT, además de emitir documentos digitales de CFDIs a los clientes (arrendatarios).

  1. Solicitar comprobantes fiscales.
  2. Presentar declaraciones provisionales mensuales o trimestrales de ISR. De IVA cada mes en caso de rentar un local comercial o casa habitación. También la anual durante el mes de abril de cada ejercicio inmediato anterior. Estas se presentan más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda el pago.

También declaraciones informativas, en el caso de que recibas otros ingresos en efectivo, en moneda nacional, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a los 100,000 pesos. En caso de contar con trabajadores a los cuales les efectuaste pagos por sueldos y a las que les realizaste pagos por concepto de subsidio para el empleo (sólo para ejercicios 2016 y anteriores).

Si tus ingresos totales del ejercicio inmediato anterior, no excedieron los cuatro millones de pesos, quedas relevado de presentar la información de operaciones con terceros (DIOT) y de enviar la contabilidad electrónica. ¿Qué pueden deducir los arrendadores? El artículo 115 de la LISR detalla que quienes ponen en renta un bien inmueble pueden deducir los pagos efectuados por el impuesto predial correspondiente al año calendario sobre dicho inmueble, contribuciones locales de mejoras, de planificación o de cooperación para obras públicas que afecten a los mismos.

Los gastos de mantenimiento que no impliquen adiciones o mejoras al bien de que se trate y por consumo de agua, siempre que no los paguen quienes usen o gocen del inmueble. Los intereses reales pagados por préstamos utilizados para la compra, construcción o mejoras de los bienes inmuebles, siempre y cuando obtenga el comprobante fiscal correspondiente.

Se considera interés real el monto en que dichos intereses excedan del ajuste anual por inflación. Los salarios, comisiones y honorarios pagados, así como los impuestos, cuotas o contribuciones que conforme a la LISR les corresponda cubrir sobre dichos salarios efectivamente pagados. El importe de las primas de seguros que amparen los bienes respectivos, y las inversiones en construcciones, incluyendo adiciones y mejoras.

¿Qué pasa si rento mi casa y no pago impuestos? Si estás dado de alta como arrendador estás obligado a presentar declaraciones y pago de impuestos. Si el SAT detecta la llegada de ingresos sin el pago y declaración de impuestos, el fisco puede hacer una revision hasta de tus últimos cinco años de ejercicio fiscal.

Si operas en la informalidad, es decir, no estás en el RFC, no expides CFDI, no llevas contabilidad, y el fisco detecta estos ingresos, puede revisarte hasta los últimos 10 años, de acuerdo con información del Colegio de Contadores Públicos de México.5 facultades que tiene el SAT Por ingresos no declarados, además de los impuestos, el SAT te cobrará actualización, recargos y multas.

Para desvirtuar la presunción, el contribuyente tiene entre 15 y 20 días. ¿Cómo denunciar a alguien que renta y no paga impuestos? Si rentas un inmueble como casa-habitación pide a tu casero que te dé comprobante fiscal digital por cada pago que le hagas.

Si no lo hace, significa que no está al corriente de sus obligaciones fiscales. El SAT tiene distintos medios de contacto para atender a contribuyentes que presenten quejas o denuncias relacionadas con: evasión fiscal, omisión en el pago de la participación de los trabajadores en las utilidades, contrabando, lavado de dinero, servicios proporcionados al contribuyente y en contra de agentes aduanales.

Los medios de contacto son los siguientes:

  • Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22.
  • Correo electrónico: [email protected]
  • SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.
  • En el portal del SAT: https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia, proporcionando la información solicitada en un formulario. Una vez registrada la queja o denuncia se genera un número de folio y contraseña con los cuales podrás consultar el estatus de la misma.
  • Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

¿Cuánto hay que pagar a Hacienda por alquilar un local 2022?

Alquilo un local, ¿tengo que ingresar IVA? ¿cómo? No están exentos del impuesto, debiendo el arrendador repercutir IVA al 21%, los siguientes arrendamientos:

Arrendamientos de locales, oficinas, naves industriales, azoteas o fachadas para antenas o carteles publicitarios. Arrendamientos de garajes y trasteros no anexos a viviendas o que no se alquilan conjuntamente con las mismas. Arrendamientos de construcciones dedicadas a la ganadería independiente de la explotación del suelo. Arrendamientos de terrenos destinados a estacionamiento de vehículos, depósito y almacenaje de productos (excepto los de carácter agrario), instalación de elementos de una actividad empresarial, exposiciones y publicidad.

El arrendador debe presentar el modelo 303, para lo cual dispone del siguiente servicio de ayuda: Ejemplo: el arrendamiento de la azotea de un edificio de viviendas para la instalación de una antena de telefonía móvil está sujeta a IVA. La comunidad de propietarios deberá declarar e ingresar el IVA correspondiente. : Alquilo un local, ¿tengo que ingresar IVA? ¿cómo?

¿Quién paga el IBI en el alquiler de un local?

¿Quién paga el IBI en un alquiler? – Si te estás preguntando sobre los pisos de alquiler y el IBI o sobre quién paga el IBI en un alquiler de local, la regla general es que quien paga el IBI es el propietario, Como hemos visto antes, este tributo obliga al pago al propietario del inmueble.

  1. Ahora bien, puede ocurrir que por contrato y el arrendatario acuerden que sea el inquilino quien pague este impuesto,
  2. No obstante, hay que tener en cuenta que en caso de impago el Ayuntamiento actuará contra el propietario del inmueble,
  3. Es decir, que si el inquilino se compromete a pagar el impuesto y no lo hace, el Consistorio reclamará al arrendador, que al final tendrá que pagar lo debido más el correspondiente recargo y, además, iniciar un proceso para reclamarle a su arrendatario que le pague lo debido.

Precisamente por eso, en la mayoría de los casos es más sencillo que directamente el arrendador se encargue de pagar este impuesto. Lo lógico es tener en cuenta la cuantía que se paga de impuesto a la hora de fijar la renta, de modo que el IBI se pague con los beneficios obtenidos por el alquiler.

¿Cuál es la nueva Ley de Alquileres 2022?

Cómo calcular el aumento del alquiler en septiembre 2022

establece que cada 12 meses se ajustarán los de los contratos, es por eso que aquellos que cumplan su primer o segundo año de alquiler y piensen seguir en la misma vivienda van a tener que pagar una suba. El incremento que se aplica sobre los alquileres se basan en los aumentos inflacionarios (Índice de Precios al Consumidor IPC) y salariales (RIPTE). Por ende, la suba de este mes será del 60%, un porcentaje muy similar al que se terminó dando en agosto.

En conclusión, a modo de ejemplo, quienes hayan pagado a lo largo de todo el año un monto total de $ 50.000 deberá sumarle un 60%, por lo que debería comenzar a pagar $ 82.333 a partir del próximo mes.

¿Quién paga el seguro de un local de alquiler?

¿Qué pasa si el arrendatario deja de pagar el alquiler? – Si eres propietario, quieres alquilar una vivienda de tu propiedad pero te preocupa correr riesgos, otra de las figuras que te interesa conocer es la del seguro de protección de alquileres o seguros de impago de alquiler, Por norma general, el dueño de la vivienda alquilada es quien se encarga de contratar esta póliza aunque, al igual que pasaba con el seguro de hogar, es libre de incluirlo dentro de las condiciones de alquiler y llegar a un acuerdo para repercutir su coste al inquilino.

  1. Si bien hasta ahora lo normal era que el propietario filtrara a candidatos por su capacidad financiera y les solicitase un aval bancario o varias mensualidades de fianza, esta modalidad de seguro es una alternativa segura y eficaz en auge que beneficia a ambas partes.
  2. Los seguros de protección de alquiler son más asequibles por lo que dan acceso a la vivienda a un abanico mayor de personas, sin que el propietario deje en ningún momento de tener la espalda cubierta.

En caso de impago, la compañía aseguradora abonará el importe total de las rentas mensuales impagadas hasta el límite temporal establecido en la póliza (cuantificado en meses), realizará la reclamación al inquilino de las cuotas de alquiler impagadas y, también, los trámites legales necesarios para obtener la orden y/o sentencia de desahucio del inquilino moroso,

¿Cómo se calcula el Guante de un negocio?

El guante es un término usado para referirse al «derecho de arrendamiento de una propiedad» mayormente, esta condición es frecuente cuando los locales comerciales están en una ubicación específica con un alto flujo peatonal. En ocasiones, se tiende a confundir el guante con el traspaso, pero, el guante a diferencia del traspaso, solo cede el derecho de arrendamiento de la propiedad comercial, a diferencia del traspaso que cede derecho de mobiliario, licencias, clientelas, derecho de marca, etc.

  1. Siempre, se debe tener en cuenta que sea cual sea la condición debe quedar estipulada en el contrato de arrendamiento.
  2. El guante solicitado para el derecho de arrendamiento, pueden variar, esto dependerá de las condiciones del local comercial, ubicación, características, y en si las condiciones generales en las que esta la propiedad comercial, se pueden ver exigencia de guante desde precios moderados hasta otros bastante altos.

Aceptar esta condición dependerá únicamente de la necesidad que tenga el arrendatario de querer tomar el local en cuestión. El monto del guante puede oscilar entre 4, 6 o hasta 12 meses de renta, esto, no es algo que está condicionando por una legislación, cada desarrolladora, centro comercial o propietario, tendrá la libertad de exigir cuanto crea necesario por el derecho de arrendamiento de la propiedad, dependerá del arrendatario si se adapta o no a las condiciones que están dadas en ese momento.

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Aunque el valor del guante es variante, se deben analizar las condiciones del local comercial en renta, en ocasiones, se exige un valor muy elevado por un local comercial que no cuenta con las condiciones que otro que está mejor valorado y exigen el mismo valor del guante, para esto, es indispensable que cuente con la ayuda de un profesional inmobiliario, quien le ayudara a determinar qué tan conveniente es ofertar por el local comercial en el que está interesado.

En Ciudad de México, hay diversidad de opciones disponibles de locales comerciales en renta, donde unos tendrán la condición de exigir un guante y otros no, en CityMax México contamos con las mejores opciones del mercado, de manera que puedas elegir de acuerdo a tu presupuesto y necesidades, siempre pensamos en ofrecerte opciones que te permitan establecerte de manera exitosa y que de esta manera puedas dar inicio a tu nuevo negocio.

  • También te puede interesar Importancia de conocer el uso de suelo ¿De dónde viene este término? El guante es una práctica británica, que se consolido como el derecho que se le da a una persona de tener el arrendamiento de un inmueble.
  • En Gran Bretaña, esta práctica esta legislada, y, no todos los locales comerciales pueden pedirlo, además que quien lo haga, deberá regirse por montos ya previamente establecidos.

En el caso de México, este monto se define de acuerdo a las condiciones de la zona, teniendo en cuenta diversos factores que actúan en beneficio de la persona quien arrendara el local comercial. Teniendo presente, que solo se estará cediendo el derecho de arrendamiento, no incluye derecho de uso de otros activos, como: Inmobiliario, derecho de marca, licencia, etc.

Esto solo será posible si también está pagando por el traspaso. ¿Cuándo nació esta práctica? Cuando las desarrolladoras empezaron a construir los centros comerciales, y esto se convirtió en todo un éxito, comenzó también la necesidad de los comerciantes en querer tener el uso de un local que estuviera dentro del centro comercial, es allí, de donde nace la idea de solicitar un guante, permitiendo también a las desarrolladoras recuperar un poco de la inversión realizada sin la necesidad de tener que acudir a la venta de los locales comerciales.

¿Dónde se deberá estipular esta condición? Siempre, será necesario que todos los acuerdos que ambas partes hayan pactado queden plasmado en el contrato de arrendamiento, por muy pequeña e insignificante que sea, se debe dejar por escrito, esta será la única herramienta que tendrá tanto el arrendatario como el propietario de hacer cualquier exigencia o reclamación ante cualquier imprevisto que se llegase a ocasionar.

El guante y las condiciones establecidas, deben quedar definidas en el contrato de arrendamiento, donde se establecerá el monto y otras especificaciones importantes, aunque no en todos los casos se aplican de la misma manera, en ocasiones las exigencias pueden contemplar lo siguiente: -El guante no es un dinero reembolsable -En caso de querer «recuperarlo» se podrá traspasar a un tercero y de acuerdo a la plusvalía que haya adquirido el centro comercial se podrá pedir un monto mayor al pagado.

Cada condición es diferente, por esto, la importancia de dejar todo en detalle en el contrato de arrendamiento. Un guante también es visto como una inversión, pues los empresarios o dueños de negocio ven más allá del gasto una oportunidad potencial de tener su negocio ubicado en cierta zona que le traerá grandes beneficios, lo importante de esto, es hacer un análisis previo de que tan beneficioso será aceptar y asumir este gasto o inversión como también es bien visto.

A pesar, de las condiciones actuales, las personas aún siguen en camino a su independencia financiera, en búsqueda de un local u oficina en renta en Ciudad de México que les permita establecer su emprendimiento, siempre, con las mejores expectativas. En CityMax México, hemos sido testigo como cientos de personas han cumplido el sueño de tener su propio departamento en Ciudad de México o su propiedad comercial, es por esto, que prestamos nuestros servicios cumpliendo con todas las medidas y protocolos de bioseguridad, de manera que podamos seguir asesorando a las personas y siendo parte de tan importante propósito como lo es comprar su nueva propiedad inmobiliaria,

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¿Cuánto cuesta la renta de un local en Soriana?

Locales Si eres un comerciante decidido y visionario, buscando mantenerse a la vanguardia del éxito, te ofrecemos atractivos desarrollos con nuestros Centros Comerciales. Son tu mejor alternativa de inversión, gracias a su gran belleza arquitectónica, sus modernas instalaciones, su amplio estacionamiento y su gran variedad de giros.
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Actualización de Constancia de Situación Fiscal Estimados Locatarios: Como es de su conocimiento, a partir del 1° de enero de 2022 por disposición oficial del SAT, entró en vigor la nueva versión del comprobante fiscal digital (CFDI) en su versión 4.0, así como el complemento para recepción de pagos (CRP) versión 2.0. Actualmente nos encontramos en proceso de realizar las adecuaciones en los sistemas para emitir los CFDI y CRP en su nueva versión, por lo cual requerimos de su apoyo para hacernos llegar su constancia de situación fiscal actualizada a más tardar el 25 de abril 2022, la cual debe incluir los siguientes campos: – Nombre del receptor: registrar el nombre del receptor (locatario) del CFDI en mayúsculas, tal como se encuentra en la constancia de situación fiscal. – Domicilio fiscal del receptor: registrar el código postal del receptor (locatario) del CFDI, tal como se encuentra en la constancia de situación fiscal. – Régimen fiscal del receptor. – registrar el régimen fiscal del receptor (locatario) del CFDI. Tomando como base el régimen fiscal que aparece en la constancia de situación fiscal, se registrará la clave que le corresponda, ej.601 «Régimen General de Personas Morales». – Uso CFDI: confirmar el uso que le darán al CFDI, de acuerdo con el catálogo publicado por el SAT. La información deberá ser enviada al correo [email protected] con el asunto: CFDI 4.0. Les recordamos que la constancia de situación fiscal únicamente se aceptará en formato PDF emitida por el SAT. Agradecemos su colaboración, en caso de cualquier duda, pueden comunicarse al teléfono (81) 8329-9000 ext.7474 o 6141 donde con gusto los atenderemos. ATENTAMENTE Organización Soriana Acciones COVID-19: Apoyo a Micros y Pequeñas Empresas Estimados Locatarios: En Soriana como empresa 100% mexicana sabemos que nuestros socios comerciales, son nuestros grandes aliados para satisfacer la experiencia de compra de nuestros clientes. Es por ello que refrendamos nuestro compromiso con ustedes y queremos que en este momento tan difícil que estamos atravesando se sientan apoyados. Por lo tanto a los más de 6,300 Micro y Pequeñas empresas que forman parte de nuestras galerías y locales comerciales, que se han visto limitadas y/o impedidas en su operación por ser consideradas como «no esenciales», buscaremos apoyarlos en bonificaciones de rentas de hasta 2 meses, los cuales son aplicables durante los próximos meses. Les solicitamos a las Micro y Pequeñas empresas acercarse al Gerente de Inmobiliaria de Zona a fin de evaluar su situación para poder participar y contar con este apoyo. Nuestro enfoque son ustedes y las familias mexicanas que ven a Soriana como un aliado, estamos seguros que con la unión de todos saldremos adelante. En Soriana, Somos Familia con México. ATENTAMENTE Organización Soriana Acciones COVID-19 En Soriana, tenemos como prioridad la salud de nuestros clientes, colaboradores, socios comerciales y por supuesto nuestros locatarios. Es por ello que llevamos un estricto seguimiento a la evolución de la pandemia del COVID-19 en cada una de las ciudades y estados a lo largo de toda la República Mexicana, trabajando apegados a las indicaciones y recomendaciones de las dependencias de salud de los Gobiernos Federales, Estatales y Municipales-Delegacionales, para colaborar al máximo tomando las medidas preventivas contra la propagación de este virus. Ante dicha situación que estamos viviendo actualmente, Soriana establecerá ciertas medidas de apoyo para aquellos locatarios que se identifiquen y que más lo requieran por verse impactados por la contingencia actual. Los invitamos a contactar a tu Gerente de Inmobiliaria de Zona para conocer más sobre las acciones que podemos llevar en conjunto. En Soriana somos solidarios y seguimos trabajando como prioridad para tener un México sano y seguro, y continuar satisfaciendo la experiencia de compra de nuestros clientes. En Soriana, Somos Familia con México. ATENTAMENTE Organización Soriana Comunicado Coronavirus – Organización Soriana Inmobiliaria: Es compromiso de Organización Soriana velar por la salud y seguridad de la comunidad, tanto de nuestros colaboradores así como de nuestros socios comerciales y clientes. En ese sentido ante la propagación del coronavirus Covid-19 hemos observado con responsabilidad los comunicados oficiales emitidos por las Autoridades competentes de nuestro país así como las recomendaciones emitidas por la Organización Mundial de la Salud. En virtud de ello implementamos medidas necesarias para contribuir a prevenir y minimizar los contagios en la etapa de «transmisión comunitaria». Una de estas medidas es la implementación de un plan de sanitización y limpieza consistente en: – Limpieza de áreas clave cada tres horas: manijas, puertas, mostradores, mesas y sillas. – Limpieza detallada en perillas, superficies de contacto, pasamanos, cafeterías, elevadores y baños. – Uso de sanitizantes que eliminan el 99.9% de bacterias. – Distribución de gel antibacterial en puntos clave para uso individual. Les hacemos un atento llamado para que se sumen con alto sentido de urgencia a la implementación de al menos estas medidas en los locales comerciales. Así mismo les compartimos recomendaciones adjuntas emitidas por la Secretaría de Salud. Pueden mantenerse en contacto con nuestras Oficinas Regionales así como con Nuestras Oficinas de Apoyo a Tiendas ubicadas en la Ciudad de Monterrey y San Mateo en el Estado de México vía remota, haciendo uso en la mayor medida de lo posible de la tecnología. En las próximas semanas revaluaremos y decidiremos la continuidad de estas u otras medidas comunicándolas oportunamente a través de nuestro portal. ATENTAMENTE Dirección de Desarrollo Inmobiliario Estimado Locatario (Frontera Norte): De acuerdo al «Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte», publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2018, mismo que contempla beneficios fiscales al ISR e IVA, y que esta considerado como un estimulo fiscal opcional para su aplicación por parte de las empresas. A partir de Agosto 2019, Tiendas Soriana S.A. de C.V. se estará facturando la renta mensual con una tasa de 8%. Por lo anterior, le informamos que sus facturas correspondientes ya se encuentran disponibles en el Portal de Locales Comerciales. Agradecemos de antemano contar con su pronto pago. Agradecemos su atención. ATENTAMENTE Tiendas Soriana Opciones de Pago Estimados Arrendatarios: Con el fin de ofrecer un mejor servicio y facilidad para que pueda efectuar sus pagos, les informamos las únicas opciones de pago para su factura de renta: • Pago por Internet **NUEVA FORMA DE PAGO** • Transferencia Electrónica • Pago referenciado en Ventanilla • Pago línea de cajas de Tienda 1.- Pago por Internet **NUEVA FORMA DE PAGO** Con tarjeta de crédito o tarjeta de débito** accesando a través de la misma ruta donde usted descarga sus facturas mensualmente en el portal www.soriana.com conforme al procedimiento actual. Ver manual disponible en el portal. *No genera comisión **Previa validación del arrendatario con su Banco 2.- Transferencia Electrónica: Nombre de la Cuenta: Tiendas Soriana, S.A. DE C.V Banco: SANTANDER (MEXICO), S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE Cuenta Bancaria: 65506039166 CLABE: Interbancaria 014580655060391665 Es importante registrar en el campo «Concepto» la referencia alfanumérica de 10 dígitos que aparece en la parte inferior de su factura (Ej.04N1234567), ya que de no pasar el filtro de validación, la transferencia será rechazada. A partir del 1° de diciembre de 2018 la cuenta HSBC 4016908675 quedara cancelada. Favor de tomar sus precauciones para no verse afectado con el pago en tiempo y forma.3.- Pago Referenciado en Ventanilla: Con cheque o efectivo presentando su factura en ventanilla del Banco Santander.4.- Pago en línea de cajas de Tienda: Con cheque, efectivo, tarjeta de crédito o débito presentando su factura en línea de cajas de la tienda. La factura se puede consultar a través de www.soriana.com accesando conforme al procedimiento actual. Para cualquier duda puede comunicarse al área de Cuentas por Cobrar tel: (81) 83299000 Ext.8331, 8332, 8270, 8379, 8418, 8565, 8569, 8654 o mandar un correo a [email protected] donde con gusto le atenderán. ATENTAMENTE Organización Soriana Complemento para Recepción de Pagos (CRP) Estimados Locatarios: Como es de su conocimiento, a partir del 1° de septiembre de 2018, por disposición oficial del SAT, es obligatorio la emisión de un CFDI con su complemento para recepción de pagos. En relación a lo anterior y para efectos de cumplir con estas disposiciones fiscales, les compartimos la siguiente información: Complemento para Recepción de Pagos (CRP). • Soriana emitirá un solo CRP por: a. Cada pago que reciba de los locatarios.b. Todos los pagos que nos realicen en el mismo día a la misma factura. • El CRP se emitirá, de acuerdo a las disposiciones fiscales, a más tardar el décimo día natural del mes inmediato siguiente al que se recibió el pago. Esto con base a la pregunta número 4 del Apéndice 7 de la «Guía de llenado del comprobante al que se le incorpore el complemento para recepción de pagos» (www.sat.gob.mx/consultas/92764/comprobante-de-recepcion-de-pagos), publicada por el SAT. • Los locatarios informarán el mismo día del pago, vía correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected] (con atención a la Srita. Yaneth Margarita Rodríguez Almaguer); el detalle de las facturas que amparan su pago. La información obligatoria que deberá proporcionar, es la siguiente: a. Número de cliente.b. Fecha de Pago.c. Clave de la Forma de Pago, de acuerdo al catálogo publicado por el SAT.d. Importe Total Pago.e. Serie – Folio – Importe, de las facturas que ampara el pago.f. Correo Electrónico, para actualización en nuestros sistemas. En caso de no contar con la información solicitada a los locatarios, se procederá a aplicar el pago a las facturas más antiguas hasta agotar el pago. • La información que de acuerdo al Anexo 20 y a la Guía de llenado (ambos publicados por el SAT) se encuentre señalada como opcional; tal como los datos bancarios correspondientes al pago, no serán incluidos en el CRP. • Podrá descargar sus complementos de pago, de la siguiente forma: a. Tal como descargan actualmente sus facturas, a través del portal de Locatarios, o b. Accesando a nuestro portal Web http://www.organizacionsoriana.com/facturacion.html, con su RFC e indicando el rango de fechas a consultar. Agradecemos su colaboración y les recordamos que en caso de cualquier duda, pueden comunicarse a las extensiones: 8270, 8379, 8569, 8940; o mandar un correo a [email protected] donde con gusto los atenderán. ATENTAMENTE Organización Soriana Fusión de Tiendas Comercial Mexicana con Tiendas Soriana Estimados Arrendatarios: Durante 2018, México vivirá momentos muy importantes y decisivos en lo económico, político y social a partir de las elecciones federales y locales, a celebrarse el 1º de julio del 2018. Por lo anterior, Organización Soriana les reitera que está restringida la facilitación y el uso de sus instalaciones tales como estacionamientos y accesos e interiores de tiendas o centros comerciales de nuestros 7 formatos, Soriana Híper, Soriana Súper, Soriana Express, Soriana Mercado, Mega Soriana, City Club y Súper City, para eventos masivos, reuniones o puntos de encuentro para actividades partidistas. El uso de nuestras instalaciones es exclusivamente para clientes, proveedores, arrendatarios y colaboradores, por lo que se les solicita que se tenga especial cuidado que esto no suceda en los siguientes días y hasta el próximo domingo 1° de julio. Con estas acciones, Soriana busca contribuir a la realización de un proceso electoral imparcial, ordenado y respetuoso de la voluntad de la sociedad mexicana. Agradecemos su apoyo y en caso de tener alguna duda o comentario, favor de contactar a Mireya Reyes Gómez, Gerente de Comunicación Corporativa y Relaciones Públicas al correo [email protected], ATENTAMENTE Organización Soriana Nueva Opción de Pago Estimados Arrendatarios: Con el fin de ofrecer un mejor servicio y facilidad en la actualización de sus pagos, les informamos que a partir de hoy, se contará con una nueva opción de pago para su factura de renta: – Transferencia Electrónica – Pago referenciado en Ventanilla – Pago línea de cajas de Tienda 1.- Transferencia Electrónica: Nombre de la Cuenta: Tiendas Soriana, S.A. DE C.V. Banco SANTANDER (MEXICO), S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE Cuenta Bancaria 65506039166 CLABE Interbancaria 014580655060391665 Es importante registrar en el campo «Concepto» la referencia alfanumérica de 10 dígitos que aparece en la parte inferior de su factura (Ej.04N1234567), ya que de no pasar el filtro de validación, la transferencia será rechazada 2.- Pago Referenciado en Ventanilla: Con cheque o efectivo presentando su factura en ventanilla del Banco Santander.3.- Pago en línea de cajas de Tienda: Con cheque, efectivo, tarjeta de crédito o débito presentando su factura en línea de cajas de la tienda. La factura se puede consultar a través de www.soriana.com accesando conforme al procedimiento actual. Para cualquier duda puede comunicarse al área de Cobranza Monterrey tel: (81) 83299000 Ext.8270 / 8331 / 8332 o bien a los correos electrónicos: [email protected], [email protected], [email protected] quien con gusto te atenderán. ATENTAMENTE Organización Soriana Uso de instalaciones Soriana en periodo electoral Estimados Locatarios: Les informamos que derivado de los recientes acontecimientos en el país, lo cual ha impactado los procesos de nuestros Clientes y Proveedores, se determinó que el cambio de razón social se realice a partir del 1° de noviembre de 2017, en donde las sociedades Tiendas Comercial Mexicana (TCM) y Tiendas Soriana (TS) se fusionarán en apego a nuestro Plan de Integración. Tras este acto, Tiendas Soriana absorberá la operación de los arrendamientos y en tal virtud, se gestará un cambio de titular en los contratos de arrendamiento y en la facturación de sus rentas. Por lo anterior, la nueva razón social que actuará como Arrendador será Tiendas Soriana, S.A. de C.V. a partir de la fecha ya mencionada. Los datos fiscales de Tiendas Soriana son los siguientes: R.F.C. : TSO991022PB6 DOMICILIO: Alejandro de Rodas 3102-A. Col Las Cumbres 8° Sector.C.P.64610. Monterrey, Nuevo León. (Se adjunta cédula fiscal de Tiendas Soriana.) Es relevante destacar que podrán seguir accesando conforme al procedimiento actual la descarga de sus facturas de renta por medio de la página de Soriana, así como efectuar el pago contra factura en línea de cajas de Comercial Mexicana y Banco Santander. En caso de que realicen el pago de su factura de renta a través de depósito vía transferencia bancaria o depósito bancario en ventanilla, les solicitamos que a partir del 1 octubre 2017 los pagos se hagan en la siguiente cuenta bancaria: Tiendas Soriana, S.A. de C.V. Banco SANTANDER (MÉXICO), S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE Cuenta Bancaria 65506039166 CLABE Interbancaria 014580655060391665 Si existen facturas pendientes de pago de meses anteriores, podrán efectuar el pago de las mismas considerando los datos e instrucciones mencionados en el párrafo anterior. En próximas fechas recibirán información respecto a las adecuaciones al contrato para dar formalidad jurídica a estos cambios. Les pedimos estar atentos a los distintos avisos que estaremos comunicando a través de este medio en las siguientes semanas para informar avances de la fusión o recibir nuevas indicaciones. Para cualquier duda comunicarse a Inmobiliaria San Mateo (CDMX) Tel. (55) 5375-9849 o Inmobiliaria Monterrey (81) 83299000 Ext.3870/ 8695 o bien a los correos electrónicos: [email protected], [email protected], [email protected], Agradecemos de antemano toda su colaboración en este importante Proceso de Integración, mismo que simplificará nuestras operaciones con ustedes. ATENTAMENTE Organización Soriana Programa de Seguro de Responsabilidad Civil por Daños a Terceros para Locatarios de Soriana Introducción En los últimos meses se han registrado algunos acontecimientos que afectan el seguro de responsabilidad civil y que han puesto en riesgo la cobertura por pérdidas considerables, consumiendo paulatinamente el importe contratado de suma asegurada. Dicha cobertura de Responsabilidad Civil ampara los daños que se puedan ocasionar a terceros involuntaria o accidentalmente, ya sea en sus bienes o en sus personas, y que por la magnitud pueden originar insolvencia económica para hacerles frente y poner en riesgo su patrimonio. Límite Actualmente se cuenta con una suma asegurada básica anual de $140’000,000.00 M.N. (Ciento cuarenta millones de pesos M.N.) y se ha incrementado con una suma asegurada en exceso hasta por $1,000’000,000.00 (Un mil millones de pesos M.N.). ambas sumas por evento y en el agregado anual, es decir, se verá disminuido en la misma proporción en que la Aseguradora cubra indemnizaciones o pague reclamaciones por siniestros (el agregado anual). Por tal motivo les informamos a ustedes que nos vemos en la imperiosa necesidad de adquirir una suma asegurada mayor, lo que representa un mínimo incremento de cobro de seguro, de,35 centavos de dólar anual por metro cuadrado rentado, pasando de $3.50 USD a $3.85 USD por metro cuadrado rentado, con acceso a suma asegurada suficiente en caso de alguna contingencia por daños a terceros. Dicha cantidad será incrementada al importe que se paga actualmente cada mes, efectivo a partir de Julio del 2017.

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¿Cómo ganar el Guante de Oro?

Guante de Oro – Wikipedia, la enciclopedia libre Para otros usos de este término, véase, Guante de OroPremio a Mejor desempeño en cada una de las posiciones defensivas en la y de las Otorgado por Mánagers y coaches de los equipos de la Ubicación HistoriaPrimera entrega El Guante de Oro es el premio otorgado en las al final de cada temporada al jugador que sea defensivamente excepcional en su posición y es presentado por la marca,

El premio se presenta a 18 jugadores en total cada año, uno por cada posición en la y la, En el caso de los jardineros, el premio no va a un jardinero izquierdo, uno central y uno derecho, sino que va a los tres jardineros más destacados defensivamente, sin tomar en cuenta en que zona del jardín juegan.

Algunos críticos consideran que se debe otorgar un Guante de Oro por cada posición, ya que cada zona del jardín no es igual a las otras. La votación para quienes recibirán el Guante de Oro es llevada a cabo por los entrenadores y mánager. ​ Los mánager no pueden votar por sus propios jugadores.

En 1957, la marca manufacturadora de equipo de béisbol Rawlings tuvo la idea del premio del Guante de Oro como una manera de conmemorar la excelencia defensiva en cada posición del béisbol. El trofeo es un guante color dorado sobre una base de madera. La mayor cantidad de Guantes de Oro ganados por un jugador es de 18, y lo logró el lanzador en el 2008.

El único jugador que ha ganado Guantes de Oro en el cuadro y en el jardín ha sido, que ganó dos Guantes de Oro como jardinero en el y y como primera base en el, Todos los ganó con los, puede considerarse el único que ha ganado el premio. En Palmeiro ganó el premio con los a pesar de que solo jugó 28 partidos en primera base y 135 como bateador designado.

¿Que hay que exhibir en un local comercial?

¿Cuáles son mis obligaciones? Si tenés un comercio, estás obligado a emitir comprobantes válidos para respaldar las compras cuyo importe sea igual o superior a $10 y aceptar el pago con tarjeta de débito. Además, tenés que exhibir el formulario 960/Data Fiscal y tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

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